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Documento BOE-A-2018-12756

Resolución de 12 de septiembre de 2018, de la Subsecretaría, por la que se modifica la composición del Tribunal calificador del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, convocado por Resolución de 10 de julio de 2018.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 20 de septiembre de 2018, páginas 90911 a 90911 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica
Referencia:
BOE-A-2018-12756

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 10 de julio de 2018 («BOE» del día 13) se convocaron pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, figurando en su anexo III la composición del Tribunal calificador de estas pruebas.

Por renuncia de uno de los miembros del tribunal, procede su sustitución, quedando el mencionado anexo III modificado en los términos siguientes:

Tribunal suplente:

Baja:

Vocal: Don Jorge Bonache López, escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Alta:

Vocal: Don Manuel Ángel Laguera García, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

Contra la presente Resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaria del Ministerio para la Transición Ecológica en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 12 de septiembre de 2018.–La Subsecretaria para la Transición Ecológica, Juana María Lázaro Ruiz.

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