Por Resolución de 5 de abril de 2017 («Boletín Oficial del Estado» de 27 de abril), se convocó concurso general para la provisión de puestos de trabajo en la Dirección General de la Policía.
La Subsecretaria del Interior, por Resolución de 1 de octubre de 2018, ha resuelto estimar el recurso de reposición formulado por doña Judit Fernández Moreno, contra Resolución de 9 de febrero de 2018 («BOE» de 21 de febrero), que resolvía el concurso general de méritos para la provisión de puestos de trabajo en la Dirección General de la Policía, convocado por Resolución de 5 de abril de 2017, en el sentido de anular la adjudicación del puesto identificado con el número 49 de la convocatoria y realizar una nueva adjudicación de la plaza citada.
Cumplimentadas las normas reglamentarias y observados cuantos requisitos y procedimientos se establecen en las bases de la convocatoria por la correspondiente Comisión de Valoración, esta Subsecretaria, en uso de las facultades conferidas en el artículo 9.2 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de diciembre, de Atribución de Competencias en Materia de Personal, Acuerda:
Anular la adjudicación del puesto de la convocatoria, identificado con el número 49, del concurso de méritos de referencia, en la Organización Periférica de la Dirección General de la Policía, Jefatura Superior de Policía de Cataluña, Comisaría de Policía de Manresa, Puesto de trabajo N17, código n.º 3046608, y que recayó en Doña Lourdes Garrido Planas, con NRP 7773742535 A1441.
Adjudicar dicho puesto de trabajo, una vez resuelto el recurso de reposición, a doña Judit Fernández Moreno, con NRP 3933196957, y con destino actual en la Organización Periférica de la Dirección General de la Policía, Jefatura Superior de Policía de Cataluña, Comisaría Local de Manresa, con efectos a partir de la fecha en la que se produjo la resolución anulada.
El destino adjudicado se considera de carácter voluntario y, en consecuencia, no genera derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sede del órgano autor del acto, o ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción tenga Vd. su domicilio, a su elección, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10.1.i), en relación con el artículo 14.1 Segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.
Madrid, 29 de octubre de 2018.–La Subsecretaria del Interior, Isabel Goicoechea Aranguren.
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