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Documento BOE-A-2018-9649

Acuerdo de 5 de julio de 2018, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca la provisión de plaza de Magistrado de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, correspondiente al turno de abogados y juristas de reconocida competencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 11 de julio de 2018, páginas 69021 a 69023 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2018-9649

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 343, 345 y 602 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, y 2.1.a), en relación con el artículo 12, siguientes y concordantes del Reglamento 1/2010, de 25 de febrero, por el que se regula la provisión de plazas de nombramiento discrecional en los órganos judiciales (BOE de 5 de marzo), la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, ha acordado anunciar una plaza de Magistrado/a en la Sala Tercera del Tribunal Supremo, correspondiente al turno de Abogados/as y otros/as juristas de reconocida competencia. La plaza que se anuncia es de nombramiento discrecional y carácter jurisdiccional.

Esta convocatoria se regirá por las bases siguientes:

Primera.

Podrán tomar parte en la misma los/as Abogados/as y juristas de reconocida competencia que, a la fecha de publicación de este acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado», hayan desempeñado su actividad profesional por tiempo superior a quince años, preferentemente en la rama del Derecho correspondiente al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Segunda.

Las solicitudes, que se ajustarán al modelo que figura en el anexo I de este Acuerdo, se dirigirán al Presidente del Consejo General del Poder Judicial y se presentarán en el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General del Consejo General del Poder Judicial, calle Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cuya vigencia deriva de la previsión expresamente establecida al efecto en el apartado segundo, in fine, de la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las peticiones que se cursen a través de las oficinas de Correos deberán presentarse en sobre abierto para que el/la funcionario/a correspondiente pueda estampar la fecha en ellas.

Tercera.

En las solicitudes deberá figurar la manifestación expresa de que el/a peticionario/a cumple los requisitos exigidos en la convocatoria, así como el compromiso de prestar el juramento o la promesa previstos en el artículo 318 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de observar el régimen de incompatibilidades establecido para Jueces y Magistrados en la misma Ley.

El cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria habrá de mantenerse hasta la toma de posesión.

Cuarta.

Los/as interesados/as aportarán junto a su solicitud relación circunstanciada de méritos, publicaciones, títulos académicos o profesionales y cuantos otros datos estimen de interés relativos a su actividad.

Igualmente justificarán documentalmente los méritos alegados mediante certificaciones acreditativas del ejercicio de las correspondientes profesiones jurídicas o docentes y de los títulos. Asimismo presentarán una memoria comprensiva de los datos identificativos y resumen de los dictámenes, informes, trabajos y estudios publicados en el campo de la investigación científico-jurídica a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La documentación podrá presentarse en soporte electrónico.

Todo ello siguiendo el formulario contenido en los apartados II y siguientes del anexo I de este Acuerdo, que se publicará en la página web del Consejo General del Poder Judicial.

Quinta.

Para la provisión de la plaza anunciada se valorará, en relación preferentemente a la materia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, el ejercicio efectivo en profesiones jurídicas de naturaleza pública o privada, el servicio efectivo como docente universitario en disciplinas jurídicas, el Doctorado en Derecho y cualesquiera otros méritos reveladores de la especialización en la en la rama jurídico-contencioso-administrativa.

Sexta.

Los/as solicitantes que no resulten excluidos/as por incumplimiento de los requisitos legales y/o reglamentarios serán convocados/as por la Comisión Permanente a una comparecencia en la sede del Consejo General del Poder Judicial, que se celebrará en audiencia pública y tendrá por objeto la explicación y defensa por los/as aspirantes del currículo y trayectoria profesional.

Séptima.

La provisión de la plaza anunciada se efectuará por Real Decreto a propuesta del Pleno del Consejo General del Poder Judicial. El Real Decreto de nombramiento se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», surtiendo la publicación los efectos de notificación a los/as interesados/as aspirantes a la plaza anunciada.

Octava.

Los/as aspirantes no nombrados/as dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

Novena.

En todo lo que no haya sido dispuesto expresamente en la presente convocatoria se aplicará la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Reglamento 1/2010, de 25 de febrero, por el que se regula la provisión de plazas de nombramiento discrecional en los órganos judiciales (BOE de 5 de marzo), pudiendo la Comisión Permanente, a los efectos determinados en el artículo 12.6 de éste, interesar de los organismos correspondientes la información que estime necesaria para la adecuada provisión de la plaza anunciada.

Contra el presente Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 5 de julio de 2018.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

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