Está Vd. en

Documento BOE-A-2017-7059

Resolución de 12 de junio de 2017, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio de colaboración con Afanías, Asociación Pro Personas con Discapacidad Intelectual, para la realización de prácticas formativas por parte de alumnos en itinerarios individuales de inserción laboral.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 20 de junio de 2017, páginas 51074 a 51080 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2017-7059

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Convenio de colaboración entre el Instituto Cervantes y AFANÍAS, Asociación pro-personas con discapacidad intelectual para la realización de prácticas formativas por parte de alumnos en itinerarios individuales de inserción laboral.

Madrid, 12 de junio de 2017.–El Secretario General del Instituto Cervantes, Rafael Rodríguez-Ponga Salamanca.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO CERVANTES Y AFANIAS, ASOCIACIÓN PRO-PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS FORMATIVAS POR PARTE DE ALUMNOS EN ITINERARIOS INDIVIDUALES DE INSERCIÓN LABORAL

De una parte, el Sr. don Juan Manuel Bonet Planes, Director del Instituto Cervantes, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 49/2017, de 27 de enero (BOE de 28 de enero), de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Alcalá, 49, 28014 Madrid y NIF Q-2812007-I.

De otra, el Sr. don José Luis Martínez Lorenzo Director General de AFANIAS, Asociación Pro Personas con Discapacidad Intelectual, conforme a los poderes otorgados a su favor por la Junta Directiva de dicha Asociación en su reunión del día 4 de Junio de 2009, según consta en escritura otorgada por el Notario de Madrid don José Usera Cano el 25 de junio de 2009, con número 1248 de su protocolo, con domicilio a los efectos de este convenio en la calle Bravo Murillo, 101, 28020 de Madrid, con NIF n.º G28303790.

Las partes expresan contar con capacidad jurídica para obligarse, en las representaciones que ostentan, y mediante el presente documento

MANIFIESTAN

I. Que el Instituto Cervantes es un organismo público sin ánimo de lucro creado por la Ley 7/1991, de 21 de marzo, con personalidad jurídica propia y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, cuyos fines primordiales son la promoción universal de la lengua española y de su cultura en el exterior, así como el fomento de cuantas medidas y acciones contribuyan a la difusión y mejora de la calidad de estas actividades.

II. Que el Instituto Cervantes, atendiendo a los principios de respeto a la diferencia y a la diversidad, igualdad de oportunidades y a la inclusión plena y efectiva, recogidos en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, realiza en el ámbito de sus competencias, una serie de actuaciones que tienden a favorecer una progresiva incorporación de las personas con discapacidad intelectual a los distintos ámbitos de la sociedad, de manera más normalizada e inclusiva.

III. Que el Instituto Cervantes considera de utilidad el establecimiento de un marco de colaboración que permita la realización de prácticas a los alumnos con discapacidad intelectual, permitiendo así completar los conocimientos adquiridos en los planes formativos proporcionados a estos alumnos por la Asociación AFANIAS.

IV. Que AFANIAS, Asociación Pro Personas con Discapacidad Intelectual AFANIAS (en adelante Asociación AFANIAS), asociación de ámbito estatal, domiciliada en Madrid, calle Bravo Murillo 101 3ª planta de Madrid y registrada el día 10 de febrero de 1967 en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior con número de inscripción 5048, declarada de utilidad pública, es una asociación que trabaja para defender los derechos y mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual y del desarrollo y sus familias orientada por los principios de integración y normalización así como favorecer la educación y la inserción laboral de las personas con discapacidad intelectual y desarrolla unos programas formativos dentro de los cuales se considera adecuado la realización de prácticas formativas en las dependencias del Instituto Cervantes en Madrid, así como promover y desarrollar actividades culturales encaminadas a conseguir la inclusión de las personas con discapacidad intelectual y del desarrollo, desde la perspectiva del espectador y desde la perspectiva Artista.

V. Que ambas partes consideran de gran importancia el establecimiento de cauces de colaboración para favorecer la formación que facilite la inserción laboral de las personas con discapacidad intelectual.

VI. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente convenio ha sido informado favorablemente por el Servicio Jurídico del Instituto Cervantes.

VII. Que su firma ha sido autorizada por el Ministerio de Hacienda y Función Pública con fecha 17 de abril de 2017.

VIII. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes en sesión de fecha de 30 de septiembre de 2010 aprobó los criterios generales para la firma de convenios de colaboración para la realización de actividades conducentes al cumplimiento de los fines del Instituto Cervantes.

