Por Resolución de 24 de febrero de 2016, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, la Consejería de la Presidencia de la Comunidad de Castilla y León («Boletín Oficial de Castilla y León» de 9 de marzo), convocó procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros y procedimiento de adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado Cuerpo.
Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, la Consejería de Educación de la Comunidad de Castilla y León, por Orden EDU/794/2018, de 6 de julio (BOCyL del 13), declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo a determinados aspirantes que, por tener concedido aplazamiento para la realización de la fase de prácticas, o por otras causas, no habían sido evaluados con el resto de los seleccionados.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificado por corrección de errores del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 26 de julio).
Vista la propuesta de la Consejería de Educación de la Comunidad de Castilla y León,
Este Ministerio ha dispuesto:
Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 24 de febrero de 2016, que aparecen relacionados en el anexo a esta Orden, con indicación del número de Registro de Personal, especialidad y puntuación que les corresponde.
Los nombrados a través de la presente Orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera, del Cuerpo de Maestros, con efectos de 1 de septiembre de 2018.
La presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, contra esta Orden, que es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 8 de noviembre de 2018.–La Ministra de Educación y Formación Profesional, P.D. (Orden ECD/602/2017, de 20 de junio), el Subsecretario de Educación y Formación Profesional, Fernando Gurrea Casamayor.
NRP |
Apellidos y nombre |
DNI |
Turno |
Puntuación |
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Cuerpo: 0597 Maestros Especialidad: 31 Educación Infantil |
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****289057 A0597 |
Lumbreras del Ángel, Ruth |
*****2890 |
02 |
5,7483 |
Especialidad: 32 Lengua Extranjera: Inglés |
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****402035 A0597 |
Alarcón Galet, Antonio |
*****4020 |
01 |
7,4758 |
****632657 A0597 |
Guevara Martín, Silvia |
*****6326 |
01 |
6,8549 |
Especialidad: 35 Música |
||||
****216046 A0597 |
Castañón Muñiz, Teresa |
*****2160 |
01 |
7,4920 |
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