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Documento BOE-A-2017-9414

Resolución de 25 de julio de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio colaboración entre el Consejo General del Notariado y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, para la organización del encuentro "Protección del consumidor en la contratación hipotecaria".

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 7 de agosto de 2017, páginas 78816 a 78823 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2017-9414

TEXTO ORIGINAL

El Consejo General del Notariado y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, han suscrito, con fecha 18 de julio de 2017, un Convenio de Colaboración para la organización del encuentro protección del consumidor en la contratación hipotecaria, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 25 de julio de 2017.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Consejo General del Notariado y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo para la organización del encuentro «Protección del consumidor en la contratación hipotecaria»

En Madrid, a 18 de julio de 2017.

REUNIDOS

De una parte el Excmo. Sr. D. José Ángel Martínez Sanchiz, actuando en nombre y representación del Consejo General del Notariado (N.I.F.: Q-2863008-E y domicilio social en Paseo General Martínez Campos, 46, 6.º, 28010 Madrid), en su calidad de Presidente, que actúa facultado por su nombramiento en Sesión Plenaria del Consejo General del Notariado de 1 de diciembre de 2016.

Y de otra parte el Excmo. Sr. D. César Nombela Cano, actuando en nombre y representación de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (en lo sucesivo UIMP) (N.I.F.: Q-2818022-B y domicilio social en Madrid, c/ Isaac Peral, 23), en su calidad de Rector Magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por Real Decreto 1705/2012, de 21 de diciembre (BOE de 22 de diciembre) y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad, aprobado por Real Decreto 331/2002, de 5 de abril (BOE de 12 de abril).

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen capacidad legal para suscribir el presente documento.

EXPONEN

Que la UIMP es un organismo autónomo dependiente del Ministerio de Educación Cultura y Deporte, definido en su Estatuto como centro universitario de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de distintos grados y especialidades universitarias, que tiene como misión promover y difundir la cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio de información científica y cultural de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras.

Que el Consejo General del Notariado es un órgano que depende de la Dirección General de los Registros y del Notariado, una institución subordinada al Ministerio de Justicia. Se constituye, principalmente, por una comisión formada por los decanos de los 17 Colegios Notariales sitos en España y su función es la de coordinación de los Colegios Notariales, de representación del Notariado como Corporación ante las instancias centrales del Estado y de la Administración y de los Organismos Internacionales y de defensa de los intereses generales de los Notarios, como profesionales y como titulares de una función pública.

Que el Consejo General del Notariado y la UIMP coinciden en su interés por organizar un encuentro sobre «Protección del consumidor en la contratación hipotecaria», tema que se considera de la máxima actualidad y de incuestionable relevancia social y académica.

En consecuencia, ambas entidades acuerdan suscribir el presente convenio con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es regular la colaboración del Consejo General del Notariado y la UIMP para la organización conjunta del encuentro «Protección del consumidor en la contratación hipotecaria», que se celebrará los días 19, 20 y 21 de julio de 2017 en Santander, dentro del marco general de los Cursos de Verano de la UIMP.

Con el objetivo común de garantizar los niveles adecuados de excelencia académica, prestigio profesional y solvencia organizativa ambas instituciones colaborarán en el orden académico, técnico, económico y logístico para llevar a cabo el diseño, organización, divulgación y desarrollo del encuentro según las especificaciones de este convenio.

Segunda. Aspectos académicos.

El encuentro estará dirigido académicamente por Segismundo Álvarez Royo-Villanova, actuando como Secretario D. Luis Hernández Lavado, Notario.

El Consejo General del Notariado y la UIMP aprueban el diseño académico y esquema general del encuentro que se adjunta como Anexo I a este convenio, sin perjuicio de las obligadas variaciones que sea imprescindible efectuar en cuanto a ponentes o conferencias por causa de imprevistos o por motivos de otra índole valorados por el director del encuentro, por el Consejo General del Notariado y por la Universidad.

La UIMP avalará académicamente el encuentro objeto de este convenio, emitiendo los correspondientes diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las certificaciones académicas que se soliciten. Con tal fin la UIMP se responsabilizará del control de asistencia de los alumnos.

Tercera. Organización y gestión.

La UIMP haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de actividades docentes, así como de su infraestructura general de instalaciones, equipos y recursos humanos, se compromete a celebrar el encuentro citado de acuerdo con el programa y presupuesto aprobados, haciéndose cargo de toda la gestión económica y administrativa que de ello se derive. En concreto la UIMP gestionará los siguientes servicios:

– En relación con el director, el secretario, los conferenciantes y los participantes en mesas redondas:

● Pago de honorarios.

