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Documento BOE-A-2018-3094

Orden PRA/217/2018, de 28 de febrero, por la que se modifica la Orden PRA/1099/2017, de 15 de noviembre, por la que se designan vocales titulares y suplentes en representación de la Administración General del Estado en el Consejo de la Guardia Civil y se publica la composición del citado Consejo.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 6 de marzo de 2018, páginas 26646 a 26648 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Referencia:
BOE-A-2018-3094

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, tras la celebración de las elecciones al Consejo de la Guardia Civil los días 24 y 25 de octubre de 2017, y proclamados electos por la Junta Electoral el 6 de noviembre del mismo año, se dictó la Orden PRA/1099/2017, de 15 de noviembre, por la que se designan vocales titulares y suplentes en representación de la Administración General del Estado en el Consejo de la Guardia Civil y se publica la composición del citado Consejo.

Dicha orden contiene la relación, tanto de los representantes de la Administración General del Estado en el mencionado Consejo, como de los miembros de la Guardia Civil.

En relación con los representantes de la Administración General del Estado y de conformidad con lo regulado en el artículo 53.1b) de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, su número debe igualarse al de representantes de los miembros de la Guardia Civil, del que deben entenderse excluidos, en calidad de vocal, las autoridades que los nombran. Por ello, se debe incrementar, en uno, el número de vocales titulares en representación de la Administración General del Estado en el Consejo de la Guardia Civil.

Asimismo, se ha advertido que la relación actual de suplentes de los representantes de la Administración General del Estado en el citado Consejo podría generar una indefinición de carácter subjetivo respecto de las previsiones contenidas en el artículo 34 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, así como de las reguladas en el artículo 54.3 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, y en el artículo 11.1 del Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno del Consejo de la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 751/2010, de 4 de junio. A este respecto, mediante esta orden se pretende mejorar la operatividad y funcionalidad del propio Consejo, incorporando en las relaciones de vocales titulares de la Administración General del Estado al responsable de informar trimestralmente sobre absentismo y siniestralidad, y respecto a la relación de suplentes, garantizar que sus sustituciones se efectúan dentro del ámbito de representación de los titulares.

Por otro lado, mediante esta Orden se efectúan ciertas correcciones formales contenidas en la Orden PRA/1099/2017, de 15 de noviembre.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Defensa y del Ministro del Interior, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden PRA/1099/2017, de 15 de noviembre, por la que se designan vocales titulares y suplentes en representación de la Administración General del Estado en el Consejo de la Guardia Civil y se publica la composición del citado Consejo.

La Orden PRA/1099/2017, de 15 de noviembre, por la que se designan vocales titulares y suplentes en representación de la Administración General del Estado en el Consejo de la Guardia Civil y se publica la composición del citado Consejo, queda modificada como sigue:

Uno. Se modifica la relación de representantes de la Administración General del Estado en el Consejo de la Guardia Civil, contenida en el artículo 1 de la Orden PRA/1099/2017, de 15 de noviembre, quedando constituida por los titulares de los siguientes órganos:

«Vocales:

Secretaría de Estado de Seguridad.

Subsecretaría del Ministerio del Interior.

Dirección General de la Guardia Civil.

Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior.

Subdirección General de Recursos Humanos de la Subsecretaría del Interior.

Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa.

Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar del Ministerio de Defensa.

Mando de Operaciones Territoriales de la Guardia Civil.

Mando de Información, Investigación y Ciberdelincuencia de la Guardia Civil.

Mando de Personal y Formación de la Guardia Civil.

Mando de Apoyo e Innovación de la Guardia Civil.

Gabinete Técnico de la Dirección General de la Guardia Civil.

Jefatura de la Agrupación de Tráfico del Mando de Operaciones Territoriales de la Guardia Civil.

Jefatura de Personal del Mando de Personal y Formación de la Guardia Civil.

Jefatura de Asistencia al Personal del Mando de Personal y Formación la Guardia Civil.

Suplentes de los vocales:

En representación de la Administración General del Estado y, por tanto, con la capacidad de participar en los Plenos o Comisiones del Consejo, los titulares de los siguientes órganos que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 3.1 del Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo de la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 751/2010, de 4 de junio:

Vicesecretaría General Técnica del Ministerio del Interior.

Subdirección General de Personal Militar del Ministerio de Defensa.

Subdirección General de Reclutamiento y Orientación Laboral.

Estado Mayor del Mando de Operaciones Territoriales de la Guardia Civil.

Asesoría Jurídica del Director General de la Guardia Civil.

Jefatura de Enseñanza del Mando de Personal y Formación de la Guardia Civil.

Jefatura de los Servicios de Apoyo del Mando de Apoyo e Innovación de la Guardia Civil.

Jefatura de Servicios Técnicos del Mando de Apoyo e Innovación de la Guardia Civil.

Jefatura de la Agrupación de Tráfico del Mando de Operaciones Territoriales de la Guardia Civil.

2.ª Jefatura del Estado Mayor del Mando de Operaciones Territoriales.

Área de Personal del Gabinete Técnico de la Guardia Civil.

Secretaría Técnica del Mando de Personal y Formación de la Guardia Civil.

Secretaría Técnica del Mando de Apoyo e Innovación de la Guardia Civil.

Sección de Asuntos Generales del Estado Mayor del Mando de Operaciones Territoriales.

Sección de Logística del Estado Mayor del Mando de Operaciones Territoriales.»

Dos. La relación de suplentes de los vocales representantes de los miembros de la Guardia Civil en el Consejo de la Guardia Civil, contenida en el artículo 2 de la Orden PRA/1099/2017, de 15 de noviembre, en lo que se refiere a la Escala de Oficiales prevista en la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, y a la Escala de Suboficiales, queda redactada como sigue:

«Escalas de Oficiales previstas en la Ley 42/1999, de 25 de noviembre:

Teniente don Jesús Muñoz Pereira (17730600S), de la Unión de Oficiales Guardia Civil Profesional (UO).

Escala de Suboficiales:

Brigada 1.º don José Joaquín Contreras Rodríguez (70349618R), de la Asociación de la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil Profesional (ASES-GC-Profesional).

Subteniente don Antonio Jesús Porcuna Marín (34001033H), de la Asociación de la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil Profesional (ASES-GC-Profesional).»

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de febrero de 2018.–La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, Soraya Sáenz de Santamaría Antón.

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