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Documento BOE-A-2018-5198

Resolución de 12 de abril de 2018, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión para la determinación de las tarifas de TRAGSA, por el que se actualizan los precios simples de las Tarifas 2015 y se revisan los coeficientes para la actualización de los precios simples en actuaciones no sujetas a impuestos y por el que se adapta a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 16 de abril de 2018, páginas 39530 a 39532 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2018-5198

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1072/2010, de 20 de agosto, por el que se desarrolla el régimen jurídico de la Empresa de Transformación Agraria, Sociedad Anónima, y de sus filiales, establece en el punto 8 del artículo 3, que la resolución por la que se aprueben las tarifas se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, a propuesta del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Aprobada, por Acuerdo de la Comisión para la determinación de las tarifas de TRAGSA, la actualización de los precios simples de las Tarifas 2015, así como la revisión de los coeficientes para la actualización de los precios simples en actuaciones no sujetas a impuestos y por el que se adapta a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Acuerdo que figura como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 12 de abril de 2018.–El Subsecretario de Hacienda y Función Pública, Felipe Vicente Martínez Rico.

ANEXO
Acuerdo de la Comisión para la determinación de tarifas de TRAGSA, por el que se actualizan los precios simples de las Tarifas 2015 y se revisan los coeficientes para la actualización de los precios simples en actuaciones no sujetas a impuestos y por el que se adapta a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público

El Real Decreto 1072/2010, de 20 de agosto, establece en su artículo 3 el régimen económico de actuación de TRAGSA y sus filiales, así como el mecanismo de modificación del sistema de tarifas, creando al efecto una Comisión con las funciones de elaboración de nuevas tarifas, modificación de las existentes y determinación de los procedimientos, mecanismos y fórmulas aplicables que deban aplicarse para su revisión, así como de aprobación de las mismas.

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público establece en el apartado 7 de su disposición adicional vigésimo cuarta en relación con el régimen jurídico de TRAGSA y su filial TRAGSATEC que, el importe de las obras, trabajos, proyectos, estudios y suministros realizados por TRAGSA y por su filial TRAGSATEC se determinará aplicando a las unidades directamente ejecutadas por el medio propio las tarifas correspondientes y, en la forma que reglamentariamente se determine, atendiendo al coste efectivo soportado por el medio propio para las actividades objeto del encargo que se subcontraten con empresarios particulares.

Por su parte el artículo único del Real Decreto 952/2015, de 23 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1072/2010, de 20 de agosto, por el que se desarrolla el régimen jurídico de la Empresa de Transformación Agraria, Sociedad Anónima, y de sus filiales, establece en su último párrafo que las tarifas establecerán el período de validez de las mismas y el sistema de actualización que, en su caso, proceda durante el período de su vigencia, de conformidad en todo caso con lo dispuesto en la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española y su normativa de desarrollo. En defecto de aprobación de las nuevas tarifas o de la modificación de las existentes, el régimen tarifario vigente se entenderá prorrogado hasta la adopción del correspondiente acuerdo por la Comisión. La evolución de los costes reales del Grupo TRAGSA y la falta de desarrollo reglamentario de la Ley 9/2017, exigen actualizar los precios simples y porcentajes de costes indirectos de las Tarifas 2017, y modificar la estructura del presupuesto en Tarifas TRAGSA, aplicando los porcentajes de costes indirectos y gastos generales fuera de la descomposición de las unidades de obra, de forma éstas recojan únicamente los costes directos necesarios para su ejecución y por ser los únicos susceptibles de subcontratación.

Igualmente, el Real Decreto 952/2015 determinó que para las encomiendas no sujetas a impuestos, los precios simples de las Tarifas quedarían incrementados con los coeficientes para la actualización de los precios simples aprobados por Acuerdo de la Comisión publicado mediante Resolución de la Subsecretaria de Hacienda y Administraciones Públicas de 13 de junio de 2017 (BOE del 16 de junio).

En consecuencia, la Comisión mencionada, en su reunión del 22 de marzo de 2018:

ACUERDA

1. Aprobar la nueva estructura del presupuesto de Tarifas TRAGSA:

Costes Directos

A

% Costes Indirectos (s/A)

B

% Gastos Generales (s/ A+B)

C

Total Presupuesto de Ejecución Material (A+B+C)

D

IVA, IGIC, IPSI (s/D)

E

Total Presupuesto de Ejecución por Administración (D+E)

F

2. Como consecuencia de la aprobación de la nueva estructura del presupuesto de Tarifas, en los encargos a TRAGSA y su filial TRAGSATEC se incluirá la siguiente cláusula: «El importe aprobado en el presupuesto de las unidades o partes de las mismas que sean objeto de subcontratación por TRAGSA o su filial TRAGSATEC, se sustituirá en las certificaciones, por el precio en que hayan sido adjudicadas, con la única salvedad para los encargos no sujetos a I.V.A. o impuestos equivalentes, en donde el precio de adjudicación se incrementará en el coeficiente para la actualización de los precios simples».

3. Actualizar los precios simples y el porcentaje de costes indirectos aplicable a los encargos a TRAGSA en las Tarifas 2017, aprobados por Acuerdo de la Comisión publicado mediante Resolución de la Subsecretaria de Hacienda y Función Pública de 13 de junio de 2017 (BOE del 16 de junio) para su adaptación a los costes reales del Grupo TRAGSA en el 2017, de forma que los precios compuestos o de ejecución queden igualmente actualizados debido a la variación económica de los precios simples que intervienen en su descomposición. Las nuevas tarifas actualizadas (Tarifas 2018) se encuentran depositadas en la Secretaria de la citada Comisión y pueden ser consultadas en la página web de la empresa (www.tragsa.es).

4. Revisar los coeficientes para la actualización de los precios simples aprobados por Acuerdo de la Comisión publicado mediante Resolución de la Subsecretaria de Hacienda y Administraciones Públicas de 13 de junio de 2017 (BOE del 16 de junio) en los siguientes términos:

Datos 2017 de actuaciones de ámbito nacional en el Grupo TRAGSA.

TRAGSA

TRAGSATEC

Resto territorio nacional

Canarias

Resto territorio nacional

Canarias

Producción no sujeta a impuestos.

293.122.520,05 €

33.408.797,54 €

228.808.009,31 €

3.684.196,87 €

Cuota impuestos soportados fiscalmente no deducibles.

21.056.114,51 €

603.530,41 €

5.058.456,30 €

61.948,47 €

Coeficiente para la actualización de precios simples.

1,0718

1,0181

1,0221

1,0168

Estos coeficientes también serán de aplicación a las unidades valoradas mediante precios de usuario específicos por no disponer de tarifa aprobada.

La mencionada actualización será de aplicación a las entidades respecto de las cuales TRAGSA y sus filiales tengan la consideración de medio propio en los términos previstos en la disposición adicional vigésimo cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

5. Las actualizaciones aprobadas serán de aplicación a los encargos en los que la fecha de formalización sea igual o posterior a la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

6. La Comisión procederá a la adecuación de los coeficientes de actualización de los precios simples en actuaciones no sujetas a impuestos antes del 31 de marzo y, en su caso, a la actualización de las tarifas si se producen desviaciones relevantes derivadas del análisis de los costes reales del ejercicio inmediatamente anterior del Grupo TRAGSA.

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