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Documento BOE-A-2018-11376

Resolución de 3 de julio de 2018, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Francisco de Vitoria y la Asociación Española Contra el Cáncer.

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 8 de agosto de 2018, páginas 80273 a 80277 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-A-2018-11376

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el convenio entre la Universidad Francisco de Vitoria, la Asociación española contra el Cáncer y el Instituto de Salud Carlos III, O.A.,M.P., y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado ocho del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 3 de julio de 2018.–El Director del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., Jesús Fernández Crespo.

ANEXO
Convenio entre la Universidad Francisco de Vitoria, la Asociación Española contra el Cáncer y el Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P.

En Madrid, a 9 de abril de 2018.

REUNIDOS

De una parte, don Jose Antonio Verdejo Delgado en nombre y representación de la Universidad Francisco de Vitoria, (en adelante UFV), en su condición de Secretario General, cargo para el que fue reelegido según consta en escritura pública número dos mil ochocientos cuatro, ante el Notario de Madrid Francisco Javier Vigil de Quiñones, con poderes otorgados y elevados a escritura pública número ochocientos ochenta y uno ante el Notario de Madrid Gerardo Muñoz de Dios, con CIF G-80480197 y domicilio a efectos de notificaciones en UFV, Carretera de Pozuelo a Majadahonda, km 1.8, 282023, Pozuelo de Alarcón, Madrid.

De otra, doña Isabel Orbe Martínez-Avial con NIF 15974354A, en nombre y representación de la Fundación Científica de la Asociación Española Contra el Cáncer (FAECC), en virtud de los poderes otorgados por la Fundación y elevados a escritura pública con núm. Quinientos cincuenta ante el Notario de Madrid, don Ignacio de la Mora Leblanc, con CIF G28655033 y domicilio a efectos de notificaciones en Calle Amador de los Ríos, 5 28010 Madrid.

Y de otra, don Jesús Fernández Crespo, como Director del Instituto de Salud Carlos III, O.A. M.P (en adelante ISCIII), NIF Q-2827015E, organismo público de investigación adscrito al Ministerio de Economía y Competitividad a través de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, nombrado por Real Decreto 169/2015 de 6 de marzo (BOE n.º 57, de 7 de marzo de 2015) actuando en nombre y representación del mencionado Instituto, con domicilio en la calle Sinesio Delgado núm. 6, de Madrid y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 11 del Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba su estatuto, modificado mediante los Reales Decretos 590/2005, de 20 de mayo; 246/2009, de 27 de febrero; 1672/2009, de 6 de noviembre; 200/2012 de 23 de enero y, 622/2014 de 18 de julio.

La UFV, la FAECC y el ISCIII se denominarán, asimismo, colectivamente las «Partes» e, individualmente, cuando proceda, una «Parte».

Las Partes se reconocen mutuamente capacidad legal para suscribir el presente Convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

I. Que la Universidad Francisco de Vitoria imparte la doble licenciatura Farmacia+Biotecnología.

II. Que la FAECC tiene entre sus fines el apoyo y promoción de la investigación oncológica, razón por la cual, ha decidido conceder ayudas estudiantes universitarios del ámbito de las ciencias de la salud para complementar su formación mediante la realización de prácticas en un laboratorio de investigación, cuya actividad se relacione con cualquiera de las áreas de oncología.

III. Que el ISCIII es un organismo Público de Investigación que asume la planificación, fomento y coordinación de la investigación y la innovación biomédica y sanitaria, así como la prestación de servicios científico-técnicos de referencia en el ámbito de la salud pública, y tiene entre sus funciones el desarrollo de actividades de investigación que conllevan la formación de personal investigador.

IV. Que el ISCIIII manifiesta su deseo de colaborar con la Fundación y la Universidad en la formación de sus alumnos, mediante el acogimiento de éstos en la realización de las prácticas citadas.

V. Que, en virtud de lo anterior, las partes acuerdan celebrar el presente Convenio, que se regirá por la normativa legal de aplicación y por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

La FAECC ofrece la concesión de ayudas a estudiantes universitarios del ámbito de las ciencias de la salud para la realización de prácticas en el ISCIII.

En concreto, la Fundación ofrece la siguiente modalidad del programa de prácticas a la que pueden acceder los universitarios que sean seleccionados:

Programa de prácticas de laboratorio

Segunda. Finalidad y contenido de las prácticas.

Las prácticas tienen como finalidad de acercar la realidad de la investigación biomédica a los estudiantes seleccionados de la Universidad Francisco de Vitoria, así como complementar su formación con el objeto de ayudarles a dirigir más adecuadamente su orientación profesional y la posibilidad de que desarrollen una carrera científica.

La formación que se ofrezca a los alumnos en el ISCIII responderá al siguiente proyecto formativo:

(i) Objetivos del proyecto formativo:

Aprender técnicas básicas para el análisis molecular (extracción de RNA y proteínas, técnicas de RT-PCR cuantitativa, western-blot, cultivo celular, citometría de flujo,) en un proyecto en cáncer de tiroides.

