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Documento BOE-A-2018-1812

Resolución de 26 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Convenio específico para el año 2017 con la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 9 de febrero de 2018, páginas 16405 a 16407 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2018-1812

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 27 de octubre de 2017, Convenio específico para el año 2017 entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de La Rioja y, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público , y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Convenio, que figurará como anexo de esta Resolución.

Madrid, 26 de diciembre de 2017.–El Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Mario Garcés Sanagustín.

ANEXO
Convenio Específico para el año 2017 del protocolo general de colaboración suscrito el 1 de septiembre de 1999 entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de La Rioja

En Madrid, a 27 de octubre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, don Francisco de Asís Babín Vich, Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, nombrado mediante Real Decreto 249/2012, de 23 de enero (B.O.E. número 20, de 24 de enero) en nombre y representación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de conformidad con lo dispuesto en el apartado sexto, 1, b, de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, sobre delegación de competencias (B.O.E. número 28 de 1 de febrero de 2013).

De otra, la Excma. Sra. doña María Martín Díez de Baldeón, Consejera de Salud de la Comunidad Autónoma de La Rioja, nombrada por Decreto del Presidente 9/2015, de 10 de julio, B.O.R. número 90, de 11 de julio, y facultada para este acto en virtud de delegación del Consejo de Gobierno conferida mediante Acuerdo de fecha 31 de octubre de 2008 (B.O.R. nº 148, de 17 de noviembre de 2008).

EXPONEN

Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Salud, Consumo y Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de La Rioja suscribieron un Protocolo General de Colaboración, de fecha 1 de septiembre de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería de Salud y Servicios Sociales de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo General se establecerán en un convenio específico anual.

Que en la actualidad la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones están adscritas al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, según lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 200/2012, de 23 de enero y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de la Rioja desarrolla las competencias en esta materia anteriormente atribuidas a la Consejería de Salud, Consumo y Bienestar Social.

Que la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, en reunión celebrada el 1 de junio de 2017, con base a las atribuciones conferidas en el artículo 6 de la Ley 17/2003, de 29 de mayo, acordó asignar a la Comunidad Autónoma de la Rioja la cantidad de 47.000,00 euros procedentes del Fondo de bienes decomisados.

En virtud de ello,

ACUERDAN

Primero.

Que la actuación de la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el año 2017 se concretará en el desarrollo del programa:

– Estrategia de prevención en drogodependencias en el ámbito escolar basada en el asesoramiento en salud, la mediación entre iguales y el uso de tecnologías de la información y comunicación (Fase de implantación): 47.000,00 €.

Segundo.

Que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de estos programas, según lo acordado por la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, con un total de 47.000,00 euros con cargo al concepto 26.18.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo 3.1.b) de la ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. El abono de los fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.

Tercero.

Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de La Rioja remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.

Cuarto.

Que la vigencia del convenio se iniciará en el momento de su firma y finalizará el 31 de diciembre de 2017, surtiendo efectos en los términos previstos en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

No obstante, los programas citados en el Acuerdo primero, se desarrollarán por la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el ejercicio 2017.

Quinto.

Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público. Además, en todo lo no previsto expresamente en el Convenio específico, regirán las disposiciones del citado Protocolo general.

Sexto.

El presente Convenio se suscribe al amparo del artículo 4.1.c, del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto-Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, quedando excluido del ámbito de la normativa contractual. No obstante, serán de aplicación los principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. Asimismo, su régimen jurídico viene determinado por lo dispuesto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las controversias que pudieran surgir, serán de la competencia de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.–El Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, Francisco de Asís Babín Vich.–La Consejera de Salud de la Comunidad Autónoma de La Rioja, María Martín Díez de Baldeón.

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