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Documento BOE-A-2018-2181

Resolución 406/38025/2018, de 5 de febrero, de la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías, por la que se publica el Acuerdo de la encomienda de gestión con la Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, SA, para la asistencia técnica en el desarrollo del programa Sapromil para el aprovechamiento de capacidades profesionales del personal militar en su vertiente tecnológica.

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 16 de febrero de 2018, páginas 18725 a 18730 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2018-2181

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Defensa y la Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, SA (ISDEFE), han formalizado, con fecha 30 de enero de 2018, el Acuerdo de Encomienda de Gestión, por el que se encarga a la citada sociedad mercantil estatal la realización de actividades relacionadas con la elaboración de informes, proposición y coordinación de planes de salidas profesionales del personal de las Fuerzas Armadas, al ser ISDEFE una sociedad cuyo capital pertenece íntegramente a la Administración, y tener la consideración, según sus estatutos, de medio propio y servicio técnico de la Administración General del Estado y de los entes, entidades y organismos dependientes de ella, estando obligada a realizar los trabajos que éstos le encomienden en las materias que constituyen su objeto social.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado acuerdo, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 5 de febrero de 2018.–El Subdirector General de Servicios Económicos y Pagadurías, Joaquín Pérez-Iñigo García Malo de Molina.

ANEXO
Encomienda de gestión entre la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías de la Subsecretaría de Defensa y la Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, SA (ISDEFE), para la asistencia técnica en el desarrollo del Programa Sapromil para el aprovechamiento de capacidades profesionales del personal militar en su vertiente tecnológica

En Madrid, a 30 de enero de 2018.

REUNIDOS

De una parte, don Joaquín Pérez-Íñigo García Malo de Molina, Subdirector General de Servicios Económicos y Pagadurías de la Subsecretaría de Defensa, que actúa con facultades delegadas por el Director General de Asuntos Económicos, en virtud del dispositivo 2.º del apartado d) del artículo 4.º de la Orden DEF/244/2014, de 10 de febrero, (BOE número 46) de delegación de competencias en materia de convenios y contratos, en el ámbito del Ministerio de Defensa,

De otra parte, don Daniel Acuña Calviño, Director de Sistemas de Defensa y Seguridad, en nombre y representación de Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, SA, S.M.E, M.P. (en adelante, ISDEFE), cuya representación ostenta en virtud del poder otorgado ante la Notario de Madrid, doña Paloma Mozo García, con fecha 22 de noviembre de 2013, con el número 1.921 de su protocolo.

Ambas partes se reconocen plena capacidad legal para formalizar la presente encomienda de gestión, y a tal efecto

EXPONEN

1. Que el Real Decreto 998/2017, de 24 de noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, identifica a la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar (en adelante, DIGEREM) como el órgano directivo al que le corresponde la planificación y desarrollo de la política de enseñanza del personal militar y de los reservistas voluntarios, su captación y selección, así como la supervisión y dirección de su ejecución.

2. Que la Subdirección General de Reclutamiento y Orientación Laboral (en adelante, SDGROL), dependiente de la DIGEREM del Ministerio de Defensa, tiene asignadas entre otras, las siguientes funciones:

• Elaborar, proponer y coordinar los planes de salidas profesionales del personal de las Fuerzas Armadas.

3. Que como consecuencia de las actividades relativas a las funciones mencionadas, se puso en marcha un programa de aprovechamiento de capacidades profesionales del personal militar, identificado con las siglas Sapromil. Una vez definidas las entidades participantes en este programa, sus objetivos principal y específicos, así como la organización del mismo, es necesario difundir este programa y potenciar su funcionamiento continuando el desarrollo de los planes parciales que favorezcan la creación de una red de apoyo asociada al programa, con la finalidad de incrementar de forma significativa la oferta de empleo dirigida al personal militar inscrito en Sapromil.

4. Que debido a la especificidad de las labores a desarrollar, a la singularidad de este proceso de desarrollo y a la falta de personal especializado, es necesario contratar los servicios objeto de esta Encomienda de Gestión.

