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Documento BOE-A-2018-14591

Orden ECE/1123/2018, de 11 de octubre, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocal titular del Comité de Auditoría de Cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 24 de octubre de 2018, páginas 103115 a 103116 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Economía y Empresa
Referencia:
BOE-A-2018-14591

TEXTO ORIGINAL

La Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, regula en su artículo 58.2 la composición del Comité de Auditoría en los siguientes términos:

2. El Comité de Auditoría estará presidido por el Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas y estará compuesto por un máximo de trece miembros designados por el Ministro de Economía y Competitividad, con la siguiente distribución:

a) Un representante del Ministerio de Economía y Competitividad, a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones;

b) un representante del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la Intervención General de la Administración del Estado;

c) un representante del Tribunal de Cuentas;

d) cuatro representantes de las corporaciones representativas de auditores;

e) un representante del Banco de España;

f) un representante de la Comisión Nacional del Mercado de Valores;

g) un Abogado del Estado;

h) un miembro de la Carrera Judicial o Fiscal o Registrador Mercantil;

i) un Catedrático de Universidad;

j) y un experto de reconocido prestigio en materia contable y de auditoría de cuentas.

No podrán ser miembros del Comité de Auditoría de Cuentas las personas que durante los tres años precedentes:

1.ª Hayan realizado auditorías de cuentas.

2.ª Hayan sido titulares de derechos de voto en una sociedad de auditoría.

3.ª Hayan sido miembros del órgano de administración, dirección o supervisión de una sociedad de auditoría.

4.ª Hayan sido socio o mantenido una relación laboral o contractual de otro tipo con una sociedad de auditoría.

Sin perjuicio de otros supuestos de prohibición contemplados en otras leyes, durante los dos años siguientes a la finalización del cargo de miembro del Comité de Auditoría, estos no podrán incurrir en ninguna de las circunstancias 1.ª a 4.ª a que se refiere el párrafo anterior.

Con fecha 10 de julio de 2018, el Presidente del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE) propone el cese de don Ángel López Muñoz, que fue nombrado por Orden ECC/106/2016, de 1 de febrero, como miembro titular del Comité de Auditoría de Cuentas, y el nombramiento en su lugar, como miembro titular, de doña Carmen Rodríguez Menéndez.

De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, las referencias de la Ley de Auditoría de Cuentas al Ministro de Economía y Competitividad han de entenderse hechas a la Ministra de Economía y Empresa.

Considerando lo anterior, dispongo:

Primero. Cese de un vocal titular del Comité de Auditoría de Cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Cesar como vocal titular del Comité de Auditoría de Cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas a don Ángel López Muñoz, designado a propuesta del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España.

Segundo. Designación de un vocal titular del Comité de Auditoría de Cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Designar vocal titular del Comité de Auditoría de Cuentas, a propuesta del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, a doña Carmen Rodríguez Menéndez.

Tercero. Efectos.

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de octubre de 2018.–La Ministra de Economía y Empresa, P. D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), la Subsecretaria de Economía y Empresa, Amparo López Senovilla.

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