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Documento BOE-A-2018-5521

Resolución de 17 de abril de 2018, por la que se determina la composición de la Mesa de Contratación del Departamento de Interior.

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 23 de abril de 2018, páginas 41507 a 41508 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2018-5521

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo que establecen el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, y el artículo 21 del Real decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público;

Visto el Decreto 320/2011, de 19 de abril, de reestructuración del Departamento de Interior;

Dado que la Orden IRP/294/2008, de 10 de junio, por la que se determina la composición de la Mesa de Contratación del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, ha quedado sin efecto de acuerdo con la nueva legislación básica en materia de contratación;

De conformidad con el artículo 12.d) de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Cataluña; considerando la Resolución INT/81/2011, de 18 de enero, de delegación de competencias del Consejero de Interior en el Secretario General del Departamento de Interior, y la Orden ministerial INT/1074/2017, de 7 de noviembre, sobre delegación de funciones en órganos del Departamento de Interior de la Generalidad de Cataluña, en virtud de las medidas autorizadas con fecha de 27 de octubre de 2017 por el Pleno del Senado respecto de la Generalidad de Cataluña en aplicación del artículo 155 de la Constitución, resuelvo:

Artículo único.

1. La Mesa de Contratación del Departamento de Interior asiste al órgano de contratación y es el órgano competente para la valoración de las ofertas, en los términos que prevé la normativa sobre contratos del sector público.

2. La Mesa de Contratación del Departamento está integrada, con carácter permanente, por los siguientes miembros:

Presidencia: El Subdirector General o la Subdirectora General de Gestión Económica y Contratación.

Vicepresidencia: El Jefe o la Jefa del Servicio de Contratación y Patrimonio, que asume la Presidencia en caso de ausencia de la persona titular.

Vocales:

Una persona en representación de la Unidad administrativa que propone el contrato.

Una persona licenciada en Derecho adscrita a la Asesoría Jurídica del Departamento.

Una persona en representación de la Intervención Delegada.

Una persona en representación de la Subdirección General de Gestión Económica y Contratación, preferentemente del Servicio de Contratación y Patrimonio.

Secretaría: El Jefe o la Jefa de la Sección de Contratación.

3. En caso de ausencia, vacante, enfermedad o por cualquier otra causa justificada, rigen las normas de sustitución de los órganos colegiados contenidas en el capítulo II del título I de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña (DOGC número 5686), y en el artículo 19 de la Ley 40/2015, del régimen jurídico del sector público (BOE número 236).

4. Cuando la naturaleza de las contrataciones a realizar lo aconseje o cuando así lo crea conveniente, el Presidente o Presidenta de la Mesa de Contratación podrá decidir la asistencia a las reuniones, con voz pero sin voto, del personal técnico especializado adecuado.

Disposición final. 

Esta Resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 17 de abril de 2018.–La Secretaría General de Interior, P.D. (Orden INT/1074/2017, de 7 de noviembre; BOE número 271, de 8 de noviembre de 2017, y DOGC número 7492, de 10 de noviembre de 2017), el Secretario General Técnico del Ministerio del Interior (Real Decreto 965/2017, de 3 de noviembre; BOE número 268, de 4 de noviembre de 2017), Juan Antonio Puigserver Martínez.

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