● Viaje.

● Alojamiento.

● Manutención en sus propias instalaciones.

– En relación con el coordinador de prensa del Consejo General del Notariado:

● Alojamiento.

● Manutención en sus propias instalaciones.

– Publicidad de la celebración del encuentro dentro del plan general de publicidad de la UIMP.

– Diseño, impresión y distribución del programa de mano y del resto del material promocional (programas generales, carteles,...).

– Servicio de Secretaría de Alumnos:

● Información, selección y matriculación de alumnos.

● Control de asistencia.

● Expedición de diplomas y certificaciones.

– Servicio de Gabinete de Prensa.

– Organización, en su caso, de actos de inauguración, clausura y otros actos de protocolo.

– Recopilación y reproducción de la documentación del encuentro y grabación en audio de las sesiones.

– Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y realización del encuentro (locales, megafonía, equipos audiovisuales, de traducción y otros, servicios de limpieza, mantenimiento y vigilancia, personal, servicios complementarios de cafetería, restaurante, instalaciones deportivas, actividades culturales, etc.).

El Consejo General del Notariado no adquiere en virtud de este convenio ninguna responsabilidad directa ni subsidiaria en relación con la ejecución del encuentro, ni frente a los participantes, los asistentes o las empresas con las que la UIMP deba contratar para la prestación de determinados servicios.

Cuarta. Financiación.

Se aprueba un presupuesto del encuentro de veinticuatro mil seiscientos cuarenta y siete euros con setenta céntimos (24.647,70 €), según desglose que se adjunta al convenio como Anexo II.

Quinta.

El Consejo General del Notariado se compromete a la financiación total de los costes señalados en el acuerdo anterior. Puesto que la ejecución del encuentro corresponde a la UIMP, esta aportación se hará efectiva mediante transferencia a la cuenta n.º ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid, una vez celebrado el encuentro de conformidad con lo previsto en este convenio, y presentada por parte de la UIMP la liquidación final del presupuesto, en la que queden recogidas las variaciones que pudieran finalmente haberse producido tanto al alza como a la baja en las partidas de honorarios, viajes, alojamiento y manutención de los ponentes, así como en la traducción, como consecuencia de cambios autorizados en el programa académico y por las necesidades finales en cuanto a días de alojamiento y viaje de los participantes, así como en la partida de becas, respetándose en todo caso los precios unitarios señalados en las citadas partidas.

El pago se hará en todo caso antes del 30 de noviembre de 2017.

Sexta.

El Consejo General del Notariado asumirá, además, la financiación de los costes de la asistencia al encuentro de cinco (6) personas seleccionadas por dicho Consejo, cubriendo sus costes de matrícula y tasa de secretaría, así como –para cuatro de ellos– su alojamiento en las residencias universitarias de la UIMP (propias o concertadas) en régimen de habitación doble compartida y pensión completa (tres días: entrada el día 18 por la tarde y salida el día 21 a mediodía). El coste asciende a mil trescientos noventa y dos (1.392,00 €) según detalle que se incluye en el Anexo II.

El Consejo General del Notariado abonará a la UIMP el coste de asistencia de estos alumnos junto con la aportación que se recoge en la cláusula quinta, una vez recibida por parte de la UIMP la liquidación, en la que se incluirá también esta partida.

Séptima. Publicidad y difusión.

La UIMP se compromete a destacar la colaboración del Consejo General del Notariado en cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del encuentro (programa de mano, carteles, publicidad en prensa, notas de prensa, ruedas de prensa, web, etc.), respetando en todo caso las directrices de imagen externa que le sean facilitadas con este fin.

Octava.

El Consejo General del Notariado podrá apoyar si lo desea a la UIMP en la campaña de promoción del encuentro, mediante la difusión directa del programa entre el público específico y llevando a cabo cuantas otras acciones estimen convenientes, tales como presentación oficial en prensa, difusión de artículos referentes al tema o de entrevistas con el director o participantes en revistas y otros medios de interés para el sector, etc.

Novena.

En el caso de que el Consejo General del Notariado estuviese interesado en realizar publicaciones o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del encuentro deberá, previamente, comunicarlo por escrito a la UIMP, sin perjuicio de los demás permisos que legalmente fueran precisos (derechos de autor, etc.)

En estas publicaciones o producciones audiovisuales deberá figurar el nombre de la Universidad, título del encuentro y fecha y lugar en la que se impartió, debiendo supervisar necesariamente la UIMP todos estos aspectos. La edición se llevará a cabo sin coste alguno para la UIMP, a quien se enviará un mínimo de 5 ejemplares para sus bibliotecas y archivos.

Décima. Otras disposiciones.

Una vez finalizado el encuentro la UIMP hará llegar al Consejo General del Notariado un dossier sobre el mismo, que incluirá, al menos, copia de la documentación entregada a los alumnos, información sobre asistentes y repercusión en los medios de comunicación.

Igualmente le hará entrega de la grabación en audio de las conferencias y mesas redondas.

Undécima. Comisión de seguimiento.

Las partes no consideran necesario crear una comisión de coordinación específica que se encargue del seguimiento del desarrollo del convenio, si bien los equipos técnicos y responsables de ambas instituciones estarán en estrecho contacto, comunicándose o reuniéndose siempre que lo consideren conveniente para la buena coordinación de las acciones y el óptimo desarrollo de las mismas.

Por parte de la UIMP el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través de su Vicerrectorado de Innovación y Desarrollo de Proyectos, y serán el personal técnico del mismo, y como responsable último su Vicerrector, los encargados de velar por la consecución de los objetivos del presente convenio, de proponer cuantas medidas se estimen necesarias para garantizar la viabilidad y la calidad de las actuaciones y servicios, de efectuar el seguimiento y evaluación y de resolver en primer término las posibles controversias o problemas de interpretación y cumplimiento del convenio.

Por parte del Consejo General del Notariado, el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través de su Oficial Mayor, con los mismos objetivos y funciones señalados en el párrafo anterior.

En el caso de que en el proceso de ejecución del convenio ambas partes viesen la conveniencia de que exista una comisión de seguimiento, ambas partes podrán acordar su constitución mediante la firma de un adenda.

Duodécima. Modificación del convenio.

La modificación del presente convenio requerirá acuerdo unánime expreso de los firmantes.

Decimotercera. Vigencia y extinción del convenio.

Este convenio tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publique en el Boletín Oficial del Estado, según se establece en el art. 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El convenio finalizará una vez cumplidos por ambas partes los compromisos adquiridos, en todo caso el 31 de diciembre de 2017.

Decimocuarta.

El presente convenio se extinguirá por su cumplimiento, o por incurrir en causa de resolución.

Serán causa de resolución del presente convenio:

1. El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

2. El incumplimiento grave de las obligaciones asumidas por alguna de las partes.

3. La imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin del mismo por la extinción de la personalidad jurídica de alguna de las partes.

4. El mutuo acuerdo entre las partes.

5. Por decisión judicial declaratoria de nulidad del convenio.

6. Por cualquier otra causa prevista en la legislación vigente.

En el caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes, la parte que detectara dicho incumplimiento grave lo notificará a la parte que incumpla mediante carta certificada con acuse de recibo. En el transcurso de los quince días siguientes a la recepción de esta carta, la situación deberá ser regularizada o en su caso la parte que ha incumplido deberá alegar las causas y razones que impiden el correcto cumplimiento. A la vista de las mismas, la parte que haya denunciado el incumplimiento comunicará su decisión de resolver o no el convenio, teniendo efecto dicha resolución a los 10 días de dicha comunicación.

Cada una de las partes se compromete a hacer llegar a tiempo a la otra parte toda dificultad, de cualquier naturaleza que ésta sea, que encuentre en el desarrollo de la ejecución, y, en general, de toda información susceptible de afectar a su buena ejecución, con el fin de permitir a la otra parte tomar las medidas que considere más apropiadas.

Decimoquinta. Naturaleza jurídica y régimen de resolución de conflictos.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y se regula por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE de 2 de octubre).

El presente queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público, de conformidad con el artículo 4.1.c) del texto refundido de la misma aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (BOE de 16 de noviembre); siéndole de aplicación no obstante los principios de dicho texto legal, en defecto de normas específicas recogidas en el propio convenio y en la citada Ley 40/2015, para resolver las dudas o lagunas que pudieran producirse.

Decimosexta.

Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del presente Convenio. En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, la jurisdicción competente para conocer y resolver dichas cuestiones será la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Y en prueba de conformidad, firman el presente documento en dos ejemplares y en el lugar y fecha indicados al inicio.–El Presidente del Consejo General del Notariado, José Ángel Martínez Sanchiz.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, César Nombela Cano.

ANEXO I
Programa

Encuentro: Protección del consumidor en la contratación hipotecaria

Santander, 19 a 21 de julio de 2017.

Dirección: Segismundo Álvarez Royo-Villanova, Notario.

Secretaría: Luis Hernández Lavado, Notario de Cabezón de la Sal, Cantabria.

Miércoles 19.

10:00 h. Inauguración.

José Ángel Martínez Sanchiz, Presidente del Consejo General del Notariado.

10:30 h. Principios fundamentales de la Directiva 2014/17/UE, sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial

Comisión Europea.

12:00 h. El proyecto de Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario de uso residencial.

Ministerio de Economía y Competitividad.

15:30 h. Mesa redonda.

Información al consumidor y transparencia material: el papel de Bancos, notarios, registradores.

Javier Rodríguez Pellitero, Secretario General Asociación Española de Banca.

Manuel González-Meneses García-Valdecasas, Notario de Madrid.

Moderación: Segismundo Álvarez Royo-Villanova.

Jueves 20.

10:00 h. Deberes de información precontractual en el crédito inmobiliario: control notarial de cumplimiento y otorgamiento de la escritura.

Pilar de Prada Solaesa, Notario.

11:45 h. La ejecución hipotecaria y la protección del consumidor.

José María Fernández Seijo, Magistrado del Juzgado Mercantil n.º 3 de Barcelona.

15:30 h. Mesa redonda Tutela de los deudores hipotecarios especialmente vulnerables y de su vivienda habitual: Principios de política legislativa.

Miguel Ángel Paniagua Núñez, PP.

Pedro Saura García, PSOE.

Rodrigo Gómez, Diputado de Ciudadanos.

Manuel Pardos Vicente, Presidente ADICAE.

Moderación: Segismundo Álvarez Royo-Villanova.

Viernes 21.

10:00 h. Cláusulas de suelo, de vencimiento anticipado y de intereses en la Jurisprudencia de Tribunal Supremo y del de Justicia de la Unión Europea.

Francisco Marín Castán, Magistrado Presidente de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo.

11:45 h. Alternativas a la ejecución hipotecaria (aplicación del Código de Buenas Prácticas, experiencias mediación –intermediación hipotecaria– fórmulas jurídicas alternativas).

Segismundo Álvarez Royo-Villanova.

13:30 h. Clausura.

José Ángel Martínez Sanchiz.

ANEXO II
Presupuesto

Encuentro

Concepto

Unidad

Coste unit.

Total

Honorarios.

1

Dirección.

1-3 días

600,00

600,00

1

Secretaría.

1-3 días

400,00

400,00

6

Ponencia.

380,00

2.280,00

7

Particip. mesa redonda.

150

1.050,00

4.330,00

Viajes avión.

Norteamérica (media).

Turista

4.351,00

0,00

Iberoamérica (media).

Turista

4.646,00

0,00

1

Europa (media).

Turista

1.215,00

1.215,00

5

Madrid.

Turista

717,00

3.585,00

1

Barcelona.

Turista

735,00

735,00

Valencia.

Turista

844,00

0,00

Sevilla.

Turista

945,00

0,00

1

Granada.

Turista

949,00

949,00

Tren

1

Madrid.

Turista

104,00

104,00

Coche 0,19 €/km

2

Madrid.

Km: 786

149,34

298,68

1

Palencia.

Km: 402

76,38

76,38

1

Otros.

Km: 156

29,64

29,64

6.992,70

Alojamiento y manutención.

4

(T. alta).

1 día

177,00

708,00

5

(T. alta).

2 días

177,00

1.770,00

1

(T. alta).

3 días

177,00

531,00

2

(T. alta)

4 días

177,00

1.416,00

4.425,00

Traducción simultánea.

Sesiones.

613,00

0,00

0,00

Publicidad.

1

General.

2.000,00

2.000,00

Específica.

0,00

2.000,00

Becas convocatoria oficial (alojamiento 30 €/día, manutención, 21 €/día).

1 día

3 días

4 días

51,00

51,00

51,00

0,00

0,00

0,00

0,00

Material promocional otros gastos.

1

Diseño, impresión y distribución.

400,00

400,00

1

Reprografía, carpetas, equipos audiovisuales, etc.

1.100,00

1.100,00

1.500,00

Gastos de infraestructura (precio por día).

3

Mantenim. local e instalaciones, limp., vigilancia, personal, etc.

1.800,00

5.400,00

5.400,00

Total presupuesto encuentro

24.647,70

Alumnos C.G. Notariado

Matrícula + gastos S.ª

6

Tarifa C.

130,00

780,00

Alojamiento y manutención.

4

Habit. compartida y pensión completa 3 días.

51,00

612,00

1.392,00

Total alumnos CGN

1.392,00

Total aportación Consejo General Notariado: .

26.039,70

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