(ii) Actividades a desarrollar:

Durante la estancia el alumno seleccionado, D. Ismael Bermejo, participará en el estudio de moléculas implicadas en el tráfico de NIS a la membrana citoplasmática en líneas celulares derivadas de cáncer de tiroides y en muestras humanas. Así como en la caracterización de la expresión funcional de nuevos transportadores de membrana para el uso de RAI. Durante la estancia aprenderá las técnicas más básicas para el análisis molecular (extracción de RNA y proteínas, técnicas de RT-PCR cuantitativa, western-blot, cultivo celular, citometría de flujo, ….) según el tiempo y desarrollo de la parte del proyecto en la que participará. Aprenderá técnicas funcionales de RAI in vitro. Por otro lado colaborara con los estudios de tratamiento in vivo en modelos ortotópicos de cáncer de ovario, aprendiendo las técnicas de producción de xenografts, su tratamiento y procesado de los tejidos tumorales (perfusión, cirugía e inmunohistoquímica). Participará de forma activa en reuniones de laboratorio y donde expondrá sus resultados. Todo esto permitirá al estudiante tener una visión general del trabajo en un laboratorio de oncología molecular y celular.

Las prácticas estarán tuteladas por un tutor designado por el ISCIII, cuyos cometidos principales serán los siguientes:

(i) Fijar el plan de actividades.

(ii) Orientar al universitario en las dudas y dificultades que pudieran planteársele.

(iii) Instruir en todas las técnicas necesarias durante el periodo de formación.

(iv) Tutelar y orientar la presentación de datos y la escritura de memoria de su trabajo.

La Universidad reconocerá al tutor la labor desempeñada durante el desarrollo de las prácticas.

Tercera. Requisitos a reunir por el alumno.

Los estudiantes deben cumplir los siguientes requisitos participar en este programa:

a) Estar matriculado en la Universidad Francisco de Vitoria.

b) Los estudiantes que no pertenezcan al Plan Bolonia, deberán estar cursando segundo ciclo de la licenciatura en el momento de optar a la convocatoria (con al menos el 50% de los créditos totales de la carrera aprobados).

c) Los estudiantes que pertenezcan al Plan Bolonia, deberán tener un mínimo de 150 créditos aprobados en el momento de optar a la convocatoria, siempre y cuando no hayan terminado los estudios conducentes a la obtención del título de grado.

La solicitud para participar en esta convocatoria debe realizarse através del espacio web Area del Investigador de la fundación Científica AECC, www.fundación cientifica.aecc.es utilizando las plantillas disponibles para la presente convocatoria.

Para presentar la solicitud, es solicitante deberá registrase previamente en el Area del Investigador de la Fundación Cientifica AECC (www.fundacioncientifca.aecc.es). Tras completar el proceso de registro, el usuario recibirá una contraseña, necesaria para poder envía cualquier solicitud. Una vez creada la cuenta se podrá inicia el proceso de solicitud. Los solicitantes disponen en la web de material explicativo con las instrucciones necesarias para presentar la solicitud. Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:

(i) Curriculum vitae del candidato junto con DNI original escaneado.

(ii) Carta de aceptación del centro receptor, en el caso en el que el estudiante cuente con un centro receptor.

(iii) Certificado oficial de los créditos y notas aprobados hasta la fecha de la presentación de la solicitud.

(iv) Carta de compromiso de la Universidad de formalizar la Ayuda en caso de adjudicación junto con las Bases de la Convocatoria firmadas por la persona gestora del convenio.

(v) Carta de recomendación de un docente del centro donde el candidato cursa sus estudios.

Si la solicitud aportada es incompleta o no cumple los requisitos exigidos será desestimada, no existiendo la posibilidad de subsanación de errores.

El plazo de presentación de las solicitudes será el siguiente:

(i) Las solicitudes recibidas antes de las 15 horas del día de 27 de febrero de 2017 optarán al programa durante el periodo de verano.

En el proceso de selección se valorarán, entre otras cosas, los méritos académicos y nota media de los créditos cursados (calculada sobre 10).

La concesión de la ayuda de estudios por parte de la FAECC será incompatible con la percepción por parte del universitario de otras ayudas destinadas al mismo fin, de cualquier fuente pública o privada.

La Fundación podrá utilizar la información del programa de formación y los resultados del mismo y sus planes de difusión y comunicación corporativa

Cuarta. Duración de las prácticas.

La duración del periodo de prácticas de la presente modalidad será la siguiente:

(i) Las prácticas tendrán una duración de 240 horas efectivas que se distribuirán de mutuo acuerdo entre el estudiante y el investigador responsable.

Quinta. Compromisos de la UFV y del ISCIII. Rescisión anticipada.

Con el objeto de que las prácticas se desarrollen de forma adecuada, la UFV se cerciorará que el universitario seleccionado asuma los siguientes compromisos:

(i) Realizar con la máxima profesionalidad y dedicación las funciones y tareas que se les encomienden.

