La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 27 de diciembre de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización del Sector Público Local, ejercicio 2015, acuerda:
1. Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y sus recomendaciones.
– Impulsar medidas de gestión del gasto público que fomenten e incentiven la imputación a presupuesto y contabilización de todas las obligaciones por parte de las entidades locales, para conseguir la máxima transparencia y fiabilidad de la información que se proporciona para la elaboración de los datos sobre necesidad y capacidad de financiación.
2. Instar al Gobierno a:
– Asumir las conclusiones y recomendaciones del citado Informe.
– Promover los medios suficientes para que las entidades locales puedan enviar de forma regular al Tribunal de Cuentas información relativa a su actividad contractual.
– Promover los medios suficientes para que las entidades locales, sobre todo las de menor tamaño y con menos recursos, como son las entidades de ámbito territorial inferior al municipio (EATIM), dispongan de los mecanismos suficientes para poder remitir sus cuentas anuales en tiempo y forma.
– Promover e impulsar la homogeneización en la normativa estatal y autonómica de los plazos de rendición de las cuentas de las entidades locales en todo el territorio nacional. Así como regular plazos de tramitación y rendición más breves, de forma que se aproxime la rendición de cuentas y, por tanto, su control a la gestión a la que hacen referencia, con criterios de transparencia y oportunidad.
– Promover las reformas legales oportunas para que la rendición de cuentas, tanto de las entidades locales principales, como de las dependientes, sea considerada en todo el territorio nacional requisito indispensable para el acceso por las entidades locales a los procedimientos de concesión de ayudas y subvenciones públicas.
– Revisar la normativa actual en relación al procedimiento de rendición de las cuentas generales de las entidades locales, en el caso de no ser aprobadas por el Pleno de la correspondiente entidad.
– Reforzar la capacidad de las Intervenciones locales para la formación de la cuenta general de las entidades locales, facilitando así su rendición en plazo.
– Impulsar la reorganización y racionalización del sector público local con los procedimientos necesarios para la reestructuración o disolución de las mancomunidades, los consorcios y las EATIM que no estén desarrollando actividad, ni prestando servicio alguno; así como de las entidades del sector público local empresarial, de modo que su permanencia responda a razones de eficiencia, estabilidad, racionalidad y sostenibilidad financiera.
– Regular plazos de tramitación y rendición de las cuentas generales de las entidades locales más breves, de forma que sea posible aproximar la rendición de cuentas y, por tanto, el suministro de información contable y su control a la gestión a la que hacen referencia, con criterios de transparencia y oportunidad.
3. Instar a los órganos competentes de la Administración estatal y autonómica a que:
– Tan pronto tengan conocimiento de la falta de rendición de las cuentas generales de una entidad local, puedan hacer efectivas, de manera oportuna, las medidas que ofrece la normativa, de modo que la aplicación de la misma impulse en la práctica la rendición de aquellas.
4. Instar a todas las Comunidades Autónomas a:
– Desarrollar normas autonómicas que condicionen la concesión de subvenciones a las entidades locales al cumplimiento de la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de cuentas territorial.
5. Instar a las Entidades Locales a:
– Habilitar mecanismos que garanticen el envío regular al Tribunal de Cuentas de la información relativa a su actividad contractual.
6. Instar al Tribunal de Cuentas a:
– Desarrollar de forma más extensa y detallada el punto del informe relativo a la contratación administrativa de las entidades locales.
Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de diciembre de 2017.–El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.–El Secretario Primero de la Comisión, Vicente Ten Oliver.
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