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Documento BOE-A-2018-7116

Resolución de 21 de mayo de 2018, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y la Fundación Joan Boscá, para la organización de un encuentro en 2018.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 29 de mayo de 2018, páginas 55728 a 55737 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2018-7116

TEXTO ORIGINAL

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) y la Fundación Joan Boscá, han suscrito, con fecha 14 de abril de 2018, un Convenio, para la organización de un encuentro en 2018, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 21 de mayo de 2018.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.

ANEXO
Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y la Fundación Joan Boscá para la organización de un encuentro en 2018

En Madrid, a 14 de abril de 2018.

REUNIDOS

De una parte, don Emilio Lora-Tamayo D´Ocón, actuando en nombre y representación de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (en lo sucesivo UIMP) [entidad con C.I.F. Q-2818022-B y domicilio social en Madrid, c/Isaac Peral, 23, CP 28040], en su calidad de Rector Magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por Real Decreto 1002/2017, de 24 de noviembre («BOE» del 25) y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad, aprobado por Real Decreto 331/2002, de 5 de abril («BOE» del 12).

Y de otra, don Josep R. Bosch, en nombre y representación de la Fundación Joan Boscá (en lo sucesivo la Fundación), [entidad con C.I.F. G-66332099 y domicilio social en c/ Velázquez, 94, planta 1.ª, 28006 Madrid], en su calidad de Presidente del Patronato, y con domicilio a efectos de notificaciones en calle Pau Claris, 87, Ático, 08010 de Barcelona, que actúa en el uso de las atribuciones reconocidas por el artículo 12 de los Estatutos de la Fundación.

Los presentes declaran que los poderes con los que actúan se encuentran vigentes y que no les han sido limitados, suspendidos o revocados, y que, en su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este documento.

EXPONEN

Que la UIMP, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, definido como centro universitario de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de distintos grados y especialidades universitarias, que tiene como misión promover y difundir la cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio de información científica y cultural de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras.

Que la Fundación es una entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia y plena capacidad para obrar, inscrita en el correspondiente Registro de Fundaciones, cuyos objetivos son, entre otros, el promover, difundir, defender y fomentar los principios constitucionales de igualdad entre los españoles, unidad, y pluralismo político y social de los pueblos y tierras de España e impulsar cualquier iniciativa dirigida a promover la unidad en la diversidad política y social y el intercambio personal, cultural y económico entre las distintas regiones y nacionalidades que conforman la España constitucional, así como investigar y analizar, en relación con los antecedentes históricos y precedentes inmediatos, tanto en la realidad nacional actual como en el ámbito de la Historia, la Sociología y la Ciencia Política, todo lo relativo a la vertebración política y social del país, haciendo especial hincapié en los lazos y afectos históricos, sociales, culturales, a fin de coadyuvar a un mejor conocimiento de la realidad y la difusión de propuestas y soluciones innovadoras. Para la consecución de estos fines la Fundación podrá llevar a cabo eventos culturales, privados y públicos, tales como conferencias, veladas literarias, simposios especializados en las diversas áreas de la Historia, el Derecho, la Sociología, la Economía y la Ciencia Política, así como conceder ayudas económicas a personas físicas o jurídicas, organismos, entes o entidades que de cualquier modo contribuyan con su actividad a la consecución de los fines de la Fundación.

Que la UIMP y la Fundación coinciden en su interés por organizar un encuentro sobre el llamado proceso soberanista de Cataluña, en el que se analice el quinquenio 2012-2017, en la medida en que fue durante este tiempo en el que el proceso soberanista se desarrolló en diferentes fases hasta transformarse en la mayor crisis política de la España democrática, realizando un esfuerzo por ofrecer una visión de síntesis sobre lo ocurrido, analizando todos sus aspectos internos y externos.

Que ambas partes son conscientes de los beneficios de la colaboración mutua y de la suma de esfuerzos y recursos en una iniciativa conjunta, por lo que, siendo el convenio el instrumento jurídico que la legislación contempla para formalizar dicha colaboración,

ACUERDAN

Suscribir el presente convenio con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Objeto del convenio

Primera.

El objeto del presente convenio es regular la colaboración entre la UIMP y la Fundación para la organización del encuentro «Autopsia al procés (2012-2017). Claves de la mayor crisis política española», que se celebrará los días 2, 3, 4 y 5 de julio de 2018 en Santander, en el marco general de los Cursos de la UIMP.

