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Documento BOE-A-2018-4008

Resolución de 15 de marzo de 2018, de la Presidencia del Tribunal Calificador, por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos en las pruebas selectivas para la provisión de plazas del Cuerpo de Letrados del Consejo General del Poder Judicial, convocadas por Acuerdo de 21 de diciembre de 2017, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 22 de marzo de 2018, páginas 32083 a 32084 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2018-4008

TEXTO ORIGINAL

Transcurrido el plazo anunciado por Resolución de 14 de febrero de 2018 («Boletín Oficial del Estado» del día 17 de febrero de 2018) para formular reclamaciones y subsanar los defectos advertidos en las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos para tomar parte en las pruebas selectivas para la provisión de cinco plazas del Cuerpo de Letrados del Consejo General del Poder Judicial, convocadas por Acuerdo de 21 de diciembre de 2017, la Presidencia del Tribunal Calificador, en aplicación de la base tercera de la referida convocatoria, ha adoptado la siguiente resolución:

Primero.

Aprobar la relación definitiva de personas admitidas y excluidas para tomar parte en el proceso selectivo.

Segundo.

Señalar el plazo de un mes desde la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado» para resolver la fase de concurso del presente proceso selectivo.

Tercero.

Publicar la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado», incorporando como anexo I a esta resolución la lista nominal de personas admitidas y excluidas, indicándose que podrán ser consultadas en las páginas web del Consejo General del Poder Judicial (www.poderjudicial.es) y en el tablón de anuncios del Consejo General del Poder Judicial.

Cuarto.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de marzo de 2018.–El Presidente del Tribunal Calificador, Wenceslao Olea Godoy.

ANEXO
Relación de personas definitivamente admitidas para tomar parte en las pruebas selectivas del Cuerpo de Letrados del Consejo General del Poder Judicial, convocadas por Acuerdo de 21 de diciembre de 2017

1. Anibarro Martínez, Esther María.

2. Bravo Santamaría, Susana.

3. Cañete Sánchez, Juan Antonio.

4. Carmona Tripiana, María José.

5. Espinosa Molina, Vanessa.

6. Palero Alonso, Silvia Cristina.

7. Palomo del Castillo, María Yolanda.

8. Pedraza Bergillos, Gemma.

9. Peláez Muras, Manuel Elías.

10. Rodriguez de Aza, Patricia.

11. Sacristán Romero, Francisco.

12. Segovia Fernández, María Tania.

13. Sevilla Costa, José Manuel.

14. Toral Pazos, Santiago Nicolás.

15. Vidal-Pardo Pardo, Francisco.

16. Vilela Pascual, María Luisa

Relación de personas definitivamente excluidas para tomar parte en las pruebas selectivas del Cuerpo de Letrados del Consejo General del Poder Judicial, convocadas por Acuerdo de 21 de diciembre de 2017

(1)

Apellidos y nombre

DNI

(2)

A,B,B1

Arcis Sánchez, Raquel

25395633E

Valencia.

A1,A2,C1,C2,C3

Núñez Ramos, Anunciación

33816824Q

Lugo.

(1) Codificación causas de exclusión:

A. No aporta fotocopia del documento nacional de identidad.

A1. Documento nacional de identidad incompleto (presenta sólo fotocopia del anverso).

A2. Documento nacional de identidad caducado.

B. No aporta la relación de méritos y/o no acredita los méritos relacionados en la forma dispuesta en la convocatoria.

B1. Falta del título de Licenciado en Derecho y/o certificación académica en que así se establezca.

C. No acreditar el derecho a la exención de la tasa por derecho de examen.

C1. No acredita no haber rechazado oferta de empleo adecuado en el plazo de un mes anterior a la convocatoria, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, en la forma dispuesta en la convocatoria.

C2. No acredita figurar como demandante de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la publicación de la convocatoria en el BOE, en la forma dispuesta en la convocatoria.

C3. No acredita carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, en la forma dispuesta en la convocatoria.

(2) Provincia de residencia que consta en la solicitud de participación.

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