5. Que ISDEFE es una sociedad mercantil de carácter estatal, cuyo capital pertenece íntegramente a la Administración Pública (Ministerio de Defensa), creada en 1985 por Acuerdo de Consejo de Ministros con el fin principal de servir los intereses de la Seguridad y Defensa mediante el apoyo técnico a los organismos y entidades de la Administración Pública tanto en el ámbito de defensa como civil.

6. Que, tanto la actividad propia de ISDEFE, como su objeto social y medios técnicos a su alcance, posibilitan su colaboración para alcanzar el objetivo de satisfacer las necesidades antes indicadas, prestando los referidos servicios de ingeniería y consultoría necesarios que garanticen la optimización de las inversiones a realizar y el éxito en la ejecución de los proyectos. Asimismo, el artículo primero de los estatutos sociales de ISDEFE establece que la misma tiene la consideración de medio propio y servicio técnico de la Administración General del Estado y de los entes, entidades y organismos vinculados o dependientes de ella, pudiéndose conferir por parte de estos las encomiendas que sean propias de las actividades que constituyen su objeto social.

7. Que las razones anteriormente expuestas justifican la colaboración entre la SDGROL e ISDEFE, la cual se establece entre dos instituciones que forman parte del sector público, donde una ejerce sus competencias y la otra realiza actividades materiales, técnicas o de servicio, acordes con la finalidad para la que fue creada. Por ello, esa colaboración debe instrumentarse a través de una Encomienda de Gestión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.n) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante, TRLCSP).

8. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, la SDGROL encomienda a ISDEFE las tareas que serán detalladas a continuación, rigiéndose la Encomienda de Gestión por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El Ministerio de Defensa encomienda a ISDEFE, de conformidad con el artículo 24.6 del TRLCSP, que la citada sociedad mercantil estatal lleve a cabo, por razones de eficacia y para suplir la escasez de los recursos disponibles, las actividades materiales y técnicas que se detallan en el presente documento y que forman parte de los trabajos con que la SDGROL desarrolla sus funciones asignadas en el artículo 11, apartado 2.i), del Real Decreto 998/2017, de 24 de noviembre.

Segunda.

La gestión que se encomienda se concreta en la ejecución, por parte de la entidad encomendada, de las siguientes actividades:

1. Diseño conceptual de una plataforma de enseñanza virtual, de formación no presencial. Serán objetivos en los que se concreta esta actividad los siguientes:

a) Identificar cuáles serán los sectores con mayor empleabilidad en los próximos años a partir de los cambios que se están produciendo debido a la disrupción tecnológica en la sociedad.

b) Detectar qué tipo de perfiles y habilidades se demandarán más en España para adecuar lo mejor posible la oferta formativa.

c) Identificar la formación adquirida ya por el personal militar, atendiendo prioritariamente aquel que pueda necesitar iniciar procesos de desvinculación.

d) Analizar las infraestructuras disponibles para este personal.

e) Formular una estrategia formativa y de acompañamiento en la búsqueda de empleo específica para los candidatos en base a sus circunstancias de destino/especialidad.

f) Determinar las enseñanzas a ofrecer en el portal formativo y establecer los requisitos para la puesta en marcha de ese portal especializado en tecnologías y transformación digital.

g) Definir un presupuesto estimativo de la puesta en marcha de este esquema formativo para los próximos cuatro años.

2. Definición de un sistema de indicadores de cumplimiento que sirvan como herramienta de seguimiento del grado de desempeño de los objetivos formativos establecidos por la Dirección del programa. Serán objetivos en los que se concreta esta actividad los relacionados a continuación:

a) Definir aquellos indicadores que mejor puedan reflejar la evolución de los parámetros iniciales de la línea base.

b) Monitorizar el grado de avance de las actuaciones marcadas en la planificación y el cumplimiento de cada uno de los hitos establecidos.

c) Analizar el grado de evolución de los parámetros iniciales reflejado mediante los indicadores definidos.

d) Detectar cualquier desviación que afecte a la planificación, tanto en plazos como en contenido de las actividades, y comunicar a los responsables implicados las oportunas medidas correctoras.

Se excluyen del objeto de la presente encomienda cualquier tipo de aprovisionamiento o suministro de bienes.

Tercera. Procedimiento para la ejecución de las actividades encomendadas.

a) Organización, responsabilidades, control y seguimiento de la encomienda.

