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Documento BOE-A-2018-4939

Resolución de 28 de marzo de 2018, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Hacienda de la República del Paraguay, en representación del Programa Nacional de becas de postgrado en el exterior "Don Carlos Antonio López" para el fortalecimiento de la investigación, innovación y educación del Paraguay y el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación, para la implementación de programas de maestrías y doctorado.

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 11 de abril de 2018, páginas 37594 a 37604 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2018-4939

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Hacienda de la República del Paraguay, en representación del programa nacional de becas de postgrado en el exterior «Don Carlos Antonio López» para el fortalecimiento de la investigación, innovación y educación del Paraguay (BECAL) y el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE), han suscrito, con fecha 12 de julio de 2017, un Convenio para la implementación de programas de maestrías y doctorado, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 28 de marzo de 2018.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Hacienda de la República del Paraguay, en representación del Programa Nacional de becas de postgrado en el exterior «Don Carlos Antonio López» para el fortalecimiento de la investigación, innovación y educación del Paraguay (BECAL) y el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE), para la implementación de programas de maestrías y doctorado

REUNIDOS

El Programa Nacional de Becas de Postgrado en el Exterior «Don Carlos Antonio López» para el Fortalecimiento de la Investigación, Innovación y Educación del Paraguay», en adelante BECAL, es un programa gubernamental de becas que promueve y fomenta la investigación y la aplicación de nuevos conocimientos a la realidad productiva y social del Paraguay, con domicilio en Chile n.° 252 entre Palma y Pte. Franco de la Ciudad de Asunción, representado por Don Santiago Peña, Ministro de Hacienda de la República del Paraguay en su condición de presidente del Comité de Coordinación Estratégica del Programa, y Don Federico Mora, Coordinador General de la Unidad Ejecutora del Proyecto, en adelante UEP; ambos de nacionalidad paraguaya, quienes se encuentran debidamente facultados.

El Servicio Español para la Internacionalización de la Educación, en adelante SEPIE, es un organismo creado por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, identificado con el NIF Q2801566G, con sede en la Calle General Oraá 55, 28006 Madrid, en este acto representado por su Director, D. Pablo Martín González, nombrado por Resolución del Ministro de Educación, Cultura y Deporte de 9 de octubre de 2014, en ejercicio de las competencias delegadas por el Secretario General de Universidades, mediante Resolución de 19 de octubre de 2016, del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación.

Entre las funciones del SEPIE, se encuentra la de contribuir a una mayor internacionalización del sistema universitario español, potenciar su proyección en todos los ámbitos internacionales, promover en el exterior la oferta educativa e investigadora de las universidades y centros de investigación españoles, contribuir a la mejora de la acogida y estancia de estudiantes, profesores e investigadores extranjeros en España, y de españoles en el extranjero, así como impulsar el Espacio Europeo de Educación Superior y el Espacio Iberoamericano del Conocimiento.

Reconociendo la importancia estratégica de BECAL como una prioridad del Gobierno del Paraguay para generar acceso a formación de postgrado y promover la igualdad de oportunidades.

BECAL y SEPIE, en adelante las Partes, acuerdan establecer este Convenio de colaboración, en adelante el Convenio, sujeto a los términos y condiciones siguientes:

Cláusula primera. Objeto.

1. Las Partes, a través de este Convenio, establecen las condiciones de cooperación y de gestión administrativa y financiera, mediante las cuales se regirán las diferentes modalidades de becas que el BECAL ofrezca para estudiar en España.

2. En virtud del presente Convenio, los becarios paraguayos realizarán estudios de Posgrado en las universidades españolas según los criterios de selección previamente definidos por las Partes para cada modalidad.

Cláusula segunda. Plazas y modalidades de becas.

Las plazas para becas serán definidas en un anexo que forma parte del presente convenio. Las modalidades de beca reflejadas, sin que ello implique una restricción a otras modalidades, serán:

– Programa de «Becas para el Fortalecimiento de la Investigación, la Innovación y la Educación del Paraguay Don Carlos Antonio López», para cursar Másteres en Educación y entrenamiento docente en las especialidades ofrecidas por las Universidades seleccionadas en España y Máster en Tecnologías de la Información y de la Comunicación en Educación y Formación; y TIC en Educación: Análisis y Diseño de Procesos, Recursos y Prácticas Formativas.

