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Documento BOE-A-2017-8441

Acuerdo de 27 de junio de 2017, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo adoptado por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, sobre modificación de las normas de reparto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Granada.

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 19 de julio de 2017, páginas 62776 a 62776 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2017-8441

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 27 de junio de 2017, acordó hacer público el acuerdo la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, sobre modificación de las normas de reparto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del citado Tribunal Superior, con sede en Granada, del siguiente tenor literal:

«Uno. Interpretación de las normas de reparto en relación a los recursos que tengan por objeto licencias de armas o revocación de las mismas. Dada la duplicidad de conocimiento entre la sección 1.ª y la sección 2.ª de asuntos en que el objeto es la impugnación del otorgamiento de licencia de armas o de revocación de la misma, se acuerda aplicar el criterio subsidiario principal de atribución de asuntos a la sección 1.ª (que conoce de todos los recursos que no correspondan a otras secciones) de las normas de reparto de la Sala, aplicación preferente al criterio subsidiario secundario de la sección 2.ª, que se refiere a la Administración de la que emana el acto impugnado.

Dos. Determinación de la sección competente para resolver asuntos cuyo objeto sean actos o disposiciones emanados de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía. Dada la duplicidad de conocimiento entre la Sección 1.ª y la sección 3.ª de asuntos en que el objeto es la impugnación de actos o disposiciones emanados de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, se resuelve unánimemente atribuir dicho conocimiento a la sección 3.ª

Tres. Cambio provisional del conocimiento de determinadas materias de la sección 1.ª Dada la escasa entrada de asuntos atribuidos al conocimiento de la sección 3.ª y en tanto en cuanto no se modifiquen las normas de reparto de esta Sala y la composición de sus secciones, se acuerda por unanimidad atribuir provisionalmente el conocimiento a la sección 3.ª de materias que corresponden por normas de reparto a la sección 1.ª, y concretamente se traspasan tan sólo para votación y fallo a la sección 3.ª recursos en materia de subvenciones y ayudas de los años 2013, 2014 y 2015.»

Madrid, 27 de junio de 2017.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 27/06/2017
  • Fecha de publicación: 19/07/2017
Materias
  • Administración de Justicia
  • Andalucía
  • Ceuta
  • Granada
  • Melilla
  • Reparto de asuntos
  • Tribunales Superiores de Justicia

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