Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 12 de septiembre de 2018.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, María de los Llanos Castellanos Garijo.
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad de Madrid ha adoptado el siguiente acuerdo:
1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con los siguientes preceptos: artículo 6, artículo 7, artículo 11 (letras m) y ñ)), artículo 12, artículo 20, artículo 28 (letras b) y g)), artículo 29 (apartados 1, 2, 12, 13, 14), artículo 30, artículo 31.4, artículo 33, artículo 38, artículo 54, la disposición adicional quinta, la disposición transitoria primera, la disposición transitoria tercera y disposición transitoria cuarta de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
2.º Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión de Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».
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