Con el objetivo común de garantizar los niveles adecuados de excelencia académica, prestigio profesional y solvencia organizativa ambas instituciones colaborarán en el orden académico, técnico, económico y logístico para llevar a cabo el diseño, organización, divulgación y desarrollo del encuentro, según las especificaciones de este convenio.

Aspectos académicos

Segunda.

El encuentro estará dirigido académicamente por Manuel Arias Maldonado, Joaquim Coll e Ignacio Molina.

La Fundación y la UIMP aprueban el programa y participantes del encuentro que se adjunta como Anexo I a este convenio, sin perjuicio de las obligadas variaciones que sea imprescindible efectuar en cuanto a ponentes o conferencias por causa de imprevistos o por motivos de otra índole valorados por el director del encuentro y por ambas entidades.

El programa que se aprueba ha sido elaborado y propuesto por los directores académicos, de acuerdo con los criterios técnicos y de contenido pactados por ambas instituciones.

Tercera.

La UIMP avalará académicamente el encuentro objeto de este convenio, emitiendo los correspondientes diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las certificaciones académicas que se soliciten. Con tal fin la UIMP se responsabilizará del control de asistencia de los alumnos.

Organización y gestión

Cuarta.

Ambas partes se distribuyen la gestión según lo siguiente:

I. La UIMP haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de actividades docentes, así como de su infraestructura general de instalaciones, equipos y recursos humanos, se compromete a celebrar el encuentro citado de acuerdo con el programa y presupuesto aprobados, haciéndose cargo de toda la gestión económica y administrativa que de ello se derive. En concreto la UIMP se encargará de:

– En relación con los directores, El secretario académico los conferenciantes y los participantes en mesas redondas:

• Pago de honorarios.

• Viaje, salvo los dos ponentes que viajan desde fuera de España, que serán gestionados por la Fundación.

• Alojamiento.

• Manutención en sus propias instalaciones.

– Publicidad de la celebración del encuentro dentro del plan general de publicidad de la UIMP.

– Diseño, impresión y distribución del programa de mano del encuentro.

– Servicio de Secretaría de Alumnos:

• Información, selección y matriculación de alumnos.

• Convocatoria, selección y concesión de becas completas y medias becas conforme a las normas vigentes en la UIMP.

• Control de asistencia.

• Expedición de diplomas y certificaciones.

– Servicio de Gabinete de Prensa.

– Organización, en su caso, de actos de inauguración y clausura.

– Recopilación y reproducción de la documentación del encuentro y grabación en vídeo de las sesiones.

– Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y realización del encuentro (locales, megafonía, equipos audiovisuales, de traducción y otros, servicios de limpieza, mantenimiento y vigilancia, personal, servicios complementarios de cafetería, restaurante, instalaciones deportivas, actividades culturales, etc.).

II. La Fundación gestionará directamente el viaje de los dos ponentes que vienen de fuera de España.

Financiación

Quinta.

El coste de la organización y celebración del encuentro por la UIMP asciende a cuarenta y tres mil setecientos setenta y nueve euros con setenta y dos céntimos (43.779,72 €), según presupuesto que es aprobado por ambas partes y que se adjunta como Anexo II.

Sexta.

La financiación del encuentro será asumida por la Fundación y por la UIMP en las siguientes cuantías:

– La Fundación se compromete a aportar un máximo de treinta y siete mil doscientos treinta y nueve euros con setenta y dos céntimos (37.239,72 €) (no sujeto a IVA). Dicha financiación se hará efectiva mediante transferencia a la cuenta n.º ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid, de la cantidad que resulte de la liquidación de los ingresos por matrícula que deberá presentar la UIMP una vez celebrado el encuentro de acuerdo con lo previsto en este convenio, y según lo indicado en el apartado siguiente. El pago deberá hacerse en todo caso antes del 10 de noviembre del año en curso.

Asimismo la Fundación asumirá el coste de los dos viajes de Europa que gestiona directamente.

– La UIMP, por su parte, asumirá el resto de financiación necesaria para cubrir el total del presupuesto, esto es, 6.540,00 €. Aplicará a este fin los ingresos que se obtengan por matrículas para el encuentro y financiará con fondos propios la diferencia. Esta financiación no implica un traspaso de dinero a la Fundación, sino que se materializa mediante la aportación directa de servicios con cargo a los conceptos presupuestarios 18.101.323M.487 y 18.101.322C.226.06 para cuya gestión y pago la UIMP tramita y aprueba los correspondientes expedientes de gasto, según los procedimientos legalmente establecidos. En el caso de que los ingresos por matrícula fuesen superiores a 6.540,00 € se descontará el exceso de la aportación máxima que deba hacer la Fundación.

