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Documento BOE-A-2018-6953

Resolución de 22 de mayo de 2018, de la Secretaría General del Senado, por la que se modifica la de 2 de enero de 2018, por la que se convoca la provisión, en régimen de contratación laboral, de Auxiliares de Informática.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 25 de mayo de 2018, páginas 54484 a 54487 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2018-6953

TEXTO ORIGINAL

En ejecución del Acuerdo adoptado por la Mesa del Senado, de 22 de mayo de 2018, se modifican las bases de la convocatoria pública del proceso selectivo para la provisión, en régimen de contratación laboral, de cuatro plazas de Auxiliar de Informática, con destino en la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones de la Secretaría General del Senado, aprobada por Resolución de 2 de enero de 2018, de dicha Secretaría General, en ejecución del Acuerdo de la Mesa del Senado, de 21 de noviembre de 2017, en el sentido de reservar una de las cuatro plazas convocadas para su cobertura por aspirantes con discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento, en cumplimiento de lo que establece el artículo 7.2 del Convenio colectivo del Personal Laboral del Senado. Si dicha plaza no se cubriera, incrementará el turno libre.

En consecuencia, se procede a hacer público lo siguiente:

Primero.

Se modifican las bases sexta, octava y novena de la convocatoria referida, que pasan a tener la siguiente redacción:

«Sexta. Reserva de discapacidad y adaptación de tiempo y/o medios.

1. Los aspirantes que tengan reconocido legalmente un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento y deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de discapacidad deberán hacerlo constar cumplimentando la correspondiente solicitud para participar en el proceso selectivo, que se adjunta como anexo I.

2. Los aspirantes con discapacidad que (....)»

«Octava. Procedimiento de selección.

1. El procedimiento de selección constará de tres ejercicios:

1.1 Primer ejercicio. Contestación por escrito (...). La prueba tendrá carácter eliminatorio siendo necesario obtener un mínimo de 50 puntos para aprobarla.

No podrán superar el primer ejercicio más de veinte aspirantes, de los cuales, no podrán corresponder más de quince al turno libre y más de cinco al de discapacidad. Si varios aspirantes obtuviesen la puntuación mínima resultante de la aplicación de los mencionados criterios, se entenderá que todos ellos han superado la prueba.

Los aspirantes (...)»

«Novena. Puntuación final.

La puntuación final se obtendrá de la suma de las puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios.

En ningún caso el número de aprobados podrá superar el número de plazas que se hayan convocado. Se considerará que han superado el proceso selectivo los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación total en cada uno de los turnos, libre y de discapacidad, siempre que hayan alcanzado la puntuación mínima establecida para aprobar.»

Segundo.

Se abrirá un nuevo plazo de presentación de solicitudes, de veinte días naturales desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, únicamente para quienes, con una discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento, reuniendo todos los requisitos de la convocatoria y pudiendo acreditar en su momento el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes, quieran participar en el proceso selectivo por el turno de discapacidad. Dichos aspirantes deberán presentar la solicitud, que se adjunta como anexo I, en los términos de la base quinta de la convocatoria.

Tercero.

Se considerarán válidas a todos los efectos las solicitudes presentadas en tiempo y forma durante el plazo comprendido entre el 17 de enero y 5 de febrero 2018, no siendo necesario que quienes figuren en la relación definitiva de aspirantes admitidos, publicada por la Comisión de Selección el 8 de mayo de 2018, presenten nueva solicitud.

No obstante, quienes figurando en la lista de aspirantes definitivamente admitidos posean un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento y, en su momento, acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes, podrán optar al turno de reserva de discapacidad manifestando su opción en el citado plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, mediante escrito dirigido a la Comisión de Selección, según modelo que se adjunta como anexo II, que deberá ser presentado, de 10:00 a 14:00 horas, en la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Senado (calle Bailén n.º 3), o enviado por correo electrónico a la siguiente dirección: procesoselectivo.auxiliaresinf@senado.es.

Cuarto.

Una vez finalizado el referido plazo, la Comisión de Selección hará públicas, en los términos de la base séptima de la convocatoria, las nuevas relaciones de aspirantes admitidos y excluidos, por los turnos libre y de discapacidad.

Palacio del Senado, 22 de mayo de 2018.–El Secretario General del Senado, Manuel Cavero Gómez.

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