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Documento BOE-A-2018-14395

Orden CUD/1101/2018, de 1 de octubre, por la que se otorga la garantía del Estado a 41 obras para su exhibición en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofia, en la colección permanente.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 20 de octubre de 2018, páginas 102129 a 102132 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2018-14395

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

De acuerdo con la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y el Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla dicha disposición adicional sobre garantía del Estado para obras de interés cultural y la disposición adicional quincuagésima octava de la ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

Vistos los informes favorables de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, adoptado en su reunión plenaria del día 14 de septiembre de 2018, de la Abogacía del Estado del ministerio emitido con fecha de 30 de agosto de 2018, y de la Subdirección General de la Oficina Presupuestaria con fecha de 29 de agosto de 2018, y una vez fiscalizado de conformidad por la Intervención Delegada en el Departamento.

De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Bellas Artes, en cumplimiento del apartado 3 de la disposición adicional novena Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, dispongo:

Primero.

Otorgar la garantía del Estado prevista en las indicadas disposiciones con el alcance, efectos y límites que más adelante se expresan y con total sujeción al Real Decreto 1680/1991.

Segundo.

Dicha garantía se circunscribe exclusivamente a los bienes culturales que figuran en el anexo de la solicitud del museo, que forman parte de las obras depositadas por diversas instituciones y particulares en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía para su exhibición en la colección permanente.

El valor económico total de las obras cubiertas por la Garantía del Estado asciende a 10.807.796,58 euros (diez millones ochocientos siete mil setecientos noventa y seis euros y cincuenta y ocho céntimos). Dado que la valoración de varias de las obras cubiertas por la garantía se encuentra expresada en divisas, el valor económico total expresado en esta Orden es una aproximación en euros al valor total de las obras depositadas, utilizando para ello los contravalores resultantes de la aplicación de los tipos de cambio del euro fijados por Resolución del Banco de España por la que se hacen públicos los cambios del euro correspondientes al día 25 de julio de 2018 («BOE» del 26).

A los efectos de esta Orden, se considerará que el valor individual de las obras es el que figura en la solicitud de garantía del Estado y en el anexo de la aceptación.

Tercero.

Esta garantía comenzará a surtir efecto a partir del 1 de octubre de 2018 para aquellos bienes que, figurando en el anexo, se encuentren depositados en la sede del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía de Madrid, y cubrirá hasta la renovación de la misma con fecha límite el 31 de diciembre del año 2018. Todo ello sin perjuicio de los casos descritos en el apartado cuarto.

Cuarto.

El inicio de la cobertura de la garantía del Estado para aquellas obras señaladas en el anexo, e incluidas jurídicamente en el ámbito de aplicación de la misma, que no se encuentren en la sede del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía en la fecha de esta Orden, se iniciará una vez que sean entregadas por los cedentes enumerados en el apartado dos a la empresa de transportes contratada para su traslado al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

La entrada en vigor de la garantía del Estado para las citadas obras requerirá que previamente el personal técnico cualificado del Museo realice un informe exhaustivo sobre el estado de conservación de cada obra. Dicho informe será puesto en conocimiento del cedente y deberá contar con su conformidad escrita, tras la cual se procederá a la firma del acta de entrega de las obras por cedente y cesionario.

Si alguna de las obras fuese devuelta a alguno de los cedentes del apartado dos durante el ejercicio 2018, en el momento en que la obra sea entregada al cedente en su destino de origen, se firmará por cedente y cesionario una nueva acta de entrega del bien en la que deberá constar la conformidad del cedente sobre las condiciones en las que se le devuelven las obras, momento que marcará el fin de la cobertura de la garantía del Estado.

En el caso de que se produzca un préstamo temporal de piezas a terceras instituciones, las obras dejarán de estar cubiertas por la garantía del Estado desde el momento de su embalaje, volviendo a entrar en vigor la garantía cuando se elabore por parte de personal técnico cualificado el informe sobre el estado de conservación del bien una vez éste se vuelva a encontrar en la sede del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

Quinto.

El centro solicitante de la garantía o los cedentes del bien cultural, asegurarán las cantidades no cubiertas por esta garantía en virtud del artículo 6, punto dos, del Real Decreto 1680/91.

Sexto.

Esta garantía se otorga a los bienes culturales descritos en el Anexo que cita el apartado segundo y comporta, según lo dispuesto en el artículo 3, punto cuatro, del Real Decreto 1680/1991, el compromiso del Estado de indemnizar por la destrucción, pérdida, sustracción o daño de las obras mencionadas, de acuerdo con el valor reflejado en el Anexo y las condiciones expresadas en la documentación que obra en el expediente.

En caso de indemnización por la destrucción, pérdida, sustracción o daño de un bien, ésta tendrá como valor individual el establecido en la solicitud del museo y en el anexo de aceptación del prestador.

Séptimo.

Cualquier alteración de las condiciones expresadas en la solicitud deberá ser comunicada con antelación suficiente al Ministerio de Cultura y Deporte, siendo necesaria la conformidad expresa del mismo para que la garantía surta efecto en relación con el término alterado.

Octavo.

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía enviará trimestralmente a la Subdirección General de Protección del Patrimonio Histórico una relación de los movimientos de aquellas obras objeto de la garantía del Estado. Además, al finalizar el plazo de cobertura anual de la garantía, extenderá un certificado firmado por su Director Gerente acreditando el término de la garantía otorgada, así como cualquier circunstancia que afecte a la misma.