Séptima.

La cancelación del encuentro tendrá los siguientes efectos:

a) En el caso de que el encuentro no se celebrara por causas imputables a la UIMP, se resolverá el convenio y la Fundación no deberá abonar ninguna cantidad a la UIMP.

b) Si la cancelación del encuentro fuese por no alcanzarse el número mínimo de alumnos según normativa de la universidad, o por otras causas de fuerza mayor no imputables a ninguna de las dos partes, se resolverá el convenio y la UIMP presentará la correspondiente liquidación a la Fundación con los gastos de las partidas de publicidad, programa y gastos directos que hubieran sido realizados antes de la cancelación y que no puedan ser anulados, con el límite del importe máximo de la aportación acordada por la Fundación según la cláusula sexta. La Fundación tendrá que abonar a la UIMP el importe correspondiente a dicha liquidación en el plazo máximo de un mes desde que la liquidación sea aprobada por los responsables en cada parte del mecanismo de control del convenio –identificados en la cláusula undécima–. Pasado dicho mes la Fundación deberá asimismo abonar el interés de demora que resulte de las disposiciones de carácter general reguladoras del gasto público y de la actividad económico-financiera del sector público.

c) En el caso de que el encuentro no se celebrara por causas imputables a la Fundación, se resolverá el convenio y la UIMP presentará la correspondiente liquidación a la Fundación con los gastos de las partidas de publicidad, programa y gastos directos que hubieran sido realizados antes de la cancelación y que no puedan ser anulados, así como el total de la partida de infraestructuras (local, servicios y personal). La Fundación deberá abonar el importe resultante de la liquidación a la UIMP en el mismo plazo que lo indicado en el apartado anterior, aplicándose igualmente el oportuno interés de demora transcurrido el plazo máximo de un mes para el pago.

Publicidad y difusión

Octava.

– La Fundación podrá apoyar a la UIMP en la campaña de promoción del encuentro, a través de su propia web, con anuncios complementarios en prensa, mediante la difusión directa del programa entre el público específico y llevando a cabo cuantas otras acciones estime convenientes, respetando en la medida de lo posible el diseño de la campaña publicitaria de la UIMP.

Novena.

En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del encuentro (programa de mano, carteles, publicidad en prensa, notas de prensa, ruedas de prensa, etc.) se destacará la colaboración de Fundación con la UIMP, respetando en todo caso las directrices de imagen externa que ambas instituciones faciliten con este fin.

Décima.

En el caso de que Fundación tuviese interés en realizar publicaciones o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del encuentro deberá, previamente, comunicarlo por escrito a la UIMP, sin perjuicio de los demás permisos que legalmente fueran precisos (derechos de autor, integridad de la obra,..).

En estas publicaciones o producciones audiovisuales deberá figurar el nombre de la Universidad, título del encuentro y fecha y lugar en la que se impartió, debiendo supervisar necesariamente la UIMP todos estos aspectos. La edición se llevará a cabo sin coste alguno para la UIMP, a quien se enviarán un mínimo de 5 ejemplares para sus bibliotecas y archivos.

Mecanismo de seguimiento

Undécima.

Por parte de la UIMP el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través de su Vicerrectorado de Innovación y Desarrollo de Proyectos, y serán el personal técnico del mismo, y como responsable último su Vicerrector, los encargados de velar por la consecución de los objetivos del presente convenio, de proponer cuantas medidas se estimen necesarias para garantizar la viabilidad y la calidad de las actuaciones y servicios, de efectuar el seguimiento y evaluación y de resolver en primer término las posibles controversias o problemas de interpretación y cumplimiento del convenio.

Por parte de la Fundación el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través de su Secretario, con los mismos objetivos y funciones señalados en el párrafo anterior.

En el caso de que en el proceso de ejecución del convenio ambas partes viesen la conveniencia de que exista una comisión de seguimiento, ambas partes podrán acordar su constitución mediante la firma de un adenda.

Modificación, vigencia y extinción del convenio

Duodécima.

La modificación del presente convenio requerirá acuerdo unánime expreso de los firmantes, que se tramitará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Decimotercera.

La vigencia de este convenio tendrá efectos a partir de, que una vez firmado, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publique en el Boletín Oficial del Estado, según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El convenio finalizará una vez cumplidos por ambas partes los compromisos adquiridos, en todo caso el 31 de diciembre de 2018.

