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Documento BOE-A-2017-8789

Resolución de 16 de mayo de 2017, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actividades liquidadora y agraria del Consorcio de Compensación de Seguros, ejercicio 2014.

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 25 de julio de 2017, páginas 67338 a 67460 (123 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2017-8789

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 16 de mayo de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de las actividades liquidadora y agraria del Consorcio de Compensación de Seguros, ejercicio 2014, acuerda:

1. Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.

2. Instar al Gobierno a:

– Desarrollar el Reglamento de la Ley de Seguros Agrarios Combinados en lo referente a la asunción de la cobertura del riesgo del Seguro Agrario Combinado, prevista en la Ley por el Consorcio, de manera que no se produzca la aparente contradicción entre la redacción de la Ley y la actual actuación del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad al aprobar la participación anual del Consorcio en el cuadro de coaseguro.

– Adoptar las medidas necesarias para que el Consorcio de Compensación de Seguros apruebe unas normas internas en las que se establezcan las circunstancias que han de producirse para que las inversiones financieras de las que son titulares las entidades aseguradoras en liquidación, se realicen a su nombre o al del Consorcio.

– Adoptar las medidas necesarias para que el Consorcio de Compensación de Seguros apruebe unas normas internas en las que se regulen de manera pormenorizada los distintos hitos que la Entidad ha de seguir en el pago a los acreedores incluidos en los planes de liquidación de las entidades aseguradoras.

– Adoptar las medidas necesarias para que el Consorcio de Compensación de Seguros que, cuando los planes de liquidación de las entidades aseguradoras se realicen en varios periodos, se proceda a pagar a los acreedores tan pronto como el importe de la tesorería (obtenida por la realización de activos litigiosos o por quedar liberada al resolverse éstos) aconseje su distribución.

3. Instar al Consorcio de Compensación de Seguros a:

– Valorar y aplicar las Recomendaciones del Tribunal de Cuentas en lo relativo a la mejora de los aspectos formales puestos de manifiesto en materia de relaciones con entidades financieras, inversiones financieras y regulación pormenorizada de los hitos que la entidad ha de seguir en los pagos a los acreedores.

4. Instar al Tribunal de Cuentas a:

– En aras a conocer el resultado final de la fiscalización realizada al Consorcio de Compensación de Seguros, comunicar a esta Comisión la respuesta recibida desde el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad en relación con los tres primeros puntos recogidos en las Recomendaciones del Informe.

Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de mayo de 2017.–El Presidente de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Eloy Suárez Lamata.–El Secretario Primero de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Vicente Ten Oliver.

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