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Documento BOE-A-2018-2720

Resolución de 19 de diciembre de 2017, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación de Ayuda Social al Transporte.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 27 de febrero de 2018, páginas 23134 a 23135 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2018-2720

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación de Ayuda Social al Transporte (FUNDATRANS) resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Julio Villaescusa Izquierdo, don Juan José Gil Panizo, don Adolfo Martínez Martínez, don Alberto Vila González, don Juan Ordoñez Molina, don Serafín Escalante Solís y don Antonio Monzó Boronat según consta en la escritura pública, otorgada ante el notario de Madrid don Manuel Richi Alberti el 3 de julio de 2017 con el número 2228 de su protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Alejandro Ferrant, n.º 3 local, 28045 Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente según se acredita con el certificado bancario.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Promover la mejora de la calidad de vida, la ayuda y la asistencia y bienestar social de los profesionales del sector del transporte que desarrollan su actividad profesional y estén residenciados en España, de sus familias y de personas vinculadas a este colectivo, durante el tiempo de desarrollo de su vida profesional, así como cuando alcanzan la situación legal de jubilación o bien cesan anticipadamente en su actividad profesional por una situación de incapacidad reconocida, o bien, por último, a su fallecimiento.

Quinto. Patronato.

Don Julio Villaescusa Izquierdo, don Juan José Gil Panizo, don Adolfo Martínez Martínez, don Alberto Vila González, don Serafín Escalante Solís y don Antonio Monzó Boronat.

Cargos:

Presidente: Don Julio Villaescusa Izquierdo.

Secretario: Don Juan José Gil Panizo.

Vocales: Don Adolfo Martínez Martínez, don Alberto Vila González, don Serafín Escalante Solís y don Antonio Monzó Boronat.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 30 de octubre de 2017.

Tercero. 

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación de Ayuda Social al Transporte (FUNDATRANS) su Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 19 de diciembre de 2017.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.

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