Noveno.

La institución cesionaria adoptará todas las precauciones necesarias para el estricto cumplimiento de lo previsto en esta Orden, así como las medidas que sean procedentes para la seguridad y conservación de los bienes garantizados.

Décimo.

Se incorpora a esta Orden, formando parte de la misma, el anexo que cita el apartado segundo.

Undécimo.

La Dirección General de Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte dará inmediata cuenta, por vía telemática, del otorgamiento del compromiso del Estado y del contenido del mismo a las Cortes Generales y al Ministerio de Hacienda.

Madrid, 1 de octubre de 2018.–El Ministro de Cultura y Deporte, José Guirao Cabrera.

ANEXO

N.º

Prestador

Clase del bien

1

Fundación Museo Reina Sofía. Madrid

Fernanda Laguna; Licor de café; Técnica mixta sobre tela; 2000.

2

Claudio Perna; Sin título; Fotocopia sobre papel; ca. 1970.

3

Claudio Perna; Vistas aéreas del territorio: satélite billete; Fotografía; ca. 1985.

4

Claudio Perna; Sin título; Fotografía; ca. 1985.

5

Claudio Perna; Aire/Agua; Gelatina de plata y sello húmedo sobre papel; ca. 1972.

6

Claudio Perna; Serie Museo de Bellas Artes; Polaroid; ca. 1969.

7

Claudio Perna; Vista aérea de Caracas; Fotografía sobre papel impreso y tinta; ca. 1980.

8

Claudio Perna; Sin título; Fotografía sobre papel; ca. 1985.

9

Claudio Perna; Sin título; Fotografía sobre papel; ca. 1985.

10

Claudio Perna; Correcto e incorrecto; Grafito sobre papel laminado; ca. 1978.

11

Felipe Ehrenberg; La caída; Acrílico sobre fibracel; 1968.

12

Felipe Ehrenberg; La Poubelle; Lápices de colores sobre papel con collages; 2016.

13

Mathias Goeritz; Grand guignol andalou (Bullfight III); Gouache y tinta sobre papel; 1946.

14

Raimond Chaves & Gilda Mantilla; Abstract; Conjunto 40 diapositivas; 2011.

15

Raimond Chaves & Gilda Mantilla; Carbon Copy Jungle III; Lápiz carbón sobre papel; 2011.

16

Alberto Greco; Asesinato de Kennedy; Collage sobre lienzo; 1963-1964.

17

EPS Huayco; Encuesta de Preferencias Estéticas de un público urbano; Serigrafía sobre papel; 1981.

18

EPS Huayco; Vallejo I; Serigrafía sobre papel; 1980.

19

Engel Leonardo; Gemelos. Medusa. Fertilidad; 75 Baldosas hidráulicas; 2018.

20

Óscar Masotta; El helicóptero; Fotografía digital sobre papel; 1967/2018.

21

Óscar Masotta; El mensaje fantasma, Fotografía digital sobre papel; 1967/2018.

22

Óscar Masotta; Acerca de Happenings; Fotografía digital sobre papel; 1966/2018.

23

Óscar Masotta; Imágenes del libro Happenings; Prueba original de imprenta; 1967.

24

Óscar Masotta; Happenings; Impresión fotográfica sobre papel; 1967.

25

Enrique Bostelmann; El caminante; Gelatinobromuro de plata sobre papel; 1955.

26

Enrique Bostelmann; El puente; Gelatinobromuro de plata sobre papel; 1967.

27

Enrique Bostelmann; Sin título; Gelatinobromuro de plata sobre papel; ca. 1960.

28

Enrique Bostelmann; Don Pancho; Gelatinobromuro de plata sobre papel; 1964.

29

Enrique Bostelmann; Familia; Gelatinobromuro de plata sobre papel; ca. 1960.

30

Enrique Bostelmann; Sin título; Gelatinobromuro de plata sobre papel; ca. 1960.

31

Enrique Bostelmann; Sin título; Gelatinobromuro de plata sobre papel; ca. 1957.

32

Enrique Bostelmann; Sin título; Gelatinobromuro de plata sobre papel; ca. 1960.

33

Josep Renau; Autorretrato del gran capital. Serie: American way of life; Serigrafía sobre papel; 1975-1977.

34

Silvia Rivas; De la serie Infinito recurso (Ir-Venir); Vídeo digital en monitor de tubo; 1998.

35

Liliana Maresca; Sin título; Ensamblaje de objetos y mueble de madera; 1982.

36

Liliana Maresca; Sin título (Liliana Maresca con su obra/Fotoperformance); Gelatina de plata al selenio sobre papel; 1983/2016.

37

Liliana Maresca; Sin título (Liliana Maresca con su obra/Fotoperformance); Gelatina de plata al selenio sobre papel; 1983/2016.

38

Liliana Maresca; Sin título (Liliana Maresca con su obra/Fotoperformance); Gelatina de plata al selenio sobre papel; 1983/2016.

39

Francisco Tropa; Lantern (Drop); Caballete de madera y diversos elementos; 2012-2013.

40

Hudinilson Junior Jr.; Exercicio de me ver; Xeros; 1980.

41

The Calder Foundation. Nueva York (EE.UU.)

Alexander Calder; Mercury Fountain (maquette); Contrachapado de madera y hierro; 1937-1943.

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