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Documento BOE-A-2018-17960

Resolución de 5 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se aprueban especificaciones particulares y proyectos tipo de Endesa Distribución Eléctrica, SLU.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 28 de diciembre de 2018, páginas 129645 a 129648 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-2018-17960

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud de 19 de marzo de 2018, firmada por don José Manuel Revuelta Mediavilla, presentada ante esta Dirección General el 3 de abril, por don Antonio Gil Vacas, en nombre y representación de Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U. (en adelante Endesa), con domicilio en Madrid, calle Ribera del Loira, 60 (Código Postal 28042), en la que se solicita la aprobación de las siguientes Especificaciones Particulares:

– Especificación Particular NRZ101_EP Instalaciones Privadas Generalidades,

– Especificación Particular NRZ102_EP Instalaciones Privadas Consumidores AT y MT,

– Especificación Particular NRZ103_EP Instalaciones Privadas Consumidores BT,

– Especificación Particular NRZ104_EP Instalaciones Privadas Generadores AT y MT,

– Especificación Particular NRZ105_EP Instalaciones Privadas Generadores BT,

– Especificación Particular KRZ001_EP Líneas Subterráneas de Alta Tensión,

– Especificación Particular LRZ001_EP Líneas Aéreas de Alta Tensión,

Considerando el artículo 14 del Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión (RAT) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITCRAT 01 a 23,

Considerando el artículo 15 del Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión (LAT) y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09,

Considerando el artículo 14 Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión,

Vistas las Especificaciones Particulares presentadas,

Visto el certificado de 16 de marzo de 2018, firmado por D. Alfonso Salvador Andrés, en calidad de técnico competente, en el que se justifica el cumplimiento de las siguientes Especificaciones Particulares con las exigencias técnicas y de seguridad reglamentarias establecidas,

– Especificación Particular NRZ101_EP Instalaciones Privadas Generalidades,

– Especificación Particular NRZ102_EP Instalaciones Privadas Consumidores AT y MT,

– Especificación Particular NRZ104_EP Instalaciones Privadas Generadores AT y MT,

– Especificación Particular KRZ001_EP Líneas Subterráneas de Alta Tensión,

– Especificación Particular LRZ001_EP Líneas Aéreas de Alta Tensión,

Visto los correspondientes informes técnicos del Laboratorio Central Oficial de Electrotecnia de la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial número 2016093J0431 -1M, 2016093J0431 -2M, 2016093J0431 -3M, 2016093J0431 -4M, 2016093J0431 -5M, 2016093J0431 -6M1 y 2016093J0431 -7M1 de 9 de marzo de 2018,

Realizada la consulta pública, habiéndose recibido alegaciones de:

– Comunidad Autónoma de Extremadura,

– Comunidad Autónoma de Andalucía,

– Comunidad Autónoma de Navarra,

– Comunidad Autónoma de Canarias,

– ASINEM-FENIE,

– Proyecta 3 Servicios Integrados de Ingeniería S.L.,

– Asociación de Fabricantes de Material Eléctrico (AFME),

– RQ Aplicaciones Electromecánicas S.A.,

– Electromecánica Micola, S.A.

Considerando las alegaciones recibidas, dando traslado de las mismas a Endesa, así como a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (en adelante CNMC),

Evaluadas las alegaciones presentadas y las respuestas de Endesa a las mismas por esta Dirección General y por la CNMC, se ha procedido a un proceso de revisión de las Especificaciones Particulares de Endesa, que procede a presentar una nueva versión de las mismas:

– Especificación Particular NRZ101_EP Instalaciones Privadas Generalidades,

– Especificación Particular NRZ102_EP Instalaciones Privadas Consumidores AT y MT,

– Especificación Particular NRZ103_EP Instalaciones de Enlace Consumidores BT,

– Especificación Particular NRZ104_EP Instalaciones Privadas Generadores AT y MT,

– Especificación Particular NRZ105_EP Instalaciones de Enlace Generadores BT,

– Especificación Particular KRZ001_EP Líneas Subterráneas de Alta Tensión,

– Especificación Particular LRZ001_EP Líneas Aéreas de Alta Tensión,

Vistas la nueva versión presentada de las Especificaciones Particulares, las cuales incluyen los comentarios acordados con esta Dirección General y con la CNMC.

