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Documento BOE-A-2018-5688

Resolución de 27 de febrero de 2018, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los pagos librados "a justificar" y de los satisfechos mediante anticipos de caja fija por determinados ministerios del Área Económica de la Administración General del Estado, ejercicios 2013 y 2014.

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 26 de abril de 2018, páginas 44018 a 44079 (62 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2018-5688

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 27 de febrero de 2018, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los pagos librados «a justificar» y de los satisfechos mediante anticipos de caja fija por determinados ministerios del Área Económica de la Administración General del Estado, ejercicios 2013 y 2014:

ACUERDA

1. Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y sus recomendaciones, adaptado a la situación jurídica actual.

2. Instar al Gobierno a:

– Asumir las conclusiones y seguir las recomendaciones en el informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas.

– Realizar un examen exhaustivo de aquellos libramientos cuyas cuentas justificativas no se hayan rendido en los plazos establecidos, en especial de aquellos de más antigüedad, de manera que se pueda conseguir su justificación y aprobación y, en caso contrario, se exijan, si procede, las oportunas responsabilidades.

– Dotar de los efectivos técnicos de personal necesarios a la Intervención General de la Administración del Estado, de acuerdo con la carga de trabajo prevista para cada anualidad.

– Tomar las medidas necesarias para que estudie la oportunidad de actualizar la normativa de los pagos a justificar y de los anticipos de caja fija. Limitar el uso del procedimiento de pagos a justificar en los casos de gastos de emergencia, expropiaciones y gastos en el exterior.

– Establecer los mecanismos necesarios para cumplir con los plazos establecidos de presentación de documentación justificativa de los pagos librados.

3. Instar a la Intervención General de la Administración del Estado:

– Al cumplimiento e implementación de las recomendaciones del Tribunal de Cuentas en su Informe de Fiscalización 2013 y 2014.

– A elevar anualmente un Informe específico de los efectivos de personal asignados a las funciones de fiscalización en las Intervenciones Delegadas en relación con la carga de trabajo que asumen, con el objetivo de corregir los retrasos detectados en los Informes de Fiscalización de los años 2013 y 2014. En dicho Informe se hará constar expresamente si se dispone de los efectivos de personal requeridos para reducir y cumplir con los plazos temporales requeridos.

– Tomar las medidas necesarias y realizar, al menos una vez al año, una revisión de la información contenida en las bases de datos de pagos a justificar respecto a cuentas justificativas pendientes de justificar o de aprobar con la de los órganos gestores, con la finalidad de corregir retrasos temporales que demoren la justificación económica de las cuentas.

– Dotar de personal suficiente para atender las cargas de trabajo que se asumen en relación a las funciones de fiscalización de las intervenciones delegadas.

4. Instar al Tribunal de Cuentas a:

– Incluir en el próximo plan anual de fiscalización del Tribunal de Cuentas un informe de fiscalización de los pagos librados «a justificar» y de los satisfechos mediante anticipos de caja fija por determinados ministerios del área económica de la Administración General de Estado, para los ejercicios 2015, 2016 y 2017.

Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2018.–El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.–El Secretario Primero de la Comisión, Vicente Ten Oliver.

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