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Documento BOE-A-2018-4574

Orden ECD/340/2018, de 13 de marzo, por la que se amplian las enseñanzas autorizadas por la Orden ECD/1185/2013, de 10 de junio, por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del centro privado de educación primaria y secundaria "Colegio Español" de Bata en la República de Guinea Ecuatorial.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 3 de abril de 2018, páginas 35273 a 35274 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2018-4574

TEXTO ORIGINAL

La Orden ECD/1185/2013, de 10 de junio, de conformidad con el artículo 7.º del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, procedió a autorizar la apertura y funcionamiento del centro privado español en el extranjero «Colegio Español» de Bata en la República de Guinea Ecuatorial, con efectos de inicio del curso escolar 2013-14, visto el expediente tramitado por don Francisco Moro Mba Mangue, en calidad de representante de la Comunidad de Salesianos Inspectoría de Nuestra Señora de África, como Director del centro, por el que se solicitaba la autorización de apertura y funcionamiento de un centro privado español en el extranjero que impartiera las enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.

Por todo lo anterior, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través de la mencionada Orden dispuso la configuración del colegio español de Bata de la siguiente manera:

Denominación genérica: Centro privado de educación primaria y secundaria.

Denominación específica: Colegio Español.

Código de centro: 60000141.

Titular: Comunidad de Salesianos Inspectoría de Nuestra Señora de África (África Tropical y Ecuatorial).

Domicilio: Calle Udubuandjolo, s/n.

Localidad: Bata.

Provincia: Departamento Litoral.

País: República de Guinea Ecuatorial.

Asimismo, se autorizó al «Colegio Español» de Bata a impartir las siguientes enseñanzas:

a) Educación Primaria, con capacidad para 6 unidades.

b) Educación Secundaria Obligatoria, con capacidad para 4 unidades.

c) Bachillerato en su modalidad de Ciencias y Tecnología, con capacidad para 2 unidades.

La Dirección del «Colegio Español» de Bata ha solicitado la modificación de la autorización de funcionamiento del centro privado español en el extranjero «Colegio Español» en Bata para la ampliación de dos unidades de bachillerato en la rama de Ciencias Sociales. Visto el expediente de tramitación presentado ante el Departamento correspondiente del Ministerio de Educación Cultura y Deporte, y en consideración de las necesidades educativas detectadas y de las características didácticas del centro educativo privado, este Ministerio determina que el centro reúne los requisitos establecidos para acceder a lo solicitado de acuerdo con el informe de la Subdirección General de Inspección del Departamento.

Por todo lo anterior, este Ministerio, de acuerdo la solicitud de autorización a la que se hace referencia de conformidad con los artículos 13 f) y 14 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, resuelve:

Primero.

Autorizar la ampliación de dos unidades de bachillerato en la rama de Ciencias Sociales, con efectos de inicio del curso 2018-2019 en el centro privado español en el extranjero «Colegio español» en Bata en la República de Guinea Ecuatorial.

Segundo.

Proceder a ampliar las enseñanzas autorizadas por la Orden ECD/1185/2013, de 10 de junio, que quedan establecidas en los siguientes términos:

d) Educación Primaria, con capacidad para 6 unidades.

e) Educación Secundaria Obligatoria, con capacidad para 4 unidades.

f) Bachillerato en su modalidad de Ciencias y Tecnología, con capacidad para 2 unidades.

g) Bachillerato en su modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales, itinerario de Ciencias Sociales, con capacidad para 2 unidades.

Tercero.

La presente ampliación de las enseñanzas previamente autorizadas se comunicará de oficio al registro estatal de centros no universitarios para su correspondiente inscripción.

Cuarto.

El contenido de esta Orden se comunicará, por parte de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa, al «Colegio Español» de Bata

Quinto.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, advirtiéndose de que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid. 13 de marzo de 2018.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P. D. (Orden ECD/602/2017, de 20 de junio), el Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, Marcial Marín Hellín.

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