Visto el certificado de 25 de octubre de 2018, firmado por D. Alfonso Salvador Andrés, en calidad de técnico competente, en el que se justifica el cumplimiento de las siguientes Especificaciones Particulares con las exigencias técnicas y de seguridad reglamentarias establecidas, en su nueva versión:

– Especificación Particular NRZ101_EP Instalaciones Privadas Generalidades,

– Especificación Particular NRZ102_EP Instalaciones Privadas Consumidores AT y MT,

– Especificación Particular NRZ104_EP Instalaciones Privadas Generadores AT y MT,

– Especificación Particular KRZ001_EP Líneas Subterráneas de Alta Tensión,

– Especificación Particular LRZ001_EP Líneas Aéreas de Alta Tensión,

Visto los correspondientes informes técnicos del Laboratorio Central Oficial de Electrotecnia de la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial número 2016093J0431 -1M2, 2016093J0431 -2M2, 2016093J0431 -3M2, 2016093J0431 -4M2, 2016093J0431 -5M2, 2016093J0431 -6M2 y 2016093J0431 -7M2 de 18 de octubre de 2018,

Realizada la petición de informe a la CNMC, preceptivo para las Especificaciones Particulares con códigos NRZ101, NRZ102 y NRZ104, según establece el punto 3 de la Instrucción Técnica Complementaria ITC-RAT 19, y facultativo para el resto de Especificaciones Particulares, sin que se haya emitido informe por la CNMC en lo relativo a estas últimas normas cuyo informe no era preceptivo,

Considerando el informe emitido por la CNMC en fecha de 28 de noviembre de 2018 relativo a las Especificaciones Particulares con códigos NRZ101, NRZ102 y NRZ104,

Esta Dirección General, ha resuelto:

Primero.

Aprobar las siguientes Normas Particulares, en la edición y fecha indicadas:

Código

Título

Edición

Fecha

NRZ101

Instalaciones Privadas Conectadas a la Red de Distribución. Generalidades. Ed. 2. Septiembre 2018.
NRZ102 Instalaciones Privadas Conectadas a la Red de Distribución. Consumidores en Alta y Media Tensión. Ed. 2. Septiembre 2018.
NRZ103 Instalaciones De Enlace Conectadas a la Red de Distribución. Consumidores en Baja Tensión. Ed. 2. Septiembre 2018.
NRZ104 Instalaciones Privadas Conectadas a la Red de Distribución. Generadores en Alta y Media Tensión. Ed. 2. Septiembre 2018.
NRZ105 Instalaciones De Enlace Conectadas a la Red de Distribución. Generadores en Baja Tensión. Ed. 2. Septiembre 2018.
KRZ001 Especificaciones Técnicas Particulares de Líneas Subterráneas de Alta Tensión >36 Kv. Ed. 2. Septiembre 2018.
LRZ001 Especificaciones Técnicas Particulares de Líneas Aéreas de Alta Tensión >36 Kv. Ed. 2. Septiembre 2018.
Segundo.

Las Especificaciones Particulares aprobadas serán de aplicación para las instalaciones de distribución de energía eléctrica de Endesa Distribución, que se construyan a partir de la entrada en vigor de la presente resolución, con independencia de que sean construidas directamente por la empresa o por terceros que cedan su explotación y titularidad, todo ello sin perjuicio de la prevalencia de la legislación en materia eléctrica y de seguridad industrial vigente en cada momento.

Tercero.

Con independencia de la difusión que de la presente resolución pudiera realizar Endesa Distribución, se podrá acceder libremente al contenido de la misma en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Cuarto.

Esta aprobación tendrá los siguientes considerandos:

– No se puede entender contenida en esta aprobación cualesquier norma o documento referenciado en el documento aprobado.

– La aplicación de estos documentos no podrá incluir condicionantes de tipo económico o administrativo, así como protecciones adicionales a las exigidas reglamentariamente, que supongan una carga para el titular de la instalación privada. Así mismo, no se podrá exigir sobredimensionamientos de la instalación técnicamente no justificados, salvo aquellos derivados de la utilización de las series normalizadas de materiales.

– Esta aprobación no supondrá un inconveniente a futuros desarrollos tecnológicos que impliquen la utilización de otras soluciones técnicas, siempre y cuando quede justificada la necesidad y conveniencia del mencionado cambio, en el correspondiente Proyecto específico a presentar. Igualmente, esta aprobación se realiza sin perjuicio de que la compañía deba adaptar estas normas a los posibles requerimientos de la autoridad competente con objeto de armonizar las especificaciones particulares de las compañías eléctricas.

La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», estableciéndose un periodo transitorio de 6 meses desde la entrada en vigor, en el que se podrán seguir aplicando Especificaciones Particulares anteriormente vigentes.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Secretaria General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 5 de diciembre de 2018.–El Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Galo Gutiérrez Monzonís.

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