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Documento BOE-A-2017-9245

Resolución de 1 de agosto de 2017, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas externas.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 3 de agosto de 2017, páginas 76546 a 76548 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2017-9245

TEXTO ORIGINAL

La Interventora General de la Administración del Estado y el Vicerrector de Relaciones Institucionales y Empleabilidad de la Universidad Autónoma han suscrito, con fecha de 28 de julio de 2017, un Convenio para la realización de prácticas externas.

Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación del referido Convenio, como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 1 de agosto de 2017.–La Interventora General de la Administración del Estado, María Luisa Lamela Díaz.

ANEJO

En Madrid, a 28 de julio de 2017.

Doña María Luisa Lamela Díaz, en nombre y representación de la Intervención General de la Administración del Estado, de acuerdo con el artículo 18 de la Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias y don Antonio Álvarez-Ossorio Alvariño, Vicerrector de Relaciones Institucionales y Empleabilidad de la Universidad Autónoma de Madrid, en nombre y representación de la misma, por delegación del Excmo. Sr. don José María Sanz Martínez, Rector Magnífico de la Universidad Autónoma de Madrid, de conformidad con la Resolución de 10 de abril de 2015, publicada en el «BOCM» el 17 de abril de 2015, con domicilio en Ciudad Universitaria de Cantoblanco, c/ Einstein, 3-4.ª entreplanta, 28049 Madrid, suscriben el presente Convenio, al amparo de lo previsto en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, y el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social y de acuerdo con la disposición adicional vigesimosexta de la Ley 18/2014, del 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficacia y de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector público.

1. La Universidad Autónoma de Madrid desarrolla, desde el curso 1985/86, un Programa de Cooperación Educativa. Para ello cuenta con la colaboración de la Fundación Universidad-Empresa y del Círculo de Empresarios, a través de los cuales se canaliza el interés de diversas empresas y administraciones públicas de participar en el Programa, comprometiéndose en tal sentido.

2. Tal es el caso de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), que asume como finalidad de las prácticas logros tales como:

a) Contribuir a la formación integral de los estudiantes complementando su aprendizaje teórico y práctico.

b) Facilitar el conocimiento y metodología de trabajo adecuados a la realidad profesional en que los estudiantes habrán de operar, contrastando y aplicando los conocimientos adquiridos.

c) Favorecer el desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas.

d) Obtener una experiencia práctica que facilite la inserción en el mercado de trabajo y mejore su empleabilidad futura.

e) Favorecer los valores de innovación, la creatividad y el emprendimiento.

3. Las cláusulas que regirán tales compromisos son las que se convienen a continuación:

Primera.

La Universidad Autónoma de Madrid impartirá las enseñanzas oficiales de 3.º y 4.º curso de los Grados en Administración y Dirección de Empresas y Economía, según su Plan de Estudios vigente. A tal fin, dedicará el personal docente necesario, desarrollará la estructura organizativa que el Programa exige, y designará al profesor/a que haya de atender a los estudiantes incorporados a él, a modo de tutor académico.

Segunda.

La Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) recibirá a los estudiantes durante los meses de Septiembre a Diciembre, ambos inclusive, responsabilizándose de su formación durante esos períodos y designando un responsable que actuará como tutor empresarial de los alumnos a ella confiados.

Tercera.

Ambos tutores, académico y empresarial, actuarán coordinadamente, en el desempeño de sus cometidos, con los tutores de otras empresas o Administraciones Públicas y la asistencia de miembros de la Fundación Universidad-Empresa y del Círculo de Empresarios, e institucionalizarán también sus relaciones y experiencias, a fin de seguir y evaluar el cumplimiento del Programa y de sugerir, en él y en los Planes de Estudios, las adaptaciones y mejoras necesarias, según resulte de la experiencia.

Cuarta.

El tutor designado por la IGAE fijará el plan de trabajo del estudiante en ella, le orientará en sus dudas y dificultades, y evaluará la estancia del mismo, cooperando con el tutor académico en la redacción del informe final a la Universidad.

Quinta.

De forma simultánea a este Convenio, la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) elaborará un Anexo en el que se establecerán y describirán las funciones que los estudiantes habrán de realizar durante su estancia en el centro, y las competencias asignadas a los mismos, competencias que deberán ser tenidas en cuenta al efectuar la Universidad la elección del estudiante.

Sexta.

La Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) concederá a los estudiantes un día libre, no recuperable, para exámenes de asignaturas de los estudios cursados en la UAM a los que se presenten, facilitará la asistencia a las pruebas de evaluación supervisadas por el Tutor Académico y concederá permisos para asistir a las citas convocadas por el mencionado tutor.

Séptima.

El estudiante aceptará las obligaciones de cumplir los horarios y normas de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), aplicarse con toda diligencia a las tareas que se le encomienden, mantener contacto con sus tutores académico y administrativo, en la forma que éstos le indiquen. Asimismo, se compromete a guardar secreto profesional sobre su trabajo, durante su estancia y finalizada ésta así como sobre los datos de carácter personal a los que tenga acceso en la realización de las prácticas externas, así como las limitaciones en su uso y transmisión impuestas por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa concordante. Asimismo, el estudiante que realice el programa de prácticas externas deberá guardar secreto respecto de cualquier otro tipo de información que pueda conocer como consecuencia de las mismas, prestando, a estos efectos, su expresa conformidad.

Octava.

Universidad y la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) no adquirirán otras obligaciones ni compromisos que los que este documento refleja. En particular, no derivará para las partes firmantes, obligación alguna de contrato laboral al carecer de esa condición la relación que se establece.

Novena.

Las contingencias de enfermedad o accidente de los estudiantes quedarán cubiertas por el Seguro Escolar durante el periodo de la práctica, así como por la Seguridad Social. Adicionalmente, los alumnos del Programa de Cooperación Educativa están cubiertos por una póliza de seguros de Responsabilidad Civil con Plus Ultra Seguros a cargo del programa de Cooperación Educativa.

Décima.

Ambas partes se reservan la facultad de rescindir, unilateralmente, este Convenio en cualquier momento, con un preaviso de, al menos, veinticuatro horas, si media causa justificada y suficiente. Son también causas de resolución, las recogidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Undécima.

El presente Convenio estará en vigor durante la estancia septiembre-diciembre de 2017 salvo cuando se denunciase por cualquiera de las partes con tres meses de antelación a la fecha de su terminación o la de cualquiera de sus prórrogas.

En Madrid y fecha arriba indicada.–Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), María Luisa Lamela Díaz.–Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, Ana M.ª López García, Decana.–Universidad Autónoma de Madrid, Antonio Álvarez-Ossorio Alvariño, Vicerrector de Relaciones Institucionales y Empleabilidad.

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