– Programa de «Becas para el Fortalecimiento de la Investigación, la Innovación y la Educación del Paraguay Don Carlos Antonio López», para cursar Másteres o estancias de doctorado e investigación en las instituciones universitarias españolas seleccionadas en las próximas convocatorias.

– Programa de acompañamiento y gestión para los beneficiarios de anteriores convocatorias de «Becas para el Fortalecimiento de la Investigación, la Innovación y la Educación del Paraguay Don Carlos Antonio López», cuya estancia académica se desarrolle en España.

Cláusula tercera. «Becas para el fortalecimiento de la investigación, la innovación y la educación del Paraguay Don Carlos Antonio López», para cursar másteres en educación y entrenamiento docente en las especialidades ofrecidas por las universidades seleccionadas en España.

Las «Becas para el Fortalecimiento de la Investigación, la Innovación y la Educación del Paraguay Don Carlos Antonio López» para cursar másteres en educación y entrenamiento docente en las especialidades ofrecidas por las Universidades seleccionadas en España, tendrán una duración anual, renovable hasta un máximo de veinticuatro (24) meses, contados desde el ingreso del becario al Programa de estudios, y sujeto al rendimiento y resultados académicos obtenidos por éste/a junto con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Guía de Bases y Condiciones de la Convocatoria.

1. Los compromisos de BECAL en relación con estas becas son los siguientes:

a) Preseleccionar a los estudiantes beneficiarios de las becas. BECAL mantendrá informado a SEPIE del proceso.

b) Garantizar la selección de los becarios en base a criterios establecidos de forma conjunta con SEPIE. El proceso de selección debe ajustarse a los plazos de admisión de las universidades españolas, con el fin de facilitar el proceso de inscripción posterior. La postulación de candidatos será a través del sistema SPI de BECAL.

c) Asumir el costo de los siguientes beneficios de beca, teniendo en cuenta que el monto total, incluido los gastos administrativos, no podrá superar por becario la suma de 77.000$ (setenta y siete mil dólares).

d) Subvencionar el viaje de ida del becario paraguayo en clase económica, desde el aeropuerto más cercano a la ciudad de residencia del beneficiario en Paraguay hasta la ciudad donde corresponda que el beneficiario inicie su programa de estudio, así como un pasaje de retorno a Paraguay en clase económica, al término del programa de estudio.

e) Cubrir las tasas académicas de las matrículas.

f) Cubrir la asignación única de instalación por un valor de 500$ (quinientos dólares).

g) Cubrir la asignación de manutención mensual por un valor de 1.538$ (mil quinientos treinta y ocho dólares) durante el programa de estudio, correspondiente al país y ciudad de destino, por doce (12) meses, renovable anualmente hasta un máximo de veinticuatro (24), contados desde la fecha indicada en el contrato de beca.

h) Cubrir la asignación anual para compra de libros y/o materiales por un valor de 500$ (quinientos dólares).

i) Cubrir la asignación anual para la contratación de un seguro médico, que será otorgada a principios del año universitario al SEPIE, para que éste contrate el seguro. El monto de asignación por año no podrá ser mayor a 1.000$ (mil dólares).

j) Cubrir la asignación única de regreso por un valor de 500$ (quinientos dólares).

2. Los compromisos del SEPIE en relación a esta modalidad son los siguientes:

a) Realizar, a solicitud de BECAL, una convocatoria dirigida a las universidades seleccionadas que deseen ofrecer plazas a los beneficiarios del Programa BECAL, así como recibir las propuestas y remitir oportunamente la oferta académica de las universidades españolas al Programa BECAL para su valoración.

b) Participar en la selección de los beneficiarios, a través de un evaluador externo seleccionado por SEPIE, para que complete el proceso de preselección y selección de docentes para su postulación a la oferta de Másteres.

c) Orientar a los estudiantes sobre los programas de postgrado en España, asistir al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España en los perfiles académicos y validar el listado de preseleccionados.

d) Facilitar los trámites de inscripción de los becarios paraguayos en las universidades españolas, poniendo a disposición de los becarios seleccionados el formulario electrónico de solicitud de admisión en los programas académicos. La admisión de los becarios en las universidades españolas estará sujeta a los requisitos y procedimientos de admisión que tenga legalmente establecidos cada institución.

e) Organizar, antes de la partida de los becarios, una sesión de información sobre la vida en España.

f) Remitir a los postulantes, y en su caso a BECAL, por correo postal o valija diplomática los originales de las cartas de admisión de los becarios, y anticiparlos por correo electrónico.

g) Poner en contacto a los becarios admitidos con las universidades seleccionadas y garantizar posteriormente la recepción de los candidatos en España en las universidades de acogida.

h) Promover la aprobación de protocolos de actuación para la solicitud y concesión del visado para estancia por estudios y de la documentación necesaria para la estancia legal en España, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación español. En el caso de un grupo numeroso de beneficiarios en una ciudad, facilitar la tramitación del TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero).

i) Gestionar la oportuna contratación y el pago mensual de los seguros médicos y/o de responsabilidad civil de los becarios (necesarios para la solicitud de visado de estudios), por un coste de TREINTA Y CINCO (35) euros al mes por beneficiario, sufragado por los fondos previamente transferidos por BECAL a tal efecto.

j) Transferir a las universidades, una vez recibidos los fondos por parte de BECAL, el importe correspondiente a las matrículas de los becarios.

k) Comprobar que las universidades españolas faciliten a los becarios paraguayos una correcta acogida, y atender los requerimientos de los becarios, en relación con su estancia académica en España.

l) Orientar a los becarios en la apertura de las cuentas bancarias, una vez en España y, en colaboración con las oficinas de Relaciones Internacionales de las universidades españolas, asesorar en la búsqueda de alojamiento, ya sea en residencia universitaria en función de las disponibilidades o en su defecto en un hospedaje estudiantil.

m) Designar en las universidades españolas de acogida a un tutor, quien será responsable del seguimiento académico, administrativo y de otras necesidades vinculadas a los estudios.

n) Brindar el seguimiento y monitoreo al desarrollo durante la formación académica, y facilitar a BECAL, con la debida conformidad de los interesados, información sobre los progresos académicos del becario.

o) Remitir un informe financiero anual y al final del programa de estudios, conforme sea solicitado por BECAL a efectos de cumplimiento con los entes auditores y controladores establecidos en la República del Paraguay. Para cumplir dicho objetivo, se elaborará formato de documento para e mismo.

Cláusula cuarta. «Becas para el fortalecimiento de la investigación, la innovación y la educación del Paraguay Don Carlos Antonio López», para cursar másteres o estancias de doctorado e investigación en las instituciones universitarias españolas seleccionadas en las próximas convocatorias.

Las «Becas para el Fortalecimiento de la Investigación, la Innovación y la Educación del Paraguay Don Carlos Antonio López» para cursar másteres o estancias de doctorado e investigación en las instituciones universitarias españolas seleccionadas en las próximas convocatorias, tendrán la siguiente duración:

a) Para las becas de Doctorado, la duración será anual, renovable hasta un máximo de cuarenta y ocho (48) meses, contados desde el ingreso del becario en el Programa de estudios, y sujeto al rendimiento y resultados académicos obtenidos por éste/a junto con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Guía de Bases y Condiciones de la Convocatoria.

b) Para las becas de Maestrías, la duración será anual, renovable hasta un máximo de veinticuatro (24) meses, contados desde el ingreso del becario en el Programa de estudios, y sujeto al rendimiento y resultados académicos obtenidos por éste/a junto con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Guía de Bases y Condiciones de la Convocatoria.

