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Documento BOE-A-2018-8775

Orden INT/675/2018, de 25 de junio, por la que se suprime el Centro de Internamiento de Extranjeros de Fuerteventura.

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 26 de junio de 2018, páginas 64502 a 64502 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2018-8775

TEXTO ORIGINAL

En el año 2003, de conformidad con la entonces normativa reguladora de aplicación en la materia, se creó el Centro de Internamiento de Extranjeros de Fuerteventura para dar respuesta a la necesidad de atención y alojamiento ante la llegada de inmigrantes a las Islas Canarias.

La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, regula en los artículos 62 a 62 sexies, entre otras circunstancias, el régimen de funcionamiento de los centros de internamiento, los derechos y deberes de los internos, así como los requisitos generales que han de reunir las instalaciones y servicios de los referidos centros.

El Reglamento de funcionamiento y régimen interior de los centros de internamiento de extranjeros, aprobado por el Real Decreto 162/2014, de 14 de marzo, en su artículo 5 determina que los centros se crean, modifican o suprimen mediante orden del Ministro del Interior.

Teniendo en cuenta lo anterior y considerando la situación que presenta el de Fuerteventura que, dada su antigüedad y pese a las continuas obras de reparación, adaptación y mejora que se han ido realizando, presenta unas instalaciones que no se adecuan a la vigente normativa, procede acordar su supresión definitiva.

Asimismo, cabe mencionar que esta orden se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, en tanto que la misma persigue un interés general al suprimir por causas legales un centro público dependiente de este Ministerio; no existiendo ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos, resulta coherente con el ordenamiento jurídico y permite una gestión más eficiente de los recursos públicos.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Supresión del centro de internamiento de extranjeros de Fuerteventura.

Se suprime el centro de internamiento de extranjeros de Fuerteventura.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de junio de 2018.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska Gómez.

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