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Documento BOE-A-2017-8270

Resolución de 23 de mayo de 2017, del Consorcio Casa Mediterráneo, por la que se publica el Convenio con el Instituto Francés de España y el Liceo Francés en Alicante.

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 14 de julio de 2017, páginas 61615 a 61619 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2017-8270

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el capítulo VI, artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación del texto íntegro del convenio suscrito entre el Consorcio Público Casa del Mediterráneo y el Instituto Francés de España y el Liceo Francés en Alicante, que figuran como anexo a esta Resolución.

Alicante, 23 de mayo de 2017.–El Director General del Consorcio Casa Mediterráneo, Miguel Oliveros Torres.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Consorcio Público Casa del Mediterráneo, el Instituto Francés de España y el Lycee Français d’Alicante para la celebración de la exposición fotográfica «Caminos de exilio» en la sede de la Casa en Alicante

REUNIDOS

Por una parte, don Miguel Oliveros Torres, Director General del Consorcio Público Casa del Mediterráneo, con domicilio a estos efectos en la plaza del arquitecto Miguel López, s/n, 03008 Alicante, denominado/a en adelante «El organizador».

Por otra parte, don Nicolas Kassianides, Consejero Cultural de la Embajada de Francia y Director General del Institut Français d’Espagne, (Instituto francés de España) provisto de CIF N0011504H con domicilio en la calle Marqués de la Ensenada, 12, 28004 Madrid, denominado en adelante «El Institut», y don Xavier Ferrand, Director del Lycée Français d’Alicante provisto de CIF N0016292E, con domicilio a estos efectos en Camino de Marco, 21, 03560 El Campello, denominado en adelante «El Lycée français».

INTERVIENEN

La primera, en nombre y representación del consorcio Público Casa del Mediterráneo, CIF Q0300858H, y domicilio en la plaza del arquitecto Miguel López, s/n, 03008 Alicante, de conformidad con lo establecido en función de las competencias atribuidas por los estatutos de la Casa del Mediterráneo.

El segundo, en nombre y representación del Instituto Francés de España, de acuerdo con lo dispuesto en el convenio de colaboración en materia cultural, científica y técnica entre el Estado español y la República francesa de 7 de febrero de 1969, tal y como se acredita en la certificación emitida por la Sra. Secretaria de la Embajada de Francia que se adjunta.

Et tercero, en nombre y representación del Lycée français d’Alicante, CIF N0016292E y domicilio en Camino de Marco, 21, 03560 El Campello, de conformidad con los poderes recibidos de la Mission laïque française.

Las partes, en la representación legal que ostentan y reconociéndose plena capacidad jurídica para obligarse, han acordado formalizar el presente Convenio de colaboración y a tal efecto.

MANIFIESTAN

Que el Institut constituye uno de los principales actores de la difusión de la cultura francesa en España, gestionando, entre otros, diferentes exposiciones y eventos culturales a nivel nacional. Además desarrolla la cooperación en el marco de la cultura con las Instituciones públicas así como con los actores culturales españoles.

Que el Lycée Français d’Alicante, pertenece a la asociación sin fines de lucro Mission laïque française y es miembro de la red de liceos franceses en el extranjero. Como tal, participa de la vida cultural y artística de la provincia de Alicante.

Que el organizador, Casa del Mediterráneo, es un Consorcio de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, dedicado dentro del marco de la Diplomacia Pública, entre otras actividades, al fomento y difusión de las manifestaciones artísticas, culturales y científicas dentro de la cuenca mediterránea.

En virtud de lo anterior, las partes, acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración, de conformidad con las siguientes

ESTIPULACIONES

Artículo 1. Objeto del convenio.

En el marco de la temporada cultural TIFE 2016: «Odisea contemporánea», El Institut decidió producir una exposición fotográfica inédita, colectiva e itinerante titulada «Caminos de exilio».

En consonancia con la actualidad que atraviesa el continente europeo, esta exposición única muestra el viaje emprendido por familias que han tenido que abandonar sus respectivos países en conflicto. Por primera vez, se ha reunido el trabajo de cinco grandes profesionales de la imagen, de reconocimiento internacional y de distintas nacionalidades. Estas miradas entrecruzadas reflejan con humanidad el día a día de esas familias y grupos de individuos arrancados de su patria, y describen sus primeros pasos en Europa. Manuel Brabo, Premio Pulitzer 2013, Sima DIAB, fotógrafa independiente, Olivier Jobart, fotógrafo reportero, Pierre Marsaut, artista fotógrafo, y Girogos Moutafis, cineasta y fotógrafo independiente, han aceptado que por primera vez sus trabajos sean agrupados. Debido a sus respectivas formaciones y a sus trayectorias profesionales de horizontes distintos, esta exposición ofrecerá un diálogo entre los cinco artistas más allá de sus expectativas personales, enriqueciendo igualmente la reflexión del visitante.

Al margen de exponerse en un espacio interior, este trabajo fotográfico está destinado a ser expuesto en espacios exteriores, abiertos al público (parques, avenidas, jardines, monumentos) y responde así a la vocación de conmover al mayor número de espectadores. «Caminos de exilio» es, por vocación, una exposición itinerante. Está destinada a viajar en España para invitar al diálogo y a la toma de conciencia. Expuestas en lugares abiertos al público, en pleno corazón de grandes ciudades, estas cinco aventuras fotográficas interpelarán a los peatones, sorprendiéndoles sin ninguna duda y por supuesto emocionándoles.

El Institut designa al Lycée français para servir de interlocutor operacional al Organizador en Alicante.

El Organizador está dispuesto a apoyar la exposición y acogerla en la sede de Casa del Mediterráneo del 11 de mayo 2017 hasta el 30 de junio 2017, ambos inclusive.

Este convenio rige la colaboración entre los tres firmantes en cuanto a la presentación de la exposición en Alicante.

Artículo 2. Obligaciones.

2.1 El Institut tiene contratados todos los servicios para realizar la exposición, incluyendo traslado, montaje y seguros, con la empresa de su confianza «AddRetouch», y se compromete:

A suministrar y poner a disposición la exposición fotográfica «Caminos de exilio» por un periodo que va del 11 de mayo 2017 al 30 de junio 2017, ambos inclusive. La duración puede eventualmente ser prolongada con el acuerdo de las dos partes.

A asegurarse ante el proveedor de todos los seguros necesarios y adecuados, sobre todo civiles y, como productor y propietario, aportar los seguros.

A ofrecer al organizador 20 catálogos de la exposición (todo catálogo suplementario solicitado por el organizador, le será facturado aparte además del precio del envío).

Esta exposición será entregada, montada y desmontada, por el proveedor según el calendario fijado por las dos partes.

2.2 el organizador se compromete:

A poner a disposición el espacio de la sede de Casa del Mediterráneo, antigua estación de tren de Benalúa en Alicante, durante toda la permanencia de la exposición, y a facilitar el acceso a éste a la empresa delegada o a toda persona delegada por el Institut o el Lycée français, durante el período de montaje y desmontaje de la exposición, y de manera general durante todo el periodo de puesta a disposición de dicha exposición.

A asegurar el espacio y delimitar su perímetro durante el periodo de la entrega-montaje-desmontaje de la exposición, y permitir el acceso al camión cuyas características le serán comunicadas en su momento.

A asumir la seguridad y vigilancia de la exposición por cuenta de los expositores.

A mantener la seguridad y vigilancia de la exposición que se hará a través de la supervisión general durante la duración de la exposición,

A hacerse cargo de todas las restricciones técnicas de acuerdo con el proveedor o cualquier empresa que elija este último (facultades de acceso…)

A devolver la exposición en perfecto estado.

A facilitar dos operarios para los montajes y los desmontajes.

A, en caso de querer poner su logotipo en las lonas de los tótems, hacerse cargo del coste de impresión de dichas lonas.

A proporcionar el acceso directo* al lugar de montaje así como el estacionamiento de un Vehículo, Tráiler con plataforma elevadora y traspalet,

Carga: 7 pallets (5 pilas de 2300 × 1500 × 2000 + 2 piezas rígidas de 1000 × 1000 × 2300)

Peso: Aprox. 3,200 kg.

* o en su defecto poner a disposición un vehículo y el personal necesario para trasladar la carga desde el último sitio donde se pueda acceder con el camión.

Artículo 3. Contribución financiera.

3.1 El Organizador se compromete a efectuar una aportación financiera de 10.000 euros, cantidad equivalente a los gastos derivados de la ejecución del presente convenio. Esta cantidad económica corresponde a los presupuestos de 2017 asignados a la Casa del Mediterráneo para desarrollar sus actividades.

El Organizador se compromete a pagar los catálogos suplementarios a los 20 incluidos en el presente convenio.

El pago del Organizador se efectuará de una sola vez a la firma del presente convenio, previa presentación de una factura emitida por el Instituto Francés a nombre del Consorcio Público Casa del Mediterráneo.