1. Los compromisos de BECAL en relación a estas becas son los siguientes:

a) Preseleccionar a los estudiantes beneficiarios de las becas. BECAL mantendrá informado a SEPIE del proceso.

b) Garantizar la selección de los becarios en base a criterios establecidos en el programa e informados públicamente. El proceso de selección debe ajustarse a los plazos de admisión de las universidades españolas, con el fin de facilitar el proceso de inscripción posterior.

c) Asumir el costo de los siguientes beneficios de beca, teniendo en cuenta que el monto total, incluido los gastos administrativos, no podrá superar por becario la suma de 77.000$ (setenta y siete mil dólares).

d) Subvencionar el viaje de ida del becario paraguayo en clase económica, desde el aeropuerto más cercano a la ciudad de residencia del beneficiario en Paraguay hasta la ciudad donde corresponda que el beneficiario inicie su programa de estudio, así como un pasaje de retorno a Paraguay en clase económica, al término del programa de estudio.

e) Cubrir las tasas académicas de las matrículas.

f) Cubrir la asignación única de instalación por un valor de 500$ (quinientos dólares).

g) Cubrir la asignación de manutención mensual por un valor de 1.538$ (mil quinientos treinta y ocho dólares) durante el programa de estudio, correspondiente al país y ciudad de destino, por doce (12) meses, renovable anualmente hasta un máximo de veinticuatro (24), contados desde la fecha indicada en el contrato de beca.

h) Cubrir la asignación anual para compra de libros y/o materiales por un valor de 500$ (quinientos dólares).

i) Cubrir la asignación anual para la contratación de un seguro médico, que será otorgada a principios del año universitario al SEPIE, para que éste contrate el seguro. El monto de asignación por año no podrá ser mayor a 1.000$ (mil dólares).

j) Cubrir la asignación única de regreso por un valor de 500$ (quinientos dólares).

2. Los compromisos del SEPIE en relación a estas becas son los siguientes:

a) Promover la aprobación de protocolos de actuación para la solicitud y concesión del visado para estancia por estudios y de la documentación necesaria para la estancia legal en España, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación español. En el caso de un grupo numeroso de beneficiarios en una ciudad, facilitar la tramitación del TIE.

b) Orientar a los becarios sobre la obtención de la documentación necesaria para su estancia legal en España.

c) Atender a los beneficiarios en caso de dificultad académica sobrevenida.

d) Gestionar la oportuna contratación y el pago mensual de los seguros médicos y/o de responsabilidad civil de los becarios (necesarios para la solicitud de visado de estudios), por un coste de treinta y cinco (35) euros al mes por beneficiario, actualizable en función del importe que el SEPIE obtenga derivado de la licitación de los mismos, sufragado por los fondos previamente transferidos por BECAL a tal efecto. La cuantía total dependerá del número de becarios y de la duración de las becas.

e) Remitir al Programa BECAL, el detalle de los fondos dispuestos hasta dicho momento junto con su rendición de cuentas respectiva, debidamente documentada.

Cláusula quinta. Acompañamiento y gestión para los beneficiarios de anteriores y posteriores convocatorias de «Becas para el fortalecimiento de la investigación, la innovación y la educación del Paraguay don Carlos Antonio López», cuya estancia académica se desarrolle en España.

1. Los compromisos de BECAL en relación a estas becas son los siguientes:

a) Preseleccionar a los estudiantes beneficiarios de las becas. BECAL mantendrá informado a SEPIE del proceso.

b) Garantizar la selección de los becarios en base a criterios establecidos en el programa e informados públicamente. El proceso de selección debe ajustarse a los plazos de admisión de las universidades españolas, con el fin de facilitar el proceso de inscripción posterior.

c) Asumir el costo de los siguientes beneficios de beca, teniendo en cuenta que el monto total, incluido los gastos administrativos, no podrá superar por becario la suma de 77.000$ (setenta y siete mil dólares).

d) Subvencionar el viaje de ida del becario paraguayo en clase económica, desde el aeropuerto más cercano a la ciudad de residencia del beneficiario en Paraguay hasta la ciudad donde corresponda que el beneficiario inicie su programa de estudio, así como un pasaje de retorno a Paraguay en clase económica, al término del programa de estudio.

e) Cubrir las tasas académicas de las matrículas.

f) Cubrir la asignación única de instalación por un valor de 500$ (quinientos dólares).

g) Cubrir la asignación de manutención mensual por un valor de 1.538$ (mil quinientos treinta y ocho dólares) durante el programa de estudio, correspondiente al país y ciudad de destino, por doce (12) meses, renovable anualmente hasta un máximo de veinticuatro (24), contados desde la fecha indicada en el contrato de beca.

h) Cubrir la asignación anual para compra de libros y/o materiales por un valor de 500$ (quinientos dólares).

i) Cubrir la asignación anual para la contratación de un seguro médico, que será otorgada a principios del año universitario al SEPIE, para que éste contrate el seguro. El monto de asignación por año no podrá ser mayor a 1.000$ (mil dólares).

j) Cubrir la asignación única de regreso por un valor de 500$ (quinientos dólares).

