Está Vd. en

Documento BOE-A-2017-8552

Resolución de 14 de julio de 2017, de la Subsecretaría, por la que se declara inhábil el mes de agosto a efectos de cómputo de plazos en las pruebas selectivas correspondientes a la oferta de empleo público de 2016.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 21 de julio de 2017, páginas 63727 a 63727 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2017-8552

TEXTO ORIGINAL

El desarrollo de los procesos selectivos de la Oferta de Empleo Público de 2016, en el ámbito del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, exige el cumplimiento de determinados plazos establecidos tanto en las bases de las convocatorias como en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos durante el mes de agosto, esta Subsecretaría, en uso de las competencias que tiene atribuidas, resuelve:

Declarar inhábil el mes de agosto de 2017, a efectos del cómputo de plazos, en las pruebas selectivas convocadas por este Ministerio correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2016 y que a continuación se relacionan:

Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

Cuerpo de Subinspectores Laborales pertenecientes a la Escala de Empleo y Seguridad Social.

Cuerpo de Subinspectores Laborales pertenecientes a la Escala de Seguridad y Salud Laboral.

Cuerpo Superior de Actuarios, Estadísticos y Economistas de la Administración de la Seguridad Social.

Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.

Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social.

Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 14 de julio de 2017.–El Subsecretario de Empleo y Seguridad Social, Pedro Llorente Cachorro.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid