Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en el concurso para la provisión de notarías vacantes convocado por la Resolución JUS/1357/2017, de 6 de junio, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, y dado lo que disponen los artículos 88 a 96 y 313 del Reglamento de la organización y régimen del notariado, modificado por el Real decreto 45/2007, de 19 de enero, y el Real decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre demarcación notarial, con las modificaciones introducidas en la corrección de errores del Real decreto mencionado, publicado en el «BOE» de 9 de junio de 2007;
En cumplimiento de las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia mediante el Decreto 417/2006, de 14 de noviembre (DOGC núm. 4762, de 16 de noviembre de 2006), resuelvo:
De acuerdo con las normas legales mencionadas, adscribir los notarios a las plazas de notarías vacantes ubicadas en el territorio de Cataluña, según se detalla a continuación:
Santa Coloma de Gramenet: (desierta en concurso precedente), el señor Salvador Jacobo García Castrillo, notario de Lepe (2.ª categoría).
Vidreres: (señora Silvia Martínez Carnicero), el señor Juan Berna Xirgo, notario de Girona (1.ª categoría).
Figueres: (señor Rafael Márquez Montoro), el señor Juan Fortaner Torrent, notario de Calella (3.ª categoría).
Barcelona: (señor Pedro Lecuona Ortúzar), el señor Julio Martínez-Gil Pardo de Vera, notario de Barcelona (1.ª categoría).
L’Ametlla de Mar: (señor Javier Carlos García Bayón), el señor Andrés Valdés Segura, notario de Montblanc (3.ª categoría).
Tàrrega: (señora Marta Clausi Sifre), la señora Estrella Herrero Pizarro, notaria de Bellpuig (3.ª categoría).
Calafell: (señora Domínguez Santiago), la señora Maria del Pilar Latorre Guillorme, notaria de Santa Bàrbara (3.ª categoría).
Vic: (señor Costa Pagès), el señor Jorge Mínguez Balaguer, notario de Capellades (3.ª categoría).
Esplugues de Llobregat: (desierta en concurso precedente), el señor Juan Galdón López, notario de Font de la Figuera (3.ª categoría).
Sant Feliu de Llobregat: (desierta en concurso precedente), la señora Sonia Dalmases Mahamud, notaria de Guadassuar (3.ª categoría).
Información sobre los recursos a interponer.
Contra este acto, que no agota la vía administrativa, la persona o las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el consejero de Justicia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o cualquier otro recurso que sea conveniente para la defensa de sus intereses.
El recurso de alzada podrá entenderse desestimado si, transcurridos tres meses desde su interposición, no se ha notificado la resolución. Solo en este caso, la persona o las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses a contar a partir del día siguiente en el que se haya producido el acto presunto desestimatorio del recurso, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Barcelona, 12 de julio de 2017.–El Director General de Derecho y de Entidades Jurídicas, Xavier Bernadí i Gil.
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