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Documento BOE-A-2018-2227

Resolución de 9 de febrero de 2018, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso de traslados de personal laboral en la categoría de Médico de Sanidad Marítima en el Instituto Social de la Marina, convocado por Resolución de 14 de diciembre de 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 17 de febrero de 2018, páginas 18952 a 18953 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2018-2227

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 14 de diciembre de 2017 (BOE de 16 de diciembre) se publicó concurso de traslados para la provisión de plazas vacantes de personal laboral, en la categoría de Médicos de Sanidad Marítima del Instituto Social de la Marina.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y examinadas y calificadas las mismas en función del baremo establecido, este Ministerio resuelve:

Primero.

Excluir la solicitud de doña Nuria Coiduras García por no poseer la condición de personal laboral fijo en la categoría de Médico de Sanidad Marítima a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Segundo.

Adjudicar destinos a los trabajadores que figuran en el anexo I.

Tercero.

Declarar desiertos aquellos puestos que no han sido solicitados por ningún candidato o los mismos han obtenido otro destino solicitado con carácter preferente.

Cuarto.

Declarar desiertos los puestos resultantes de la adjudicación de puestos convocados en el presente concurso, al no existir solicitudes a los mismos por el sistema de resultas.

Quinto.

El cese de los adjudicatarios en su destino actual deberá efectuarse en el plazo de tres días hábiles siguientes al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente Orden.

Sexto.

El plazo de incorporación al puesto adjudicado será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un mes si conlleva cambio de residencia o reingreso al servicio activo.

El plazo de incorporación se deberá contar a partir del día siguiente al del cese.

En el caso de reingreso al servicio activo el plazo de incorporación de un mes se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Séptimo.

El plazo posesorio será retribuido por la Dirección Provincial del I.S.M. donde esté destinado el trabajador el primer día hábil del mes. Si durante el plazo de incorporación finalizara un mes natural, el resto de dicho plazo será abonado por el centro de destino.

Octavo.

Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derechos al abono de indemnización por concepto alguno, entendiéndose que el traslado derivado de la presente resolución implica novación del contrato de trabajo.

Noveno.

Por necesidades del servicio y a propuesta de la Dirección Provincial donde se encontrara destinado el trabajador, la Dirección del Instituto Social de la Marina podrá suspender la ejecución del traslado por un tiempo máximo de tres meses.

Décimo.

El cómputo de los plazos de incorporación se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que en su caso hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas y debidamente motivadas el órgano convocante acuerde suspender los mismos.

En caso de que se encuentre el trabajador dado de baja por Incapacidad Temporal, se entenderá que el plazo de incorporación se iniciará a partir del día siguiente al que se produzca el alta médica.

Undécimo.

El personal excedente que no se incorpore al puesto de trabajo adjudicado en el concurso dentro de los plazos establecidos, será declarado de oficio en la situación de excedencia voluntaria por interés particular, por un tiempo mínimo de dos años.

Contra la presente Resolución podrá interponerse demanda ante la jurisdicción social en el plazo de veinte días de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, en relación con lo prevenido en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.

Madrid, 9 de febrero de 2018.–El Subsecretario de Empleo y Seguridad Social, Pedro Llorente Cachorro.

ANEXO I

Puesto adjudicado

Adjudicatario

Ámbito territorial

Centro de destino

N.º vacantes

D.N.I.

Apellidos y nombre

Destino de origen

Servicios Centrales.

S.G. Acción Social Marítima.

3

Desierto.

D.P. Barcelona.

D.L. Roses.

1

Desierto.

D.P. A Coruña.

Dirección Provincial.

1

Desierto.

D.P. Cádiz.

Dirección Provincial.

1

Desierto.

D.P. Cádiz.

D.L. Barbate.

1

Desierto.

D.P. Cantabria.

Dirección Provincial.

1

13746119P

Cedrún Mendiondo, María Rosario.

D.L. Isla Cristina.

D.P. Cantabria.

Buque Juan de la Cosa.

1

7235689G

Parada Dávalos, Diego de.

Excedencia voluntaria.

D.P. Gijón.

Dirección Provincial.

1

Desierto.

D.P. Gipuzkoa.

Dirección Provincial.

1

Desierto.

D.P. Las Palmas.

Dirección Provincial.

2

Desierto.

D.P. Las Palmas.

Buque Esperanza del Mar.

1

21400996W

Fernández Slaatten, Francisco.

D.P. Illes Balears.

D.P. Melilla.

Dirección Provincial.

1

Desierto.

D.P. Sevilla.

Dirección Provincial.

1

Desierto.

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