2. Los compromisos del SEPIE en relación a estas becas son los siguientes:

a) La generación de protocolos de actuación para la solicitud y concesión de ampliación del visado para estancia por estudios, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación español.

b) Orientar a los becarios sobre la obtención de la documentación necesaria para su estancia legal en España.

c) Atender a los beneficiarios en caso de dificultad académica sobrevenida.

d) Gestionar la oportuna contratación y el pago mensual de los seguros médicos y/o de responsabilidad civil de los becarios (necesarios para la solicitud de visado de estudios), por un coste de treinta y cinco (35) euros al mes por beneficiario, actualizable en función del importe que el SEPIE obtenga derivado de la licitación de los mismos, sufragado por los fondos previamente transferidos por BECAL a tal efecto. La cuantía total dependerá del número de becarios y de la duración de las becas.

e) Remitir al Programa BECAL el detalle de los fondos dispuestos hasta dicho momento junto con su rendición de cuentas respectiva, debidamente documentada.

Cláusula sexta. Requisitos generales.

Para tener acceso a las becas reflejadas en este Convenio, los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Ser paraguayo/a o naturalizado/a y residente en el país.

2. Poseer un título de graduación y/o título o certificado de estudios donde se compruebe la culminación total de la carrera de grado universitario.

3. Estar aceptado/a o postulando a alguna de las universidades españolas que cumplan los requisitos enumerados en la cláusula séptima.

4. Tener una edad máxima de:

a) Hasta 35 años cumplidos al cierre de la convocatoria, en el caso de Becas para el fortalecimiento de la Investigación, la Innovación y la Educación del Paraguay Don Carlos Antonio López»;

b) Hasta 35 años para los Programas de Maestrías y 40 años para los Programas de Doctorado;

c) Para cualquier otra modalidad de beca para estancias académicas en España, para los programas de maestrías será de 35 años y de 40 años para programas de doctorado, ambos cumplidos hasta el día de cierre de la convocatoria en cuestión.

5. Demostrar un gran interés por el intercambio educativo y un compromiso a interactuar con colegas españoles para aprender sobre la cultura y los valores españoles y compartir la cultura y los valores paraguayos.

6. Cumplir cualquier requisito adicional establecido en cada convocatoria anual de solicitudes.

Cláusula séptima. Requisitos de las universidades españolas.

1. Los becarios paraguayos podrán elegir entre las universidades españolas que cumplan, al menos, uno de los siguientes requisitos:

a) Universidades que califican entre las mejores 300 a nivel mundial, según al menos uno de los siguientes rankings internacionales; el QS World Universities Ranking, el The Times Higher Education World University Rankings, el Academic Ranking of World Universities (ARWU).

b) Universidades que califican entre las mejores 100 en el área de especialización educación, según al menos uno de los siguientes rankings internacionales; el QS World Universities Ranking, el The Times Higher Education World University Rankings, el Academic Ranking of World Universities (ARWU).

2. La referencia de los rankings debe ser de la edición más favorable disponible vigente durante la convocatoria.

3. En el anexo se reflejan las Universidades españolas que alcanzan los rankings requeridos por modalidad.

Cláusula octava. Coordinadores institucionales.

1. BECAL designa como coordinador interinstitucional ante SEPIE al Coordinador General del programa o a la persona en la que delegue.

2. SEPIE designa como coordinador interinstitucional ante BECAL al Director de la Unidad de Internacionalización de la Educación Superior Española o a la persona en la que delegue.