El Organizador realizará el pago por medio de una transferencia bancaria a la cuenta abierta por el Instituto Francés en:

Banco: TARGOBANK. IBAN: ES57 0216 1083 0106 0030 0003.

BIC: CMCIEDSMM.

3.2 El Organizador se compromete a abonar el conjunto de los billetes de avión, los gastos de transporte, de restauración y de alojamiento para la totalidad de la estancia de los fotógrafos en caso de que solicite su presencia en la exposición.

3.3 El Organizdor se compromete a realizar, si le parece oportuno, una traducción en diferentes idiomas bien sea en pancartas, en carteles, etc. (traducción y realización). La exposición es en francés y castellano. Esto deberá realizarse de acuerdo con el comisario de la exposición y la empresa que ha realizado la exposición (AddRetouch), el proveedor.

Artículo 4. Comunicación.

4.1 Se ha convenido entre las tres partes, movilizar cada una de sus herramientas de comunicación institucionales y otros medios que se puedan utilizar al respecto: Sitio web, folletos, carteles, paneles y pancartas, campañas de correo electrónico, boletines informativos, programas, redes sociales.

4.2 Campaña de prensa: envío de un comunicado de prensa a través de una conferencia de prensa, constitución de un dossier de prensa dirigido a los periodistas presentes el día de la conferencia de prensa.

4.3 En todos los documentos de comunicación deberán aparecer los logos de las tres entidades firmantes, el de la empresa Addretouch así como los de los asociados oficiales de la TIFE16.

Artículo 5. Inauguración de la exposición.

Se ha convenido entre las dos partes, organizar conjuntamente la ceremonia de inauguración de la exposición el 11 de mayo en la Casa del Mediterráneo. Las modalidades de organización serán precisadas posteriormente.

Artículo 6. Duración.

El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma, y su duración se extenderá hasta la finalización de las actuaciones a las que se comprometen las partes, esto es, hasta el desmontaje de la exposición, que no podrá rebasar la fecha del 30 de junio de 2017.

Artículo 7. Causas de resolución.

En caso del no respeto, por una u otra parte, de los compromisos recíprocos que figuran en el presente convenio, este podrá anularse con pleno derecho por una u otra parte en un plazo de quince días, a través de un burofax.

Sin perjuicio de la finalización del plazo de vigencia, son causa de terminación anticipada del presente convenio las siguientes:

a) El incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones establecidas en el mismo.

b) Por mutuo acuerdo de ambas partes.

c) Decisión de cualquiera de las partes si sobreviniesen causas que impidiesen o dificultasen de forma significativa la ejecución del convenio.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

Si la extinción del presente convenio se produjera por mutuo acuerdo de las partes, éstas pactarán la forma de terminar las actuaciones en curso que menos perjudique a los intereses de ambas entidades firmantes.

En el supuesto de que la extinción se produjera por desistimiento de la voluntad de proseguir la colaboración expresada, las partes quedarán obligadas al cumplimiento de sus respectivos compromisos hasta la fecha en que ésta se produzca.

Si la resolución fuese debida a un incumplimiento de las obligaciones contraídas por alguna de las partes, ésta deberá resarcir los daños y perjuicios causados a la otra.

Artículo 8. Régimen de modificación del convenio.

La modificación del convenio requerirá el acuerdo unánime de las tres partes firmantes del mismo.

Artículo 9. Naturaleza jurídica y jurisdicción.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico aplicable al mismo el establecido en el capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El presente convenio queda excluido del Texto Refundido de la Ley de Contratos de Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, según lo dispuesto en su artículo 4.1.d), aplicándose los principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

En lo referente a los actos de preparación y validez del presente convenio, serán competentes los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional contencioso- administrativo. Para resolver las dispuestas referentes a sus efectos y extinción, serán competentes los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional civil, sometiéndose las partes expresamente a los Juzgados de Alicante capital.

Artículo 10. Comisión de seguimiento.

Con objeto de velar por el adecuado cumplimiento de este convenio, su seguimiento, vigilancia y el control de su ejecución y de los compromisos adquiridos, las partes firmantes acuerdan la creación de una comisión de seguimiento, de la que formará parte un representante por cada una de las partes firmantes.

La comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del presente convenio.

Alicante, 7 de abril de 2017.–Sr. Nicolas Kassianides, Director General del Institut français d’Espagne.–Sr. Miguel Oliveros Torres, Director General de Casa del Mediterráneo.–Sr. Xavier Ferrand, Director del Lycée Français d’Alicante.

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