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Documento BOE-A-2018-8786

Resolución de 11 de junio de 2018, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publican los costes técnicos y financieros para 2018, del mecanismo de almacenamiento previsto en la Organización Común de Mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura.

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 26 de junio de 2018, páginas 64585 a 64586 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2018-8786
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2018/06/11/(3)

TEXTO ORIGINAL

El Reglamento (UE) n.º 1379/2013, de 11 de diciembre, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la pesca y de la acuicultura, recoge en su artículo 30, que las organizaciones de productores del sector de la pesca podrán percibir apoyo financiero para el almacenamiento de determinados productos de la pesca, cuando se hayan comercializado y no hayan encontrado para ellos comprador al precio de activación.

La Resolución de 23 de enero de 2018, de la Secretaría General de Pesca, estableció los precios de activación para el mecanismo de almacenamiento para el año 2018, que podrán aplicar las organizaciones de productores pesqueros.

Por otro lado, el artículo 67 del Reglamento (UE) n.º 508/2014, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, determina que el importe de la ayuda de este mecanismo, no superará el importe de los costes técnicos y financieros de las medidas necesarias para la estabilización y el almacenamiento, debiendo los Estados Miembros fijar la cuantía de los costes técnicos y financieros aplicados en su territorio.

Esta Secretaría General de Pesca, resuelve:

Primero.

Publicar como anexo de la presente Resolución, los costes técnicos y financieros para el almacenamiento de los productos que las organizaciones de productores pesqueros reconocidas y sus asociaciones apliquen, según establecen los artículos 30 y 31 del Reglamento (UE) n.º 1379/2013, de 11 de diciembre.

Segundo.

Los costes técnicos y financieros serán de aplicación por las organizaciones de productores pesqueros y sus asociaciones reconocidas en España durante 2018, expresados en euros por tonelada (€/TN).

Dichos costes técnicos y financieros serán de aplicación para todas las especies del anexo II del Reglamento (UE) n.º 1379/2013, de 11 de diciembre, que se encuentren recogidas en la Resolución de 23 de enero de 2018, de la Secretaría General de Pesca.

Tercero.

Esta Resolución producirá efectos con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2018.

Madrid, 11 de junio de 2018.–El Secretario General de Pesca, Alberto Manuel López-Asenjo García.

ANEXO

A) Costes técnicos: se incluyen mano de obra, energía, transporte y otros costes derivados.

Congelación: 250 euros por tonelada y mes.

Salazón: 490 euros por tonelada y mes.

Desecado: 390 euros por tonelada y mes.

Marinado: 440 euros por tonelada y mes.

Cocción y pasteurización: 650 euros por tonelada y mes.

B) Costes financieros: Se fijará una cantidad a tanto alzado de 10 euros por tonelada y mes.

Total costes:

Congelación: 260 euros por tonelada y mes.

Salazón: 500 euros por tonelada y mes.

Desecado: 400 euros por tonelada y mes.

Marinado: 450 euros por tonelada y mes.

Cocción y pasteurización: 660 euros por tonelada y mes.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 11/06/2018
  • Fecha de publicación: 26/06/2018
  • Efectos desde el 1 de enero de 2018.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 30 y 31 del del Reglamento (UE) 1379/2013, de 11 de diciembre (Ref. DOUE-L-2013-82976).
  • EN RELACIÓN con la Resolución de 23 de enero de 2018 (Ref. BOE-A-2018-1471).
  • CITA Reglamento (UE) 508/2014, de 15 de mayo (Ref. DOUE-L-2014-81029).
Materias
  • Acuicultura
  • Almacenes
  • Congelados
  • Organizaciones de Productores Pesqueros
  • Pesca
  • Política Pesquera Común
  • Productos pesqueros

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