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto, o por incurrir en causa de resolución.

Decimocuarta.

Son causas de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de los firmantes.

c) El incumplimiento grave de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

d) La imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin del mismo por la extinción de la personalidad jurídica de alguna de las partes.

e) Por decisión judicial declaratoria de nulidad del convenio.

f) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

En el caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes, la parte que detectara dicho incumplimiento grave lo notificará a la parte que incumpla mediante carta certificada con acuse de recibo. En el transcurso de los quince días siguientes a la recepción de esta carta, la situación deberá ser regularizada o en su caso la parte que ha incumplido deberá alegar las causas y razones que impiden el correcto cumplimiento. A la vista de las mismas, la parte que haya denunciado el incumplimiento comunicará su decisión de resolver o no el convenio, teniendo efecto dicha resolución a los 10 días de dicha comunicación.

Los efectos económicos de la resolución del convenio con cancelación del encuentro han quedado recogidas en la cláusula séptima.

Si la resolución del convenio tiene lugar después de celebrado el encuentro la Fundación deberá abonar a la UIMP el total de la aportación pactada según el procedimiento descrito en la cláusula sexta. El pago para realizar dicho pago será como máximo de un mes desde que la liquidación sea aprobada por los responsables en cada parte del mecanismo de control del convenio –identificados en la cláusula undécima–. Pasado dicho mes la Fundación deberá asimismo abonar el interés de demora que resulte de las disposiciones de carácter general reguladoras del gasto público y de la actividad económico-financiera del sector público.

Cada una de las partes se compromete a hacer llegar a tiempo a la otra parte toda dificultad, de cualquier naturaleza que ésta sea, que encuentre en el desarrollo de la ejecución, y, en general, de toda información susceptible de afectar a su buena ejecución, con el fin de permitir a la otra parte tomar las medidas que considere más apropiadas.

Naturaleza jurídica y régimen de resolución de conflictos

Decimoquinta.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y se regula por lo dispuesto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público («BOE» del 2).

Decimosexta.

Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del presente Convenio. En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con la Ley de 29/1998, de 13 de julio.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio en dos ejemplares y en el lugar y fecha indicados.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, Emilio Lora-Tamayo D´Ocón.–El Presidente del Patronato de la Fundación Joan Boscá, Josep R. Bosch.

ANEXO I
Programa

Autopsia al procés (2012-2017). Claves de la mayor crisis política española

Dirección:

Manuel Arias Maldonado.

Joaquim Coll.

Ignacio Molina.

Secretaría académica: Joan Llorach.

Primer día (2 de julio)

Mañana:

10h. Inauguración: Josep R. Bosch, presidente Fundación Joan Boscà, y Rector UIMP.

10:30h. Panorámica: auge y caída del procés.

Joaquim Coll, historiador y articulista.

11:30h. El procés antes del procés.

Jordi Amat, ensayista y articulista.

Descanso.

13:00h. La legitimación jurídico-política de la secesión unilateral.

Rafael Arenas, catedrático de derecho internacional privado (UAB).

Tarde:

15:30h. Los mitos económicos del secesionismo.

Joan Llorach, empresario y escritor.

16:15h. Mesa redonda.

Benito Arruñada, catedrático de organización de empresas (UPF).

Martí Saballs, director adjunto de Expansión.

Jaime Malet, presidente de la Cámara de Comercio de EUA en España.

Segundo día (3 de julio)

Mañana:

9:30h. Cataluña: la convergencia nacional-populista.

Aurora Nacarino-Brabo, politóloga y periodista.

10:30h. Los actores del procés: de la intelligentsia a los sindicatos.

Astrid Barrio, profesora de ciencia política (UV).

Descanso.

12:00h. Mesa redonda.

Ricardo Dudda, periodista en Letras Libres y articulista.

Martín Alonso, sociólogo y escritor.

Daniel Gascón, editor de Letras Libres en España.

Tarde:

15:30h. ¿Escocia o Brexit? La dimensión internacional del procés.

Ignacio Molina, investigador principal en el Real Instituto Elcano.

16:15h. Diálogo.

Manuel Valls, ex primer ministro de Francia.

Josep Borrell, ex presidente del Parlamento Europeo.

Tercer día (4 de julio)

Mañana:

9:30h. El relato independentista: medios, propaganda y redes.

Lluís Bassets, director adjunto de «El País».

10:30h. Pasiones secesionistas.

Manuel Arias, profesor de ciencia política (UMA).