De acuerdo con lo anterior, las partes, dado que sus fines son complementarios, deciden formalizar el presente convenio que se regirá de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto y ámbito del convenio.

El objeto de este convenio es establecer fórmulas de colaboración conjunta en el desarrollo de la formación de las personas con discapacidad intelectual, dentro de los itinerarios definidos por la Asociación AFANIAS, para la inserción laboral de estas personas, facilitando la realización de prácticas formativas en la sede del Instituto Cervantes en Madrid.

Segunda. Selección del alumnado.

En función de las necesidades del Instituto Cervantes y las disponibilidades de personas con discapacidad intelectual (en adelante los alumnos) se determinará, de común acuerdo entre las partes, el número de los mismos que pueden realizar las prácticas en el Instituto Cervantes.

Corresponde a la Asociación AFANIAS, llevar a cabo la selección del alumnado que realizarán las prácticas formativas a que se refiere este convenio, que los presentará al Instituto Cervantes para que dé su conformidad.

Tercera. Contenido de las prácticas.

El contenido de las prácticas realizadas en el Instituto Cervantes estará en consonancia con la especialidad formativa de auxiliar de oficina o similares, así como aquellas otras que se determinen de común acuerdo entre el Instituto Cervantes y la Asociación AFANIAS. En ningún caso el alumno asumirá responsabilidades profesionales en el puesto de trabajo.

Las prácticas tendrán la duración de cinco meses.

Cuarta. Responsables de la formación en prácticas.

El Instituto Cervantes y la Asociación AFANIAS designarán, respectivamente, un responsable y un tutor académico para el seguimiento concertado del desarrollo de las prácticas y la provisión de lo necesario a su buen éxito.

Asimismo, si se considerase necesaria su presencia, existirá un preparador laboral que acompañe al alumno en su formación, correspondiendo a la Asociación AFANIAS su designación; y en este caso se suscribirá el Anejo II correspondiente.

En todo caso se respetarán las normas fijadas por el Instituto Cervantes relativas a horarios, normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales, debiendo guardar con absoluto rigor el secreto profesional y no utilizar en ningún caso las informaciones recogidas en el Instituto Cervantes con el objeto de dar publicidad o comunicación a terceros. Este compromiso será válido no sólo durante la práctica del alumno, sino una vez finalizada ésta. Esta circunstancia se recogerá en anejos, que se incorporarán al convenio, de acuerdo con lo establecido en los modelos de Anejo que forman parte del presente convenio.

La notificación a la Asociación AFANIAS, por parte del Instituto Cervantes del incumplimiento de las normas, directrices e indicaciones, dejará sin efecto el correspondiente anejo, cesando, en consecuencia la estancia en el Instituto Cervantes.

Quinta. Programación de las prácticas.

Corresponde de manera conjunta al Instituto Cervantes y a la Asociación AFANIAS preparar la programación de las prácticas formativas a realizar por el alumnado seleccionado.

El desarrollo de las prácticas estará sujeto al régimen que se establece en el presente convenio. Los detalles concretos de cada una de las prácticas, se recogerán en anejos, que se incorporarán al convenio, de acuerdo con lo establecido en el modelo que forma parte del presente convenio (Anejo I).

En dichos anejos se establecerán entre otros, los datos referentes al alumno, duración y periodo de la práctica, el régimen de permisos a que tenga derecho, junto con los datos identificativos del tutor de la Asociación AFANIAS y el del Instituto Cervantes, del preparador laboral, en su caso, el proyecto formativo objeto de la práctica a realizar por el alumno, las condiciones de rescisión anticipada de la práctica y la protección de sus datos.

El anejo relativo a la práctica, será firmado por la Asociación AFANIAS, por el Instituto Cervantes, por el alumno y/o por la persona que legalmente asista al alumno supliendo o completando su capacidad de obrar, en caso de que así lo haya establecido la correspondiente sentencia judicial.

Sexta. Certificación de las prácticas.

Finalizado el periodo de prácticas, el responsable del Instituto Cervantes informará al tutor académico de cuantos elementos de juicio estime oportunos para la valoración final de las prácticas realizadas. Entre estos elementos se encontrará necesariamente el relativo a la asistencia del alumno.

El alumno recibirá un Certificado de Prácticas, firmado por el tutor académico de la Asociación AFANIAS y el responsable del Instituto Cervantes.

Séptima. Relación laboral.

