De acuerdo con lo establecido en el artículo 31.1 del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, el Presidente de la Autoridad Portuaria será designado y separado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma o de las Ciudades de Ceuta y Melilla entre personas de reconocida competencia profesional e idoneidad. La designación o separación, una vez haya sido comunicada al Ministro de Fomento, será publicada en el correspondiente Diario Oficial y en el «Boletín Oficial del Estado».
La Generalidad de Cataluña, a propuesta del Consejero de Territorio y Sostenibilidad, ha dispuesto el cese de don Josep Andreu i Figueras como Presidente de la Autoridad Portuaria de Tarragona, mediante Decreto 249/2018, de 20 de noviembre.
Dicho cese ha sido comunicado debidamente al Ministro de Fomento.
En su virtud, y en cumplimiento de lo establecido por el citado artículo de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, dispongo:
Dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado», al Decreto 249/2018, de 20 de noviembre, de la Generalidad de Cataluña, por el que se cesa a don Josep Andreu i Figueras, como Presidente de la Autoridad Portuaria de Tarragona.
Madrid, 22 de noviembre de 2018.–El Ministro de Fomento, José Luis Ábalos Meco.
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