De acuerdo a lo establecido en los artículos 89.1 y 178.2.c) de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, las entidades Montepío de Conductores de Valladolid y Provincia, Mutualidad de Previsión Social, en liquidación, y Legálitas Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.U., han presentado solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la operación de cesión en virtud de la cual la entidad Montepío de Conductores de Valladolid y Provincia, Mutualidad de Previsión Social, en liquidación, cederá a la entidad Legálitas Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.U. la totalidad de la cartera de contratos de seguros de defensa jurídica.
De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada se concluye que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 89 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y en los artículos 99 y 100 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, para llevar a cabo la operación de cesión.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:
– Autorizar la cesión total de la cartera de contratos de seguros de defensa jurídica por la entidad Montepío de Conductores de Valladolid y Provincia, Mutualidad de Previsión Social, en liquidación, a la entidad Legálitas Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.U.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 1 de marzo de 2018.–El Ministro de Economía, Industria y Competitividad, P. D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), la Secretaria de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Irene Garrido Valenzuela.
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