El Subdirector General de Reclutamiento y Orientación Laboral realizará la aprobación y seguimiento de los trabajos específicos a realizar por ISDEFE como consecuencia de la presente encomienda.

El Subdirector General de Reclutamiento y Orientación Laboral designará un responsable que revisará el estado de ejecución de los trabajos planificados e identificará las nuevas necesidades.

Asimismo, ISDEFE designará un responsable, que mantendrá periódicamente reuniones de seguimiento con el responsable designado por el Subdirector General de Reclutamiento y Orientación Laboral.

b) Plan de Trabajo para la ejecución de las actividades encomendadas.

Los trabajos específicos a realizar se detallarán y presupuestarán en un Plan de Trabajo, que será aprobado por la SDGROL, a propuesta de ISDEFE. El citado Plan deberá remitirse a la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías con carácter previo a la emisión de cualquier factura por ISDEFE.

El presupuesto de los trabajos específicos indicará las horas de trabajo efectivo que se estima aplicará el personal de ISDEFE, valoradas aplicando las tarifas horarias aprobadas para ISDEFE por el Director General de Asuntos Económicos del Ministerio de Defensa en su Resolución publicada en el BOD nº 82 de 28 de abril de 2016, así como los gastos de viaje de dicho personal, los demás gastos necesarios para realizar los trabajos y los impuestos que resulten aplicables.

La compensación económica se abonará mensualmente una vez finalizados de conformidad los correspondientes trabajos.

c) Con respecto al personal de ISDEFE, se seguirán las siguientes reglas:

– Corresponde exclusivamente a ISDEFE la aportación del personal, sin perjuicio de la aprobación por parte de la SDGROL de los requisitos necesarios para cada puesto.

– ISDEFE garantizará que exista estabilidad en el equipo de trabajo y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio.

– ISDEFE asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo el poder de dirección inherente a toda empresa. En particular asumirá la negociación y pago de salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, las obligaciones en materia de Riesgos Laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre los empleados de ISDEFE.

– ISDEFE velará especialmente porque los trabajadores asignados a la ejecución de esta Encomienda desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad Encomendada.

– ISDEFE estará obligada a ejecutar la encomienda en sus propias dependencias o instalaciones salvo que, excepcionalmente, sea autorizada a prestar sus servicios en las dependencias de los organismos y entidades que forman parte del sector público. En este caso, el personal de la empresa contratista ocupará espacios de trabajo diferenciados del que ocupan los empleados públicos. Corresponde también a la empresa contratista velar por el cumplimiento de esta obligación. La SDGROL podrá autorizar motivadamente la necesidad de que, para la ejecución de la encomienda, los servicios se presten en dependencias de Departamentos, agencias, entes, organismos y entidades que forman parte del sector público.

– ISDEFE designará al menos un coordinador técnico o responsable, integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:

• Actuar como interlocutor de ISDEFE frente a la SDGROL, canalizando la comunicación entre ISDEFE y el personal integrante en el equipo de trabajo, de un lado y la SDGROL de otro, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución de la Encomienda.

• Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución de la Encomienda e impartir a dichos trabajadores las instrucciones y órdenes que sean necesarias para la prestación del servicio.

• Supervisar el correcto desempeño del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que les fueren encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.

• Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución de la Encomienda, debiendo coordinarlo adecuadamente con la SDGROL a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.

• Informar a la SDGROL acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución de la Encomienda.

d) Calificación del personal encargado de ejecutar las tareas encomendadas.

ISDEFE acreditará la idoneidad de la calificación técnica y de seguridad del personal encargado de realizar las actividades encomendadas y los trabajos específicos de cada una de ellas, adjuntando la documentación correspondiente al Plan de Trabajo.

El personal de ISDEFE encargado de la ejecución de la presente Encomienda, deberá estar en posesión de la Garantía Personal de Seguridad y la Habilitación Personal de Seguridad en los grados necesarios para llevar a cabo las tareas encomendadas.

e) Seguridad de la información utilizada en la ejecución de las tareas encomendadas.