El alumno en ningún momento estará vinculado laboral o contributivamente con el Instituto Cervantes durante la realización de las prácticas.

Igualmente, el preparador laboral no tendrá, durante la realización de las prácticas, ningún vínculo laboral con el Instituto Cervantes ni se integrará dentro de la estructura organizativa del mismo.

Octava. Seguros.

El alumnado, que contará con la correspondiente cobertura por asistencia sanitaria, durante el tiempo de realización de las prácticas formativas, se hallará acogido a un seguro de Responsabilidad Civil y de Accidentes contratado por la Asociación AFANIAS.

Igualmente, los preparadores laborales contarán con la correspondiente cobertura por asistencia sanitaria, así como con un seguro de Responsabilidad Civil de Accidentes contratados bien por la Asociación AFANIAS o por el propio preparador laboral.

Este convenio no implica gastos para el Instituto Cervantes.

Novena. Seguimiento del convenio.

El seguimiento y control de la ejecución de lo establecido en el presente convenio de colaboración se realizará mediante el intercambio de la información entre las partes y la elaboración de informes de evaluación y de valoración de los resultados.

Cada parte designará al responsable del seguimiento del presente convenio.

Décima. Confidencialidad y protección de datos.

Durante la vigencia del presente convenio, así como tras la terminación o resolución del mismo por cualquier causa, las partes se reconocen un mutuo deber de confidencialidad y, se obligan a no divulgar información confidencial que esté relacionada con el contenido del presente convenio.

Las partes se comprometen, en lo necesario, a cumplir lo establecido en las leyes vigentes en materia de protección de datos de carácter personal.

Los datos personales que se recogen en este convenio y en los correspondientes anejos a suscribir con los alumnos y los preparadores laborales serán incorporados a los ficheros de datos de los que, en su caso, las Partes firmantes sean responsables a los efectos de llevar a buen fin el presente Convenio, adoptándose las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal proporcionados, que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a los mismos dirigiendo su solicitud por escrito al Instituto Cervantes, c/ Alcalá, 49, 28014 Madrid, y/o a Asociación AFANIAS en la siguiente dirección c/ Bravo Murillo 101 3ª planta, 28020 Madrid.

Undécima. Entrada en vigor y vigencia del convenio.

El presente convenio queda perfeccionado desde la fecha de la firma del último de los signatarios y su vigencia se extenderá por un período de 4 años, pudiendo prorrogarse en cualquier momento antes de su finalización por acuerdo de los firmantes por un nuevo período de 4 años.

Duodécima. Resolución.

Será causa de resolución del presente Convenio la voluntad manifestada de común acuerdo por las partes o el incumplimiento por cualquiera de aquéllas de los acuerdos contenidos en el mismo.

En cualquier caso, las partes se comprometen a finalizar el desarrollo de las acciones ya iniciadas en el momento de notificación de la denuncia.

Decimotercera. Eficacia del convenio.

El Instituto Cervantes, conforme a lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, realizará la preceptiva comunicación de la firma del presente convenio al Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.

Asimismo, el Instituto Cervantes realizará la tramitación de la publicación del presente convenio en el Boletín Oficial del Estado, para su eficacia.

Decimocuarta. Naturaleza jurídica y solución de conflictos.

El presente convenio se rige por lo establecido el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público de España y demás normativa que resulte de aplicación.

Conforme al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público de España, el presente convenio queda excluido de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios en ella contenidos para resolver las lagunas que pudieran plantearse.

Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento de acuerdo con los principios de buena fe y de eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.

Igualmente, las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio, en caso de que ello no fuese posible, las partes se someterán a los Juzgados y Tribunales de Madrid.

Y de conformidad con cuanto antecede, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada uno de los firmantes y obligando a las partes que cada cual representan, se suscribe el presente convenio, por duplicado, y a un solo efecto, en el lugar y fechas indicadas.

Por el Instituto Cervantes

Juan Manuel Bonet Planes

Director del Instituto Cervantes

Madrid, 8 de mayo de 2017

Por la Asociación Afanias

José Luis Martínez Lorenzo

Director General Asociación AFANÍAS

Madrid, 8 de mayo de 2017

ANEXO I

De conformidad con el convenio de colaboración de fecha 8 de mayo de 2017 suscrito entre el Instituto Cervantes y la Asociación AFANIAS, para la realización de prácticas formativas no remuneradas en la sede del Instituto Cervantes en Madrid, los comparecientes establecen el Programa de Prácticas que se recoge en el presente anejo. Cualquier cambio en las condiciones recogidas en este documento, deberá realizarse por escrito.

