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Documento BOE-A-2017-8328

Resolución de 28 de junio de 2017, del Departamento de Justicia, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cataluña, por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 15 de julio de 2017, páginas 62204 a 62209 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2017-8328

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo que establecen el artículo 526.2 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, y los artículos 56 a 62 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia;

Dado que mediante el Decreto 302/2001, de 20 de noviembre, se creó el Instituto de Medicina Legal de Cataluña («DOGC» núm. 3522, del 27), y que mediante el Decreto 411/2006, de 31 de octubre, se aprobó el Reglamento («DOGC» núm. 4753, de 3 de noviembre), modificado por el Decreto 279/2016, de 2 de agosto, por el que se modifica el Reglamento del Instituto de Medicina Legal de Cataluña, y su denominación como Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cataluña («DOGC» núm. 7177, del 4);

Dado que de acuerdo con lo que prevé el artículo 4 del Decreto 411/2006, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Instituto de Medicina Legal de Cataluña, el puesto de director/a se provee, mediante el sistema de libre designación, entre el personal funcionario perteneciente al cuerpo de médicos forenses, y corresponde a la persona titular del Departamento de Justicia convocar y resolver la convocatoria de provisión de este puesto de director/a del Instituto;

Dado que está vacante el puesto de director/a del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cataluña;

De conformidad con la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, resuelvo:

Artículo 1.

Convocar, por el sistema de libre designación, el puesto de director/a del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cataluña, dependiente de la Secretaría de Relaciones con la Administración de Justicia, que se detalla en el anexo 2, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Artículo 2.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el consejero de Justicia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el último diario oficial («BOE» o «DOGC») en que esta Resolución se haya publicado, de acuerdo con lo que establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, o bien recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso administrativo de Barcelona, o ante el juzgado en cuya circunscripción tenga el domicilio la persona recurrente, a su elección, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo que disponen los artículos 8.2.a), 14.1.2.a, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa, ambos plazos a contar desde el día siguiente al de su publicación en el último diario oficial («BOE» o «DOGC»).

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique su resolución, se podrá entender desestimado y se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente de aquel en que se produzca el acto presunto desestimatorio del recurso.

Igualmente las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 28 de junio de 2017.–El Consejero de Justicia, Carles Mundó i Blanch.

ANEXO 1
Bases

1. Puesto de trabajo

Se convoca, por el sistema de libre designación, el puesto de director/a del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cataluña, cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.

2. Contenido funcional

El contenido funcional del puesto de trabajo a proveer, de acuerdo con lo que establece el Decreto 411/2006, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Instituto de Medicina Legal de Cataluña, es el que consta en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria.

3. Requisitos y condiciones de participación

3.1 Pueden participar en esta convocatoria los funcionarios del cuerpo de médicos forenses que cumplan los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente, de acuerdo con lo que consta en el anexo 2 de esta convocatoria.

3.2 En ningún caso podrán tomar parte los funcionarios sancionados con traslados forzosos en el plazo de uno a tres años y los suspendidos en firme mientras dure la suspensión.

3.3 Tampoco podrán tomar parte los médicos forenses que se encuentren en situación de excedencia voluntaria por interés particular, durante el periodo mínimo obligatorio de permanencia en la mencionada situación.

3.4 Los funcionarios con discapacidades podrán participar en igualdad de condiciones con el resto de participantes siempre que puedan desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

3.5 Asimismo, para poder tomar parte en esta convocatoria hay que poseer los conocimientos orales y escritos de lengua catalana de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente, del nivel que se señala en el apartado 3 del anexo 2.

En caso de que los aspirantes no tengan el certificado acreditativo correspondiente, se evaluarán, mediante una prueba, estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer.

En este último caso, transcurridos 10 días a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, se especificará en los tablones de anuncios del Departamento en las direcciones mencionadas en la base 4.1 de esta convocatoria el día, la hora y el lugar de realización del medio de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.

No obstante, están exentos de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana los aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación o de selección de personal funcionario del cuerpo de médicos forenses de la Administración de justicia.

3.6 Los requisitos de participación se tienen que reunir en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base 4.1 de esta convocatoria.

4. Presentación de solicitudes

4.1 Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria deben formalizarse según el modelo que figura como anexo 3 de esta convocatoria y presentarse en los registros generales del Departamento de Justicia (c. Pau Claris, 81, 08010 Barcelona y c. Aragó, 332, 08009 Barcelona), Gerencia Territorial de Barcelona Ciudad y L’Hospitalet de Llobregat (Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edificio I, 14.ª planta, 08075 Barcelona), Gerencia Territorial de Barcelona Comarcas (c. Pau Claris, 158-160, ático 2.ª, 08009 Barcelona), Servicios Territoriales del Departamento de Justicia en Girona (pl. Pompeu Fabra, 1, edificio de la Generalidad, 17002 Girona), en Lleida (c. Sant Martí, 1, 25004 Lleida), en Tarragona (c. Sant Antoni Maria Claret, 17, 43002 Tarragona) y en Les Terres de l’Ebre (c. Santa Anna, 3-5, 2.ª planta, 43500 Tortosa), o en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente a la fecha de la publicación de esta convocatoria en el último diario oficial («BOE» o «DOGC»).

4.2 Las solicitudes tienen carácter vinculante para los participantes y no se admitirán renuncias a la participación una vez acabado el plazo de presentación de las mismas.