ISDEFE se compromete a proteger, en detalle y globalmente, la documentación y el material clasificados al que tenga acceso su personal con motivo de la ejecución de las actividades encomendadas, de acuerdo con lo establecido en la Orden Ministerial Comunicada número 17/2001, de 29 de enero, por la que se aprueba el Manual de Protección de Materias Clasificadas del Ministerio de Defensa en poder de las empresas.

Asimismo, ISDEFE se compromete a guardar la debida confidencialidad respecto a la información obtenida en el curso de sus actuaciones, con la amplitud y limitaciones que establezcan las disposiciones legales, debiendo conservar, debidamente custodiados, los papeles de trabajo y el resto de la información, de manera que pueda garantizar su confidencialidad, por lo que establecerá medidas adecuadas para impedir la utilización de la información en provecho de terceras personas, especialmente cuando se trate de información clasificada o de información sensible de las empresas suministradoras o que participan en los programas de defensa.

f) Acceso a equipos, sistemas y aplicaciones del Centro de Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Con el objeto de que las actividades y servicios a realizar por el personal de ISDEFE se puedan ejecutar de una manera eficaz, la SDGROL, por medio del responsable de esta Encomienda, se encargará de promover su acceso a los equipos, sistemas y aplicaciones que se identifiquen como necesarios para la adecuada realización de las actividades y servicios encomendados.

g) No se permite la subcontratación de las actividades encomendadas.

Cuarta.

Esta Encomienda no supone la concesión, expresa o implícita, de derecho alguno respecto a patentes, derechos de autor o cualquier otro derecho de propiedad intelectual o industrial. Los resultados de los trabajos efectuados por el personal de ISDEFE al amparo de la presente Encomienda de Gestión serán propiedad del Ministerio de Defensa a todos los efectos, incluyendo la utilización de éstos, la propiedad intelectual y propiedad industrial.

Quinta.

El importe total a que como máximo ascenderá la compensación económica a abonar a ISDEFE por el Ministerio de Defensa, a través de la Dirección General de Asuntos Económicos, es de ochenta y seis mil trescientos sesenta y cuatro euros con veinticuatro céntimos (86.364,24 €).

Esta cantidad se imputará, con cargo al ejercicio presupuestario correspondiente a 2018.

El Subdirector General de Servicios Económicos y Pagadurías en función de las necesidades existentes, de la disponibilidad de crédito, y de acuerdo con ISDEFE, podrá adecuar el alcance de los trabajos específicos a realizar y, consecuentemente, modificar la citada compensación económica para el abono de los servicios realizados, durante el plazo de vigencia de la presente Encomienda de Gestión.

Los gastos originados por la gestión material objeto de la presente Encomienda de Gestión se financiarán con cargo a los créditos de la aplicación presupuestaria 14.01.121M.2.227.06.

Sexta.

El importe correspondiente a esta Encomienda de Gestión no está sujeto a IVA, según el artículo 7.8.º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, y la consulta vinculante V-1483-12 de 9 de julio de 2012.

Séptima.

El plazo máximo de ejecución de la presente de encomienda de gestión será de once (11) meses, a contar desde la fecha de su firma, sin perjuicio de los plazos parciales asignados a los diferentes trabajos en el Plan de Trabajo.

Octava.

La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Ministerio de Defensa.

Corresponde al Ministerio de Defensa dictar los actos o resoluciones que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Novena.

La presente encomienda tiene la naturaleza prevista en el artículo 4.1.n) del TRLCSP, y se regirá por sus propias normas, según lo dispuesto en el artículo 4.2 del mismo, aplicándose los principios de dicho texto refundido para resolver las dudas que pudieran suscitarse.

Décima.

Suscriben el presente instrumento de formalización de encomienda de gestión la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías de la Subsecretaría de Defensa, en virtud de las competencias que le confiere la Orden DEF/244/2014, de 10 de febrero (BOE número 46) de delegación de competencias en materia de convenios y contratos, en el ámbito del Ministerio de Defensa, y la sociedad mercantil estatal Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A., S.M.E, M.P.–Por el Ministerio de Defensa, el Subdirector General de Servicios Económicos y Pagadurías de la Subsecretaría de Defensa, Joaquín Pérez-Íñigo García Malo de Molina.–Por la Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería de Sistemas Para la Defensa de España, SA, el Director de Sistemas de Defensa y Seguridad, Daniel Acuña Calviño.

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