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Documento BOE-A-2018-13773

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 4820-2018, en relación con el párrafo 2º del artículo 35.2 LEC, y con la regulación de los párrafos 2º y 3º del artículo 34.2 a los que remite, en la redacción dada por la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por posible vulneración del artículo 24.1 de la CE.

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 10 de octubre de 2018, páginas 98349 a 98349 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2018-13773

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 2 de octubre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión interna de inconstitucionalidad número 4820-2018 planteada por la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, en el recurso de amparo 4104-2017, en relación con el párrafo 2.º del artículo 35.2 LEC, y con la regulación de los párrafos 2.º y 3.º del artículo 34.2 a los que remite, en la redacción dada por la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por posible vulneración del artículo 24.1 de la C.E., y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión interna.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el recurso de amparo 4104-2018, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de octubre de 2018.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 02/10/2018
  • Fecha de publicación: 10/10/2018
  • La cuestión de inconstitucionalidad de lo indicado del art. 15 de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre se establece por estar relacionado con los arts. 34 y 35 de la Ley 1/2000, de 7 de enero.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y se declara la inconstitucionalidad y nulidad de lo indicado de los arts. 34.2 y 35.2 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, en la redacción dada por la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, por Sentencia 34/2019, de 14 de marzo (Ref. BOE-A-2019-5727).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad:
    • de lo indicado del art. 15 de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre (Ref. BOE-A-2009-17493).
    • de los párrafos 2, 3 del art. 34.2 y del párrafo 2 del art. 35.2 de la Ley 1/2000, de 7 de enero (Ref. BOE-A-2000-323).
Materias
  • Actos procesales
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Enjuiciamiento Civil
  • Oficina judicial

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