Está Vd. en

Documento BOE-A-2018-16197

Resolución de 17 de julio de 2018, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Empresa y Conocimiento, de certificación del producto fabricado por Delpaso Solar, SL, con contraseña GPS-8627: Panel Solar, marca Baetulenn, modelo Baesol B10 i2,5 V.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 27 de noviembre de 2018, páginas 116031 a 116032 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2018-16197

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Empresa y Conocimiento, de la Generalitat de Catalunya, la solicitud presentada por Baetulenn Technik, S.L., con NIF B-65339129 y domicilio social en la avenida del Marqués de Montroig, 61, 2º 1ª, de Badalona, provincia de Barcelona, para la certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios del siguiente producto fabricado por Delpaso Solar, S.L., en sus instalaciones industriales ubicadas en Parque Tecnológico de Andalucía, avenida de Juan López de Peñalver, 3, de Málaga: Panel Solar.

Resultando que el interesado ha presentado los documentos exigidos por la legislación que afecta al producto, la certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios del que solicita y que el laboratorio CENER ha emitido los siguientes informes con número y fecha de ensayo 30.2367.0-5-1 anexo 5, de fecha 29/10/2014 y 30.2367.0-6-1 anexo 6, de 29/10/2014, donde han hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple con todas las especificaciones actualmente establecidas por el Real Decreto 891/1980, de 2 de abril («BOE» 05/12/80), la Orden ITC/71/2007, de 22 de enero («BOE» del 26) y Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre («BOE» de 2 de junio de 1996), modificada por el Real Decreto 411/1997 de 21 de marzo («BOE» de 26 de abril) y de acuerdo con la Orden ITC/2761/2008 de 26 de septiembre, por la que se amplía el plazo de la disposición transitoria segunda de la Orden ITC/71/2007. También ha presentado el certificado de cumplimiento de la norma UNE-EN ISO 9001 del fabricante.

De acuerdo con lo establecido en las referidas disposiciones, y con la Orden del Departamento de Industria y Energía, de 5 de marzo de 1986, de asignación de funciones en el campo de la homologación y la aprobación de prototipos, tipos y modelos modificada por la Orden de 30 de mayo de 1986, he resuelto certificar el tipo citado con contraseña de certificación GPS-8627 con fecha de caducidad de dos años después de la fecha de esta resolución de certificación. Para la renovación de esta certificación será indispensable que el titular la solicite aportando la documentación que acredite que, en la fabricación de dichos productos, no se han producido modificaciones que alteren sus características técnicas y que los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación.

Definir, por último como características técnicas para cada marca y modelo certificado, los que se detallan a continuación:

Dimensiones del captador:

Fabricante: Delpaso Solar, S.L.

Marca y modelo del colector: Baetulenn, Baesol B10 i2.5 V.

Área de apertura: 2,33 m2.

Área total: 2,57 m2.

Fluido de trabajo: Propileno glicol.

Presión máxima: 10 bar.

Tipo constructivo: Captador plano con cubierta.

Peso colector vacío: 34,4 kg.

Resultados del ensayo.

Rendimiento térmico:

ƞ0

0,698 ± 0,004

a1

3,862 ± 0,336

W/m2K

a2

0,013 ± 0,007

W/m2K2

Nota: referente al área de apertura

Potencia extraída por unidad del receptor (W):

Tm-Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1.000 W/m2

10

684

1.197

1.710

30

603

1.055

1.507

50

511

895

1.278

Esta certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se efectúa en relación con las disposiciones que se citan, y por tanto, el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o Disposición que le sea aplicable. La vigencia de esta certificación será la indicada en el encabezamiento, salvo que se publique cualquier disposición que derogue o modifique la normativa legal aplicable en la fecha de la certificación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Esta resolución de certificación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Secretario de Empresa y Competitividad, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 17 de julio de 2018.–El Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, P.D. (Resolución EMO/991/2011, de 12 de abril), el Subdirector General de Seguridad Industrial, Isidre Masalles Roman.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid