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Documento BOE-A-2017-9521

Resolución de 28 de julio de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Diputación Provincial de Teruel, para la realización de obras de reparación de distintos acuartelamientos de la Guardia Civil en la citada provincia.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 9 de agosto de 2017, páginas 79777 a 79780 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2017-9521

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito el 17 de julio de 2017 el Convenio de Colaboración entre el Ministerio del Interior (Secretaría de Estado de Seguridad) y la Diputación Provincial de Teruel, para la realización de obras de reparación de distintos acuartelamientos de la Guardia Civil en la citada provincia, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Convenio que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 28 de julio de 2017.–El Secretario General Técnico del Ministerio del Interior, Juan Antonio Puigserver Martínez.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior (Secretaría de Estado de Seguridad) y la Diputación Provincial de Teruel, para la realización de obras de reparación de distintos acuartelamientos de la Guardia Civil en la citada provincia

En Teruel, a 17 de julio de 2017.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. don José Antonio Nieto Ballesteros, Secretario de Estado de Seguridad, nombrado por Real Decreto 497/2016, de 18 de noviembre, (BOE núm. 280, de 19 de noviembre de 2016), actuando en nombre y representación de la Administración General del Estado, con competencia para la firma de convenios de colaboración según lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, el Sr. don Ramón Millán Piquer, Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Teruel, actuando en nombre y representación de la misma en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 34 a) y b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, facultado para este acto por acuerdo del Pleno Provincial de fecha 31 de mayo de 2017.

Reconociéndose ambas partes capacidad legal suficiente para el otorgamiento de este convenio, a tal efecto

MANIFIESTAN

I. Que el principio constitucional de colaboración entre las distintas Administraciones Públicas que integran el Estado, así como el de eficiencia, que deben presidir la actuación de las mismas implica poner a disposición de cualquiera de ellas los medios que precisen para el mejor ejercicio de sus funciones.

II. Que la Diputación Provincial de Teruel es consciente de la labor desarrollada por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y en concreto por el Cuerpo de la Guardia Civil. Por ello está decidida a favorecer, en la media de sus posibilidades, la mejora de las condiciones de vida y trabajo de los miembros de la Guardia Civil, lo que redundará inequívocamente en la mejora de las condiciones y calidad de vida de todos los ciudadanos en la provincia de Teruel.

III. Que la protección del orden público, la vigilancia del tráfico en vías interurbanas, la protección de la naturaleza y el medioambiente, la atención policial al ciudadano y a quienes visitan esta provincia, la conservación de recursos hidráulicos y de la riqueza cinegética piscícola y forestal, pone de manifiesto la importancia de la misión encomendada a la Guardia Civil en la salvaguarda y satisfacción del interés general.

IV. Que la Diputación Provincial de Teruel, sensible al grave problema de los acuartelamientos y en aras a colaborar en la consecución de un mejor servicio del Instituto de la Guardia Civil, ofrece su colaboración para la realización de las obras de conservación y reparación de los acuartelamientos con condiciones de habitabilidad deficientes.

En consecuencia, la Diputación Provincial de Teruel y el Ministerio del Interior (Secretaría de Estado de Seguridad) suscriben de mutuo acuerdo el presente Convenio, que se desarrollará con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El presente Convenio tiene por objeto establecer el régimen de colaboración entre la Diputación Provincial de Teruel y el Ministerio de Interior para promover la modernización en las instalaciones oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil en la provincia de Teruel, con el objeto de ofrecer un servicio de calidad a los ciudadanos que las utilicen por cualquier motivo en su relación con dicha Institución, así como la mejora de las condiciones de vida del personal de la Guardia Civil mediante la concesión de ayudas destinadas a la realización de las obras de reparación y conservación de las casas cuartel, que sean necesarias, al amparo de lo dispuesto en el art. 55 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social; en la medida en que el asentamiento territorial de los componentes de dicho Cuerpo de Seguridad conlleva una mejora en la calidad de vida de los ciudadanos y una gestión más eficaz y eficiente de las Administraciones Públicas en el cumplimiento de sus competencias y funciones.

Segunda.

La aportación de la Diputación Provincial de Teruel al presente convenio será de cien mil euros (100.000,00 €), para el año 2017, con cargo a la aplicación presupuestaria 2017/1320/72000 «Conv. Reparación Reforma Cuarteles» del Presupuesto General de la Diputación de Teruel para el ejercicio 2017, en la que existe crédito adecuado y suficiente para la financiación de que se trata.

La aportación de la Diputación se efectuará mediante ingreso en el Tesoro Público a favor del Ministerio del Interior, mediante el abono del 100% del importe. Realizado el ingreso en el Tesoro, éste generará crédito en los presupuestos de la Dirección General de la Guardia Civil, conforme a lo establecido en el artículo 53 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

La aportación prevista en este Convenio para la presente anualidad, se abonará anticipadamente, una vez firmado este instrumento y presentado el programa de obras por la Comisión Mixta prevista en la cláusula tercera, viniendo obligado el Ministerio del Interior a reintegrar la cantidad sobrante, caso de que el importe total de las obras fuese inferior a la cantidad anticipada.

Tercera.

Se crea una Comisión Mixta de Seguimiento del presente Convenio integrada por dos miembros de la Diputación Provincial de Teruel, y en representación del Ministerio del Interior, el Subdelegado del Gobierno en la provincia, o persona en quien delegue, y el Teniente Coronel o Comandante de la Guardia Civil en Teruel. Actuará como Secretario con voz, pero sin voto, un funcionario designado por la Subdelegación del Gobierno.

Cada una de las Administraciones representadas podrá estar asistida por los técnicos que consideren convenientes.

La Comandancia de la Guardia Civil de Teruel remitirá a la Comisión Mixta, en el plazo máximo de un mes desde la firma del presente convenio, una relación de las obras que se pretende realizar en las casas cuarteles de la provincia, así como el importe máximo de las mismas.

Cuarta.

La Comisión Mixta tendrá las siguientes funciones:

a) Priorizar las actuaciones a realizar, a la vista de las necesidades de obras en casas-cuartel propuestas por la Comandancia de la Guardia Civil de Teruel y conocida la cuantía económica de la ayuda.

b) Supervisión y control de los justificantes de todos los gastos que se originen como consecuencia de las obras programadas.

c) Coordinar los trabajos para la consecución óptima del fin que se persigue.

d) Cualesquiera otras que pudieran surgir, encaminada al buen funcionamiento y desarrollo del programa.

La constitución y funcionamiento de la Comisión se atendrá a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre órganos colegiados.

Quinta.

La Dirección General de la Guardia Civil, a través de sus órganos competentes, asumirá la contratación de todas las obras que hayan de abonarse con cargo a la aportación económica detallada en la cláusula segunda. Asimismo, asumirá, con cargo a la mencionada aportación económica, la tramitación de los permisos, licencias y autorizaciones administrativas que en su caso deban obtenerse, así como la dirección facultativa de las obras, siempre que sea exigible. Por tanto, la suscripción del presente convenio no supone coste económico alguno para la Dirección General de la Guardia Civil.

Sexta.

La Dirección General de la Guardia Civil como beneficiaria de la aportación económica señalada en la cláusula segunda, vendrá obligada a justificar debida y documentalmente el destino de los fondos percibidos al amparo del presente Convenio, mediante la presentación de la siguiente documentación:

– Relación detallada de la totalidad de los gastos e inversiones derivados de las actuaciones realizadas.

– Fotocopias compulsadas de facturas, a las que deberán acompañarse los documentos o justificantes de pago correspondientes, con todos los requisitos legales.

– Certificado del responsable de la Unidad, en el que se acredite la realización de las obras, con indicación de sus respectivos importes, en cada casa-cuartel, debiendo acompañar memorias valoradas de las obras realizadas, pudiendo ser inspeccionadas las mismas por técnicos de la Diputación Provincial.

La justificación deberá presentarse por parte de la Dirección General de la Guardia Civil como máximo hasta el día 10 de diciembre de 2017. Este plazo podrá ser ampliado por Resolución del Órgano competente de la Diputación Provincial, previa solicitud de la citada Dirección General, afectando dicho plazo únicamente a la presentación de la documentación justificativa, debiendo ser ejecutadas las obras antes de la fecha de finalización de la vigencia del Convenio, establecida en la cláusula siguiente.

Séptima.

El presente Convenio entrará en vigor a partir del día siguiente a su firma, siendo la fecha de finalización el 10 de diciembre de 2017.

El convenio podrá extinguirse por las siguientes causas:

a) Cumplimiento del objeto del Convenio o del plazo marcado en él.

b) Mutuo acuerdo.

c) Incumplimiento reiterado de obligaciones, mediante denuncia expresa de cualquiera de las partes con una antelación mínima de tres meses al fin de su vigencia.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

Todo ello sin perjuicio de la finalización de las actividades que estuvieran comprometidas hasta la fecha de resolución del Convenio.

Octava.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Teruel, aprobada por el Pleno de la Diputación Provincial de Teruel, en sesión de 31 de marzo de 2014, y publicada a efectos de aprobación definitiva en el «Boletín Oficial de la provincia de Teruel», núm. 68, de fecha 8 de abril de 2014; y demás normas de Derecho Administrativo aplicables, de manera que las controversias que surjan en la ejecución del mismo, de no ser resueltas de común acuerdo por las partes, serán sometidas al Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Por aplicación del artículo 4.1.c) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, este Convenio queda excluido del ámbito de aplicación de dicha ley.

Y para que conste y surta los efectos oportunos se extiende y firma por triplicado ejemplar el presente documento en el lugar y fecha al principio indicados.–El Secretario de Estado de Seguridad, José Antonio Nieto Ballesteros.–El Presidente de la Diputación, Ramón Millán Piquer.

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