3. Cualquier cambio de estos funcionarios será informado oficialmente a la contraparte, teniendo eficacia a partir del siguiente día hábil de comunicado.

Cláusula novena. Comisión Mixta.

1. Las Partes acuerdan la creación de una Comisión Mixta para el seguimiento de la aplicación del Convenio, cuya composición será la siguiente:

a) Por Paraguay:

– Coordinador General de la UEP

– Coordinador/a de Relaciones Internacionales de la UEP.

b) Por España:

– El Director de la Unidad de Internacionalización de la Educación Superior Española de SEPIE, o un representante.

– Un representante de la Unidad de Internacionalización de la Educación Superior Española de SEPIE.

2. Cada miembro de la Comisión podrá delegar su presencia y su voto, designado por nota, a dicha persona con facultad de voto, vinculada a su Institución o miembro de la Comisión Mixta.

3. La Comisión Mixta será presidida alternativamente por el Presidente de cada delegación.

4. La Comisión Mixta podrá solicitar, para cuestiones determinadas y en caso de necesidad, la opinión de un especialista.

5. La Comisión se reunirá, al menos, una vez al año, así como cada vez que lo solicite una de las Partes, y de sus reuniones se elaborará un Acta.

Cláusula décima. Precios públicos.

SEPIE realiza la gestión administrativa de los servicios de soporte a los becarios paraguayos en España. Por esta gestión, BECAL asume por becario, anualmente, el compromiso de abonar en concepto de precio público a SEPIE:

a) Para la modalidad prevista en la cláusula tercera de este Convenio, 120 € el primer mes y 80 € los meses siguientes hasta un máximo de 920 € por curso académico.

b) Para la modalidad prevista en la cláusula cuarta de este Convenio, 200 € por alumno al año, hasta un máximo de 620 € por curso académico (gastos de seguro médico y/o de responsabilidad civil incluidos).

c) Para la modalidad prevista en la cláusula quinta de este Convenio, 200 € por alumno al año, hasta un máximo de 620 € por curso académico (gastos de seguro médico y/o de responsabilidad civil incluidos).

Cláusula decimoprimera. Denuncia y resolución.

1. El presente se resolverá, previa denuncia por alguna de las Partes, en aquellos casos en los que exista causa justificada, como el incumplimiento del convenio por la otra parte o la imposibilidad de cumplimiento del mismo, para lo cual la Parte interesada deberá manifestar formalmente y mediante comunicación escrita su intención de hacerlo, con una antelación mínima de 30 (treinta) días, contados desde la fecha en que pretenda dar por terminadas las actividades.

2. La resolución del presente Convenio se producirá:

a) Previa denuncia, en los términos indicados en el apartado anterior, surtiendo efectos de pleno derecho independientemente de notificación, acción judicial o extrajudicial.

b) Por mutuo acuerdo de las Partes.

3. La terminación anticipada del presente Convenio no exime de la obligación de cumplir con las actividades y compromisos anteriormente acordados, ni otorga derecho a reclamar indemnización alguna a las Partes.

Cláusula decimosegunda. Solución de controversias.

Las Partes acuerdan ante la eventualidad de surgir litigios o controversias en la interpretación o implementación del presente Convenio, solucionarlas amistosamente en el marco de la comunicación y la negociación permanente pautada, ambas partes acuerdan que tratarán de resolverlo mediante discusiones informales a través de la Comisión Mixta prevista en la cláusula novena. En caso de que las PARTES no puedan resolver la controversia, se comprometen a someterse a una forma de alternativa de solución de controversia sujeta a las reglas que las propias partes decidan adoptar.

Cláusula decimotercera. Duración y modificación.

El presente acuerdo tendrá una duración de DOS (2) años, renovable por acuerdo de los firmantes unánimemente por un periodo de igual duración hasta un máximo de (4) años, salvo acuerdo de ambas partes, desplegando sus efectos desde la fecha de su suscripción. Las condiciones establecidas en el presente Convenio podrán ser modificadas por adenda de común acuerdo de las Partes.

Cláusula decimocuarta. Protección de datos personales y transparencia.

