Está Vd. en

Documento BOE-A-2018-13071

Resolución de 4 de septiembre de 2018, de la Universidad de Málaga, por la que, en ejecución de sentencia, se modifica la de 23 de marzo de 2018, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la escala administrativa.

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 27 de septiembre de 2018, páginas 92941 a 92943 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2018-13071

TEXTO ORIGINAL

Habiendo recaído Sentencia n.º 247/18, del Juzgado de lo contencioso administrativo n.º 7 de Málaga, en virtud de la cual se declara la nulidad del Anexo I, Fase de concurso, Valoración de Méritos, de la Resolución de 23 de marzo de 2018, de la Universidad de Málaga, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Administrativa de esta Universidad («BOE» núm. 84, de 6 de abril), este Rectorado ha resuelto modificar las bases y el citado Anexo de la referida convocatoria en los términos siguientes:

Base 1.3.3 La puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de concurso se publicará una vez realizados los dos ejercicios de la fase de oposición.

Base 1.3.4 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará no antes del 15 de octubre de 2018. La fecha, hora y lugar de celebración del mismo se fijará en Resolución del Rectorado de la Universidad de Málaga, que se publicará en el Boletín Oficial de la Universidad de Málaga, al aprobar la nueva lista definitiva de admitidos y excluidos. El segundo ejercicio y las sucesivas resoluciones se publicarán en el tablón de anuncios del Pabellón de Gobierno de la Universidad, así como en la página web http://www.uma.es y en aquellos medios que se considere conveniente para su mayor difusión.

Base 3. Solicitudes.

3.1 Modelo de solicitud. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia publicada como Anexo III de la Resolución de 23 de marzo de 2018, acompañando a la instancia una fotocopia del documento nacional de identidad, así como una relación circunstanciada de los méritos alegados para la fase de concurso, cuya documentación acreditativa se presentará, por los aspirantes que superen la fase de oposición, en el plazo que el Tribunal determine.

3.2 Recepción de solicitudes. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de esta Universidad o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Excmo. Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Málaga.

3.4 Justificación de los derechos de examen. El interesado adjuntará a la solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen, lo que podrá realizarse mediante transferencia bancaria o en ventanilla. En ningún caso se dará carácter de solicitud al simple abono de dichos derechos en la entidad bancaria correspondiente.

3.5 Derechos de examen. Los derechos de examen serán de 21,00 euros y se ingresarán en Unicaja, cuenta corriente número 2103-0146-95-0030028625, bajo el nombre de «Universidad de Málaga. Pruebas Selectivas PAS». En la solicitud deberá figurar el sello acreditativo del pago de los derechos, cuya falta determinará la exclusión del aspirante.

3.6 Devolución de derechos. Procede la devolución de las tasas exigidas cuando no se realice el hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado.

3.7 Subsanación de errores. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

Base 4. Admisión de aspirantes.

4.1 Relación de admitidos y excluidos. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Málaga dictará resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el Boletín Oficial de la Universidad de Málaga, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.

En la lista provisional de admitidos y excluidos constarán, además de quienes presenten su solicitud en el plazo establecido en la base 3.2 de la presente Resolución, aquellos aspirantes que constan como admitidos en las listas definitivas publicadas por Resolución de 20 de junio de 2018, tanto en el cupo general como en el cupo de discapacidad. A estos efectos, el pago de los derechos de examen realizado por los citados aspirantes tendrá plena validez, pudiendo los mismos presentar, en el plazo establecido en la base 3.1 de la presente Resolución, la relación de méritos alegados para la fase de concurso.

En dicha Resolución se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto en todo caso en la Universidad de Málaga. En ellas constarán al menos los apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad, así como las causas de exclusión.

4.2 Plazo de subsanación. Los aspirantes excluidos o que no figuren en la relación de admitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial de la Universidad de Málaga» para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de la prueba. A estos efectos, deberán comprobar fehacientemente no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.

4.3 Relación definitiva de admitidos y excluidos. Transcurrido el plazo de subsanación, por el Rector se publicará la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, y se determinará el lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.

Base 5.10 Información a los participantes. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Servicio de PAS, Edificio de Servicios Múltiples de la Universidad de Málaga, Plaza de El Ejido, 29071, Málaga.

Base 9. Norma final. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, en los casos y en las formas establecidas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas. Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la mencionada Ley.

ANEXO I
Fase de concurso. Valoración de méritos

Los aspirantes que superen la fase de oposición deberán aportar, en el plazo que el Tribunal determine, la documentación acreditativa de los méritos alegados para la fase de concurso.

El Tribunal hará pública la puntuación obtenida en la fase de concurso por los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, tras la superación de cada uno de los dos ejercicios, que tendrán carácter eliminatorio.

Contra la puntuación otorgada por el Tribunal, podrán los interesados interponer reclamación en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma, transcurridos los cuales el Tribunal publicará las puntuaciones definitivas.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición.

La fase de concurso se valorará de 0 a 25 puntos.

En dicha fase, se valorarán los siguientes méritos, hasta el máximo establecido, de acuerdo con la siguiente escala:

1. Por servicios prestados como funcionario interino de las Escalas Auxiliar Administrativa y Administrativa de la Universidad de Málaga hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes, 0,30 puntos por cada mes completo de trabajo, o la parte proporcional en días.

2. Por servicios prestados en otras Universidades públicas como funcionario en Cuerpos o Escalas del Grupo C de Administración general hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes, 0,15 puntos por cada mes completo de trabajo, o la parte proporcional en días.

3. Por servicios prestados en otras Administraciones públicas como funcionario en Cuerpos o Escalas del Grupo C de Administración general hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes, 0,10 puntos por cada mes completo de trabajo, o la parte proporcional en días.

Los servicios prestados fuera de la Universidad de Málaga se acreditarán mediante documentación justificativa de la prestación de los servicios, con expresión de las funciones concretas que se han desarrollado, expedida por el órgano administrativo competente.

Málaga, 4 de septiembre de 2018.–El Rector, José Ángel Narváez Bueno.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid