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Documento BOE-A-2018-2799

Resolución de 12 de febrero de 2018, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se procede a cancelar la autorización n.º 450 para actuar como entidad colaboradora con el Tesoro en la gestión recaudatoria, correspondiente a la Entidad Banco Mare Nostrum, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 28 de febrero de 2018, páginas 24814 a 24814 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2018-2799

TEXTO ORIGINAL

Visto el escrito remitido por la Entidad Bankia, S.A., en el que comunica la integración tecnológica de la Entidad Banco Mare Nostrum, S.A. en ella, este Departamento dicta la siguiente Resolución:

Se procede a cancelar la autorización número 450 para actuar como colaboradora en la gestión recaudatoria, correspondiente a la Entidad Banco Mare Nostrum, S.A. En consecuencia, la citada Entidad deberá proceder a la inmediata cancelación de las cuentas restringidas a que se refiere el artículo 5 de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio («BOE» de 9 de julio), sin perjuicio de la eventual aplicación de lo previsto en el apartado primero, punto cuarto de la Instrucción n.º 1/2008, de 27 de febrero, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso de alzada ante el Director General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de febrero de 2018.–La Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Soledad García López.

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