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Documento BOE-A-2018-4614

Orden APM/341/2018, de 16 de marzo, por la que se concede el Premio Alimentos de España Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra, campaña 2017-2018.

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 4 de abril de 2018, páginas 35626 a 35627 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2018-4614

TEXTO ORIGINAL

Por Orden AAA/854/2016, de 26 de mayo, se establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Alimentos de España.

Por Orden de 15 de septiembre de 2017 se convoca el premio Alimentos de España Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra, campaña 2017-2018.

Vista la propuesta de resolución del Premio Alimentos de España Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra, campaña 2017-2018, presentada por el órgano instructor según lo previsto en el artículo 6.2 de la Orden AAA/854/2016, de 26 de mayo.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto y al amparo de lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispongo:

Primero.

Conceder los galardones que se relacionan a continuación:

Premio «Alimentos de España Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra, campaña 2017/2018»:

Modalidad «Frutado Verde Amargo»:

Premio ex aequo: S.C.A. Almazaras de la Subbética, de Carcabuey (Córdoba).

Premio ex aequo: Aceites Finca La Torre, S.L.U., de Bobadilla (Málaga). Aceite de producción ecológica.

Modalidad «Frutado Verde Dulce»:

Premio: Aceites Campoliva, S.L., de Pegalajar (Jaén).

Modalidad «Frutado Maduro»:

Premio: Casas de Hualdo, S.L., de El Carpio de Tajo (Toledo).

Premio Especial Alimentos de España Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra, campaña 2017/2018:

Aceite presentado por S.C.A. Almazaras de la Subbética, de Carcabuey (Córdoba).

Han resultado finalistas:

Modalidad «Frutado Verde Amargo»:

Finalista: Almazara de Muela, S.L., de Priego de Córdoba (Córdoba).

Modalidad «Frutado Verde Dulce»:

Finalista: Oro Bailén-Galgón 99, S.L., de Villanueva de la Reina (Jaén).

Finalista: Monva, S.L., de Mancha Real (Jaén).

Modalidad «Frutado Maduro»:

Finalista: ELAIA, S.A., sucursal en España, Navalvillar de Pela (Badajoz).

Finalista: Arbequisur, S.C.A., de Oleoestepa, de Aguadulce (Sevilla).

Segundo.

Aceptar el desistimiento y renuncia de las almazaras que lo han comunicado.

Tercero.

Desestimar el resto de solicitudes admitidas al concurso.

Cuarto.

Contra esta resolución del procedimiento, que agota la vía administrativa, podrá recurrirse, potestativamente, en reposición ante la Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», si hubiese recaído resolución expresa. Si el acto no fuere expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquél en que, se produzca el acto presunto, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, podrá ser impugnada, directamente, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, si hubiese recaído resolución expresa, o de seis, si el acto no fuere expreso, también contados desde el día siguiente al de su publicación. No podrán simultanearse ambas vías de recurso.

Madrid, 16 de marzo de 2018.–La Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina.

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