(ii) Respetar los reglamentos y normas internas del ISCIII, incluidas las relativas al horario dentro del cual hayan de tener lugar las prácticas.

(iii) Mantener absoluta reserva y confidencialidad respecto de cuantos documentos, datos o hechos puedan conocer durante el desarrollo de sus prácticas, tanto durante las mismas como una vez finalizadas.

(iv) Participar en aquellas actividades organizadas por la FAECC para la que sea requerido y que tengan relación con el Programa de Prácticas.

(v) Comunicar a la FAECC cualquier desviación o anomalía relativa a la estancia, tanto en sus aspectos formativos como organizativos, reservándose la FAECC la posibilidad de iniciar las acciones oportunas al respecto.

(vi) Elaboración de un informe cuatrimestral, y un informe o memoria final del programa, en el que consten las actividades desarrolladas y los resultados obtenidos, firmado por el beneficiario con el visto bueno del tutor.

(vii) Si hubiera publicaciones científicas como resultado de la estancia o del programa de prácticas, el beneficiario deberá agradecer en las mismas la ayuda proporcionada por la FAECC, así como enviar a la misma una copia del trabajo.

(viii) Comunicar a la FAECC, la obtención de cualquier financiación procedente de cualquier otra entidad para el mismo fin o similar finalidad, siendo incompatible con ésta.

Dichos compromisos se formalizarán mediante la firma, con carácter previo al inicio de las prácticas, de un documento anexo, sin perjuicio de la firma por parte del estudiante de aquellos documentos o formularios que sean necesarios para el desarrollo de las prácticas y para dejar constancia de los compromisos indicados.

El incumplimiento por parte del universitario de los compromisos descritos o de los objetivos que inicialmente se fijen en cuanto a plazos, rendimiento o resultados, facultará a la Fundación o al ISCIII, con notificación a la UFV a dar por terminado el periodo de prácticas del universitario sin que surja derecho a compensación alguna.

El ISCIII, se compromete a:

(i) Fijar el plan de actividades.

(ii) Orientar al universitario en las dudas y dificultades que pudieran planteársele.

(iii) Instruir en todas las técnicas necesarias durante el periodo de formación.

(iv) Tutelar y orientar la presentación de datos y la escritura de memoria de su trabajo.

(v) Controlar el aprovechamiento y cumplimiento de los objetivos docentes establecidos.

Sexta. Bolsa o ayuda de estudios.

La bolsa o ayuda de estudios del programa de prácticas de laboratorio en la presente modalidad será la siguiente:

(i) La Fundación aportará 1.000 euros brutos a los universitarios seleccionados para el programa de prácticas, en un único pago al finalizar el programa y previa presentación y revisión de la memoria final del programa. Adicionalmente estudiará, en cada caso concreto, la aportación de una cantidad hasta un máximo de 1.000 euros brutos a los candidatos que tengan un lugar de residencia diferente a la provincia donde se realicen las prácticas previa presentación de la documentación requerida por la Fundación.

Séptima. Seguridad Social y seguro de responsabilidad civil y accidentes.

La Fundación procederá a inscribir a los beneficiarios en la Seguridad Social, en los términos que establezca en cada momento la normativa de aplicación.

Por otra parte, la Fundación contratará un seguro de responsabilidad civil y accidentes durante la duración del periodo de prácticas.

Octava. Ausencia de relación laboral.

La realización de las prácticas no supondrá en ningún caso vinculación jurídico-laboral entre el beneficiario y la Fundación o el ISCIII.

Novena. Protección de datos.

Las partes se compromete a cumplir las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal («LOPD»), así como la normativa de desarrollo y aquella que se promulgue en cada momento.

Los datos personales de los universitarios puestos por la Universidad a disposición de la Fundación y del ISCIII se han recabado informando a los alumnos y habiendo consentido éstos sobre la posibilidad de cesión a terceros en el desarrollo de las prácticas.

Décima. Vigencia.

La vigencia del presente Convenio se perfecciona el día de su firma y surtirá efectos desde su inscripción en el Registro Estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación y publicación en el Boletín Oficial del Estado. Tendrá una vigencia de un año y podrá ser prorrogado expresamente por acuerdo unánime de las partes.

Undécima. Naturaleza jurídica. Jurisdicción.

El presente convenio es de naturaleza jurídica administrativa, siendo de los contenidos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Para cuantas cuestiones pudieran suscitarse en lo relativo a la interpretación y aplicación de este Convenio, ambas partes se someten a los Juzgados y Tribunales de lo contencioso administrativo de Madrid.

Duodécima. Extinción y resolución del convenio.

Serán causas de extinción y resolución del convenio las contenidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Y para que así conste y en prueba de conformidad. Las tres partes firman el presente Convenio por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Fundación Científica de la Asociación Española contra el Cáncer, la Directora, Isabel Orbe Martínez-Avial.–Instituto de Salud Carlos III, el Director, Jesús Fernández Crespo.–Universidad Francisco de Vitoria, el Secretario General, José Antonio Verdejo Delgado.

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