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Documento BOE-A-2018-7937

Resolución de 29 de mayo de 2018, de la Universidad de Córdoba, por la que se modifica la de 21 de marzo de 2018, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliar Administrativa.

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 13 de junio de 2018, páginas 60747 a 60749 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2018-7937

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de 21 de marzo de 2018, de la Universidad de Córdoba, se convocaron pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Auxiliares Administrativos por el sistema general de acceso libre (BOE número 85, de 7 de abril de 2018, y BOJA número 60, de 27 de marzo de 2018).

Estimado parcialmente recurso de reposición interpuesto contra las bases de la convocatoria de referencia, se procede a la modificación de la base 1. Normas generales, apartado 1.1, así como del anexo I (Proceso de selección y valoración) en su apartado de fase de concurso, quedando en los siguientes términos:

«1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 22 plazas en la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Córdoba, grupo C, subgrupo C2, por el sistema general de acceso libre.

Del total de plazas convocadas se reservan dos plazas para ser cubiertas entre personas con discapacidad y grado reconocido de minusvalía igual o superior al 33%, que estén en posesión de los requisitos recogidos en la base 2 de la presente resolución, una de ellas para personas que acrediten incapacidad intelectual y otra para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad. La opción a las mismas habrá de formularse en el apartado correspondiente de la solicitud de participación. Si la plaza del cupo de reserva para personas con discapacidad intelectual no se cubriera, se acumulará al cupo de reserva para personas que acrediten una discapacidad distinta. En el supuesto de no ser éstas cubiertas, se acumularán a las restantes plazas convocadas.»

«ANEXO I
Proceso de selección y valoración

Fase de concurso:

1. Experiencia profesional. Puntuación máxima 20 puntos.

1.1 Por servicios prestados para la Universidad de Córdoba como funcionario de la Escala Auxiliar de Administración General o con la categoría laboral de Técnico de Administración General en puestos de trabajo del nivel correspondiente retribuidos con cargo al capítulo I: 0,25 puntos por cada mes de servicios o fracción superior a quince días.

1.2 Por servicios prestados para otras Universidades públicas como funcionario de Cuerpos o Escalas Auxiliares de Administración General, con contenido funcional similar al de las plazas convocadas: 0,15 puntos por cada mes de servicios o fracción superior a quince días.

1.3 Por servicios prestados para otras Administraciones Públicas como funcionario de Cuerpos o Escalas Auxiliares de Administración General, cuyo contenido funcional sea similar al de las plazas convocadas: 0,10 puntos por cada mes de servicios o fracción superior a quince días.

Los servicios prestados fuera de la Universidad de Córdoba se acreditarán mediante documentación justificativa de la prestación de los servicios, con expresión de las funciones concretas que se han desarrollado, expedida por el órgano administrativo competente.

2. Formación. Puntuación máxima 16 puntos.

2.1 Por cursos de formación: Se valorarán los cursos impartidos por el INAP, el IAAP, las Universidades públicas españolas, así como los impartidos por otras instituciones sin ánimo de lucro que hayan sido homologados por cualquiera de los dos Institutos antes mencionados y cuyo contenido guarde relación directa con el trabajo de la plaza a la que se opta (Auxiliar Administrativo).

Los cursos se puntuarán a razón de 0,025 puntos por hora de formación, hasta un máximo de 9 puntos.

La documentación acreditativa deberá expresar con claridad el número de horas y el contenido de los cursos, no siendo puntuables aquellos cursos en los que no conste el número de horas.

2.2 Por haber superado la fase de oposición en procesos selectivos anteriores, para el acceso a la Escala Auxiliar de Administración General de la Universidad de Córdoba: 5 puntos.

2.3 Por haber superado ejercicios correspondientes a procesos selectivos anteriores para el acceso a la Escala Auxiliar de Administración General de la Universidad de Córdoba, no comprendidos en el apartado 2.2, por cada ejercicio aprobado: 2 puntos.

La documentación acreditativa correspondiente a los apartados 2.2 y 2.3 será expedida por el órgano administrativo competente de la Universidad de Córdoba a petición de los interesados.

3. Otros méritos. Puntuación máxima 4 puntos.

3.1 Por haber participado activamente en programas de calidad, con pacto por objetivos e indicadores de cumplimiento, relacionados con la mejora de la gestión de actividades administrativas en la Universidad de Córdoba: 0,065 por cada mes de servicio o fracción superior a quince días.

3.2 Por haber participado activamente en programas de calidad, con pacto por objetivos e indicadores de cumplimiento, relacionados con la mejora de la gestión de actividades administrativas en otras Universidades Públicas: 0,045 por cada mes de servicio o fracción superior a quince días.

3.3 Por haber participado activamente en programas de calidad, con pacto por objetivos e indicadores de cumplimiento, relacionados con la mejora de la gestión de actividades administrativas en otras Administraciones Públicas: 0,025 por cada mes de servicio o fracción superior a quince días.

La documentación acreditativa, expedida por el órgano competente, deberá expresar con claridad, al menos, los siguientes extremos:

1. Programa de calidad.

2. Periodo de participación.

3. Objetivos e indicadores.»

Como consecuencia de dicha modificación, se concede un nuevo plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria de referencia, que será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Se dan por admitidas, a los efectos de presentación, las solicitudes ya existentes.

Asimismo, los méritos alegados para la fase de concurso se valorarán con referencia a fecha de 7 de mayo de 2018, fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes correspondiente a la Resolución de 21 de marzo de 2018 antes citada.

Los/as aspirantes que ya hubieran formalizado solicitud de participación en el proceso selectivo, y a la vista de la modificación efectuada tuviesen que aportar nuevos méritos, podrán hacerlo en el plazo antes indicado, o bien, en caso de que lo estimen conveniente, desistir de su participación en el proceso y solicitar la devolución de la cantidad abonada en concepto de derechos de examen, mediante escrito dirigido al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba, con anterioridad a la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos. A estos efectos, los/as interesados/as deberán comunicar la entidad bancaria y el número de cuenta corriente en la que se efectuará dicho reintegro.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante este Rectorado (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Córdoba (artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).

Córdoba, 29 de mayo de 2018.–El Rector, José Carlos Gómez Villamandos.

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