1. Con el fin de realizar adecuadamente la gestión del Programa, el SEPIE solicitará a todos los becarios la correspondiente autorización de cesión de datos personales, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de España, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

2. El presente Convenio se podrá poner a disposición de los ciudadanos, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013 de España, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Cláusula decimoquinta. Gastos presupuestarios.

Los gastos que pudiesen ocasionarse con la firma de este Convenio estarán condicionados a los presupuestos anuales ordinarios de los firmantes, respetando sus respectivas legislaciones internas.

En prueba de conformidad de lo acordado, las partes suscriben este Convenio, previa lectura y ratificación de sus términos, en tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Asunción, capital de la República del Paraguay, a los 12 días del mes de julio del año 2017.

Por el Servicio Español para la

Internacionalización de la Educación,

Por el Ministerio de Hacienda

de la República del Paraguay,

Por el Programa Nacional de Becas

de Postgrado en el exterior para el

Fortalecimiento de la investigación,

la innovación y la educación

«Don Carlos Antonio López»,

ANEXO
Universidades españolas que alcanzan los rankings requeridos por modalidad

Rankings generales

QS

THE

ARWU

Universidad Autónoma de Madrid

187

Universidad Complutense de Madrid

233

Universidad Carlos III de Madrid

281

Universidad Autónoma de Barcelona

195

147

Universidad Politécnica de Cataluña

275

Universidad de Barcelona

156

201-250

201-300

Universidad Pompeu Fabra

296

140

201-300

Universidad de Navarra

270

Universidad de Granada

201-300

Ciencias sociales

QS

THE

ARWU

Universidad de Navarra

81

No posicionada.

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Ramón Llull

94

No posicionada.

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Pompeu Fabra

107

151-175

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Carlos III de Madrid

121

No posicionada.

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Complutense de Madrid

135

No posicionada.

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Politécnica de Valencia

No posicionada.

251-300

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad de Barcelona

135

251-300

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Autónoma de Barcelona

162

126-150

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Autónoma de Madrid

169

201-250

No encontrada disciplina en este ranking.

Humanidades

QS

THE

ARWU

Universidad Complutense de Madrid

101

151-175

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad de Barcelona

124

126-150

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Autónoma de Barcelona

138

96

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Autónoma de Madrid

164

176-200

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Pompeu Fabra

202

126-150

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad de Salamanca

233

No posicionada.

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad de Granada

273

No posicionada.

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Politécnica de Cataluña

No posicionada.

251-300

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad del País Vasco

No posicionada.

251-300

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Rovira i Virgili

No posicionada.

201-250

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad de Navarra

278

No encontrada disciplina en este ranking.

Ciencias Naturales

QS

THE

ARWU

Universidad Autónoma de Madrid

81

201-250

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad de Barcelona

94

126-150

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Autónoma de Barcelona

107

176-200

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Complutense de Madrid

121

No posicionada.

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Rovira i Virgili

No posicionada.

201-250

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad de Valencia

135

No posicionada.

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Politécnica de Valencia

135

No posicionada.

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad de Granada

162

No posicionada.

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Politécnica de Cataluña

169

No posicionada.

No encontrada disciplina en este ranking.

Ciencia y Medicina

QS

THE

ARWU

Universidad Autónoma de Madrid

217

201-250

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad de Barcelona

78

126-150

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Pompeu Fabra

No posicionada.

101-125

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Autónoma de Barcelona

157

78

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad de Navarra

No posicionada.

201-250

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Complutense de Madrid

213

No posicionada.

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad de Valencia

289

No posicionada.

No encontrada disciplina en este ranking.

Ingeniería y Tecnología

QS

THE

ARWU

Universidad Politécnica de Madrid

81

No posicionada

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Politécnica de Cataluña

84

176-200

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad de Barcelona

121

No posicionada

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Politécnica de Valencia

150

No posicionada.

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Carlos III de Madrid

217

No posicionada.

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Complutense de Madrid

219

No posicionada.

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Autónoma de Barcelona

224

No posicionada.

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad Autónoma de Madrid

233

No posicionada.

No encontrada disciplina en este ranking.

Universidad de Sevilla

289

No posicionada.

No encontrada disciplina en este ranking.

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