Descanso.

12:00h. Mesa redonda.

Adolf Tobeña, catedrático de psiquiatría (UAB).

Rafa Latorre, periodista en «El Mundo» y Onda Cero.

Manuel Manchón, periodista en «Crónica Global».

Tarde:

15:30h. La respuesta al secesionismo: Gobierno, partidos y sociedad civil.

Teresa Freixas, catedrática de derecho constitucional (UAB).

16:15h. Mesa redonda.

José Antonio Zarzalejos, periodista en «El Confidencial» y Cadena Ser.

Joan López Alegre, consultor en comunicación y analista político.

Elisa de la Nuez, presidenta de la Fundación Hay Derecho.

Cuarto día (5 de julio)

Mañana:

9:30h. Las consecuencias del procés: una Cataluña rota.

Pau-Marí Klose, profesor de sociología (UniZar).

10:30h. Debate.

Juan Arza, consultor en comunicación y analista político.

Argèlia Queralt, profesora de derecho constitucional (UB).

Juan Rodríguez Teruel, profesor de ciencia política (UV).

Descanso.

12:30h. Las enseñanzas de la crisis catalana: ¿un nuevo proyecto para España?

Juan Claudio de Ramón, ensayista y diplomático.

13:30h. Clausura.

El llamado proceso soberanista, entendido como la pretensión de alcanzar la secesión de Cataluña del resto de España, bien de forma unilateral o forzando la celebración de un referéndum de autodeterminación, fracasó tras los graves acontecimientos políticos, económicos, sociales y judiciales vividos entre septiembre y octubre de 2017. La celebración del referéndum ilegal del 1-O no condujo a un escenario de negociación y mediación internacional, como creían los dirigentes separatistas, y a la Declaración Unilateral de Independencia finalmente efectuada por el Parlamento de Cataluña, le siguió la anunciada aplicación del art. 155 de la Constitución, la destitución de todo el Govern y la intervención de la Generalitat por parte del Gobierno español.

Más allá de los resultados electorales el 21 de diciembre de 2017, lo que es ya irrepetible es una nueva promesa de independencia –rápida y segura– por la simple voluntad de la cámara catalana pero en contra de la mitad de los catalanes y vulnerando el Estado democrático y de Derecho. Ciertamente, el fiasco de unilateralidad no ha desactivado la fuerza del independentismo en las urnas ni en la calle, pero lo sitúa forzosamente en otra etapa que todavía está por definir. Es en este sentido que proponemos la autopsia al procés.

Este curso, por tanto, trata de analizar el quinquenio 2012-2017 como una unidad en la medida que fue durante este tiempo en el que el proceso soberanista se desarrolló en diferentes fases hasta transformarse en la mayor crisis política de la España democrática. Se trata de un esfuerzo por ofrecer una visión de síntesis sobre lo ocurrido desde que el procés se puso en marcha en septiembre 2012, analizando todos sus aspectos internos y externos. Contamos para ello con un elenco de expertos de primer nivel, de diversas disciplinas, que han reflexionado tanto en el trepidante día a día político como de forma más general en medios de comunicación y en revistas académicas. En ningún caso su posición es neutral frente al objeto de estudio, pero sí está basada en el rigor intelectual y se mueve por el deseo de comprenderlo y explicar.

ANEXO II
Presupuesto

Curso: 63V8 Autopsia al Procés

Presupuesto

Financiación

Concepto

Total

Euros

Fund. J. Boscá

Euros

UIMP

Euros

Costes directos:

Honorarios profesorado

8.010,00

8.010,00

0,00

Viajes profesorado

14.229,72

14.229,72

0,00

Alojamiento y manutención profesorado

9.350,00

9.350,00

0,00

Material audiovisual y otros

650,00

650,00

0,00

Total costes directos

32.239,72

32.239,72

0,00

Costes indirectos:

Publicidad (campaña general)

1.800,00

1.800,00

0,00

Diseño e impresión programa

200,00

200,00

0,00

Otros gastos (diplomas, reprografía, carpetas)

1.200,00

1.200,00

0,00

Gastos de infraestructura (locales, servicios y personal –3,5 días–)

6.300,00

1.800,00

4.500,00

Total costes indirectos

9.500,00

5.000,00

4.500,00

Becas oficiales UIMP:

Becas convocatoria oficial (alojamiento y manutención becas completas)

2.040,00

0,00

2.040,00

Total becas

2.040,00

0,00

2.040,00

Total

43.779,72

37.239,72

6.540,00

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