4.3 Los aspirantes a qué hace referencia la base 3.4 tienen que adjuntar un informe emitido por el equipo oficial de valoración de disminuciones del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS) a fin de que se pueda evaluar que el funcionario puede desarrollar de manera suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo convocado.

Asimismo, estos candidatos podrán pedir en la solicitud de participación la adaptación del puesto solicitado, siempre que esta adaptación no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización y no sea incompatible con el contenido del puesto y el servicio público a prestar.

5. Criterios profesionales

5.1 Se tendrá en cuenta la experiencia profesional, la capacidad y la idoneidad de los candidatos para ocupar el puesto convocado, de acuerdo con la descripción del puesto de trabajo a proveer que consta en el anexo 2 de esta convocatoria.

5.2 Los datos profesionales de los participantes se valorarán con referencia a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el último diario oficial («BOE» o «DOGC»).

6. Propuesta de resolución

La persona titular de la Secretaría de Relaciones con la Administración de Justicia tendrá que emitir un informe previo al correspondiente nombramiento, con relación al candidato que se considere más adecuado, teniendo en cuenta la idoneidad del candidato a las funciones y tareas a desarrollar.

7. Sistemas de acreditación

7.1 Los participantes tienen que acreditar documentalmente los datos profesionales que aleguen, dentro del plazo de presentación de solicitudes que prevé la base 4.1 de esta convocatoria, sin perjuicio que se les pueda pedir las aclaraciones o las justificaciones necesarias para su verificación.

7.2 Igualmente tendrán que presentar un proyecto que versará sobre el contenido funcional del puesto a proveer, y en el que se tendrán que concretar las propuestas tanto a nivel organizativo, funcional como formativas, y otras cuestiones que el/la aspirante considere de interés de acuerdo con las funciones del puesto a proveer.

8. Procedimiento

8.1 La presente convocatoria se resolverá dentro del plazo máximo de dos meses a partir del día siguiente de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, una vez apreciada la idoneidad de los candidatos. Este plazo se puede prorrogar, excepcionalmente, hasta un mes más.

8.2 En general, las actuaciones de este proceso que requieran notificación a los aspirantes se harán públicas en los tablones de anuncios del Departamento y en las direcciones indicadas en la base 4.1 de esta convocatoria.

9. Resolución de la convocatoria

9.1 La presente convocatoria se resolverá por resolución de nombramiento del/de la director/a del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cataluña, dictada por el consejero de Justicia, que se publicará en el «DOGC» y en el «BOE».

9.2 El/la candidato/a nombrado/a tendrá la reserva del puesto de trabajo que le correspondería de acuerdo con la adscripción automática prevista en los puntos 2 y 5 de la disposición transitoria segunda del Decreto 302/2001, de 20 de noviembre, de creación del Instituto de Medicina Legal de Cataluña, siempre que la plaza de origen la hubiera ganado por concurso. En culaquier otro caso, tendrá la reserva del puesto de trabajo que obtenga en el concurso que se presente.

9.3 El destino adjudicado es irrenunciable, salvo incapacidad sobrevenida, por el hecho de pasar a una situación administrativa diferente a la de activo o por causas excepcionales debidamente justificadas y apreciadas por el órgano convocante.

9.4 Antes de la toma de posesión, el/la interesado/a tiene que manifestar de manera fehaciente que no se encuentra incluido en ninguno de los motivos de incompatibilidad previstos en la normativa.

9.5 La persona designada puede ser cesada con carácter discrecional, mediante resolución en la que la motivación se tiene que referir exclusivamente a la competencia para adoptarla. También puede renunciar al puesto adjudicado mediante una solicitud razonada en la que se tienen que hacer constar los motivos profesionales o personales de esta renuncia y siempre que haya ocupado el puesto al menos durante un año.

10. Plazos de formalización de cese y de toma de posesión

10.1 El plazo de toma de posesión en el nuevo destino será de tres días hábiles si no implica cambio de localidad del médico forense; de ocho días hábiles si implica cambio de localidad dentro de la comunidad autónoma, y de veinte días hábiles si implica cambio de comunidad autónoma.

10.2 Este plazo de toma de posesión se computará a partir del día siguiente del cese, el cual se tendrá que efectuar dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución de nombramiento en el último diario oficial («DOGC» o «BOE»).

ANEXO 2
Descripción del puesto de trabajo

1. Características del puesto de trabajo:

Nombre del puesto: Director/a del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cataluña.

Localidad: Barcelona.

Norma funcional: «DOGC» núm. 4753, de 3.11.2006.

Retribuciones complementarias anuales: 32.567,08 euros.

Dedicación: exclusiva.

Tipo de puesto: cargo de mando.

Forma de provisión: libre designación.

2. Requisitos de participación:

Grupo: G.

Movilidad: Administración de justicia.

Colectivo cuerpos: Administración de justicia.

Especificación cuerpos: médico forense.

Situación administrativa: servicio activo.

Experiencia profesional: 8 años de experiencia profesional como médico forense.

3. Requisitos de conocimientos de lengua catalana:

Conocimientos oral y escrito de la lengua catalana de nivel C1 de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente.

4. Contenido funcional:

Corresponden al/a la director/a ejercer la representación del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cataluña y las funciones establecidas en el artículo 5 del Reglamento del Instituto aprobado por el Decreto 401/2006, de 31 de octubre.

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