Alumno:

DNI:

Curso: Especialidad:

Lugar donde se realizan las prácticas:

Tutor del Instituto Cervantes:

Tutor Académico de la Asociación Afanias:

Preparador laboral:

Periodo:

Fecha de Inicio: fecha de finalización:

Horas al día: días de la semana:

Proyecto formativo: (Detallar objetivos educativos y actividades a desarrollar).

Objetivos:

Funciones iniciales:

Régimen de permisos: El alumno tendrá derecho al régimen de permisos que le permita compatibilizar las prácticas con su actividad académica y formativa.

Seguros: Con anterioridad al inicio de la práctica y de la firma del anejo, la Asociación AFANIAS o el alumno aportará fotocopia del certificado de los seguros correspondientes, que se adjuntarán al presente anejo.

El Instituto Cervantes se reserva la facultad de rescindir la estancia del alumno en cualquier momento en que no se respete lo previsto en el presente anejo, las normas fijadas por el Instituto Cervantes relativas a horarios, normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales, o se perjudiquen los intereses y buen nombre del Instituto Cervantes.

Confidencialidad: El alumno deberá guardar con absoluto rigor el secreto profesional y no utilizar en ningún caso las informaciones recogidas en el Instituto Cervantes con el objeto de dar publicidad o comunicación a terceros. Este compromiso será válido no sólo durante la práctica, sino una vez finalizada ésta.

Los datos personales que se recogen en este anejo, serán incorporados a los ficheros de datos de los que, en su caso, las Partes firmantes sean responsables a los efectos de llevar a buen fin el presente Programa de Prácticas, adoptándose las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal proporcionados. Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a los mismos dirigiendo su solicitud por escrito al Instituto Cervantes, c/ Alcalá, 49, 28014 Madrid, y/o a la Asociación AFANIAS, en la siguiente dirección: c/ Bravo Murillo 101 3ª planta, 28020 Madrid.

El Instituto Cervantes

La Asociación Afanias

Madrid, de de 201

Madrid, de de 201

El/la alumno.

Asistente legal del alumno.

(en caso de que por sentencia judicial, la capacidad de obrar del alumno tenga que ser completada o suplida).

Madrid a, de de 201

ANEXO II
Compromisos del preparador laboral

De conformidad con el convenio de colaboración de fecha 8 de mayo de 2017 suscrito entre el Instituto Cervantes y la Asociación AFANIAS, para la realización de prácticas formativas no remuneradas en la sede del Instituto Cervantes en Madrid,

D. ......................................................... en su condición de preparador laboral del alumno ........................designado por la Asociación AFANIAS, se compromete a cumplir las normas y compromisos enunciados a continuación durante su estancia en la Sede del Instituto Cervantes en Madrid:

1. A respetar las normas fijadas por el Instituto Cervantes relativas a horarios, normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales.

2. A guardar con absoluto rigor el secreto profesional y no utilizar en ningún caso las informaciones recogidas en el Instituto Cervantes con el objeto de dar publicidad o comunicación a terceros.

3. A mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión de su estancia en el Instituto Cervantes, especialmente los de carácter personal. Esta obligación subsistirá una vez finalizada su estancia en el Instituto.

4. A aportar, con anterioridad al inicio de la práctica y de la firma del anejo, fotocopia del certificado de los seguros correspondientes, que se adjuntarán al presente anejo.

Leído y entendido, el abajo firmante se compromete a cumplir los requisitos arriba indicados. El incumplimiento de los compromisos anteriormente citados dará lugar a la finalización de la estancia del preparador laboral en el Instituto Cervantes, previa comunicación a la Asociación AFANIAS.

Madrid, ........................ de ............................. de 201

Preparador Laboral:

Firmado:

En cumplimiento con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos de que sus datos personales serán tratados y quedarán incorporados a un fichero, del que es responsable el Instituto Cervantes, registrado en la Agencia Española de Protección de Datos.

En todo caso, puede ejercitar los derechos de acceso y rectificación de sus datos y de cancelación y oposición a su tratamiento dirigiendo su solicitud por correo electrónico a la dirección lopd@cervantes.es, o por correo postal al Instituto Cervantes (C/ Alcalá, 49. Madrid 28014) o, presencialmente, ante el Registro del Instituto Cervantes en Madrid en la dirección indicada.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid