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Documento BOE-A-2017-7002

Resolución 420/38140/2017, de 8 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración específico con la Fundación Museo Naval, para regular la financiación de las obras de construcción del nuevo acceso al Museo Naval en Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 19 de junio de 2017, páginas 50704 a 50707 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2017-7002

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 22 de mayo de 2017 el Convenio de colaboración específico entre la Armada y la Fundación Museo Naval para regular la financiación de las obras de construcción del nuevo acceso al Museo Naval en Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 8 de junio de 2017.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa, David Javier Santos Sánchez.

ANEXO
Convenio de colaboración específico entre la Armada y la Fundación Museo Naval para regular la financiación de las obras de construcción del nuevo acceso al Museo Naval en Madrid

En Madrid, a 22 de mayo de 2017.

REUNIDOS

De una parte, la Armada Española, y en su representación el Excmo. Sr. D. José Antonio Ruesta Botella, Almirante Segundo Jefe del Estado Mayor de la Armada (2º AJEMA), por delegación de firma expresa del Almirante Jefe de Estado Mayor de la Armada para este acto.

De la otra, la Fundación Museo Naval, y en su representación, el Excmo. Sr. Vicealmirante, D. Fernando Zumalacárregui Luxán, Presidente de la Comisión Ejecutiva, en uso de las facultades otorgadas en los Estatutos de la citada Fundación.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que la Fundación Museo Naval, creada por escritura pública el 23 de septiembre de 2009, inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura con el número 908 (OM de 21 de diciembre de 2009) de acuerdo con sus Estatutos tiene por objeto y finalidad apoyar al Museo Naval canalizando hacia él iniciativas públicas y privadas que posibiliten su sostenimiento y desarrollo y, colaborar con él en la difusión de la Historia y la Cultura Naval.

Segundo.

Que en fecha 18 de enero de 2011, se suscribió entre Armada y Fundación Museo Naval un Convenio Marco para mantener y desarrollar el Museo Naval y los Archivos Históricos de la Armada.

Tercero.

Que el citado Convenio Marco contempla la firma de convenios de colaboración específicos entre ambas partes, encaminados a la colaboración puntual en los diferentes campos de actividad englobados en el Objeto del Convenio Marco.

Cuarto.

Que las partes están de acuerdo en la necesidad de mejorar el actual acceso público a las instalaciones del Museo Naval, dentro de un plan general de protección y enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español, para lo que se ha elaborado el correspondiente proyecto de obras cuyo importe asciende a ochocientos sesenta y siete mil cuatrocientos veintiséis euros con ochenta y ocho céntimos euros (867.426,88€).

Quinto.

Que dentro de ese interés de conservación del Patrimonio citado, y ante la insuficiencia de recursos, se ha elaborado un protocolo de actuación entre los Ministerios de Fomento y de Defensa, que se encuentra en proceso de regulación, que permita financiar y llevar a cabo las obras del nuevo acceso al Museo Naval en Madrid.

Sexto.

De acuerdo con el citado protocolo, el Ministerio de Fomento, a través de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y por medio de la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo, se compromete a financiar las mencionadas obras en un porcentaje del 58,3723%, lo que supone una inversión máxima de quinientos seis mil trescientos treinta y seis euros con sesenta céntimos (506.336,60€) IVA incluido; y el Ministerio de Defensa, a través de la JESACIS, y por medio de la Intendencia de Madrid, se compromete a financiar las mencionadas obras en un porcentaje del 41,6227%, lo que supone una inversión máxima de trescientos sesenta y un mil noventa euros con veintiocho céntimos (361.090,28 €), IVA incluido.

Al aplicar la distribución porcentual recogida en el párrafo anterior resulta la distribución por anualidades, porcentajes y cantidades siguientes:

Administración

Año 2017

Año 2018

Total

Ministerio de Fomento

29.144,34 €

477.192,26 €

506.336,60 €

Ministerio de Defensa

20.784,08 €

340.306,20 €

361.090,28 €

Total

49.928,42 €

817.498,46 €

867.426,88 €

5,76%

94,24%

100,00%

Séptimo.

La Fundación Museo Naval, que en el ámbito del citado Convenio Marco, y de acuerdo con sus Estatutos ha colaborado en la gestación de dicho proyecto de obra, ha manifestado su disposición a participar en el coste de la misma para la Armada, lo que se pretende instrumentar con el presente acuerdo.

Por todo ello, formalizan el presente Convenio con acuerdo a las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto del presente Convenio es establecer el alcance y procedimiento de su contribución económica de la Fundación Museo Naval, a los gastos de las obras del nuevo acceso al Museo Naval.

Segunda. Financiación.

La Fundación aportará a la Armada la cantidad de 144.388 Euros, en concepto de participación en el coste de la obra del nuevo acceso al Museo Naval, correspondiendo a la Armada el importe restante hasta los 361.090,28 Euros, comprometida con el Ministerio de Fomento en el Protocolo de Actuación en tramitación entre ambos ministerios.

Tercera. Obligaciones de las Partes.

Dado que el proyecto de «Nuevo Acceso para el Museo Naval en Madrid», es un objeto contractual único y el desarrollo futuro de los trabajos hace imposible su segregación en partes, de acuerdo con las responsabilidades financieras de los firmantes del convenio entre los ministerios de Fomento y Defensa, el Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo, realizará la contratación de las obras, previo cumplimiento de todos los trámites y requisitos que resulten preceptivos de conformidad con las disposiciones que resulten de aplicación.

Conforme a esta circunstancia, las obligaciones de las partes firmantes del presente convenio son:

a) La Armada se compromete a reservar el crédito necesario para hacer frente al importe de trescientos sesenta y un mil noventa euros con veintiocho céntimos (361.090,28 €). A tal efecto se acompañan copias de los correspondientes documentos contables.

b) De la cantidad citada, la Fundación Museo Naval se compromete a aportar 144.388,00 €, conforme a la autorización del Patronato de la Fundación en su reunión de día 16 de junio de 2015. A tal efecto se acompaña certificación expedida por la Fundación Museo Naval.

c) Para hacer efectiva la aportación de la Fundación, ésta ingresará en el Tesoro, en la fecha que acuerden, según la ejecución de las obras y el correspondiente calendario de pagos, la parte que le corresponde, y la Armada generará crédito en la aplicación 17.122AU.650, conforme al artículo 53.2.a) de la Ley General Presupuestaria.

d) La Armada informará a la Fundación de los avances de las obras así como de cuantas circunstancias que afecten a las mismas pudieran ocurrir.

Cuarta. Comisión de Seguimiento.

Se constituirá un Grupo de Trabajo de seguimiento entre las partes, que actuará bajo la supervisión de la Comisión de Seguimiento del Convenio Marco, cuya función será el intercambio de información sobre la ejecución de la obra y del estado de cuentas.

La composición del Grupo de Trabajo será paritaria e integrada por un Presidente, y al menos dos vocales por cada parte, uno de los cuales actuará como secretario. Asimismo podrán incorporarse con carácter eventual los vocales que para cada ocasión y en igual número acuerden las partes.

El Presidente será el Almirante Jefe de Asistencia Técnica, Servicios Generales y Sistemas de Información y Telecomunicaciones.

Formarán parte del Grupo de Trabajo:

a) Por parte de la Armada:

El CN Jefe de Apoyo a Instalaciones Navales de la JESACIS.

El COL CINA Intendente de Madrid.

b) Por parte de la Fundación Museo Naval:

El Presidente de la Comisión Ejecutiva.

El Secretario de la Fundación, que actuará como secretario de la comisión.

El Grupo de Trabajo se reunirá siempre que sea necesario a requerimiento de cualquiera de las partes y al menos una vez cada dos meses, finalizando cuando se agote el recurso.

El Grupo de Trabajo podrá invitar a sus reuniones a los asesores que considere necesarios, que en ningún caso tendrán capacidad de voto.

En el Grupo de Trabajo se informará de todas las vicisitudes del procedimiento de contratación de las obras y de la ejecución del contrato, y se tendrán en cuenta adecuadamente cuantas observaciones se hicieran por parte de cualquiera de sus componentes.

Quinta. Legislación Aplicable.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. En consecuencia le será de aplicación las normas de derecho administrativo en vigor. No obstante, a pesar de no estar incluido en el ámbito de aplicación del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se aplicarán sus principios en el supuesto de las posibles dudas interpretativas que pudieran surgir en la interpretación del mismo.

El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, por lo tanto, es el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran surgir durante la ejecución del mismo.

El presente Convenio se encuentra supeditado en todo caso al Convenio Marco del que toma sus bases.

Sexta. Vigencia.

El presente convenio entrará en vigor en la fecha de su firma, y su vigencia, queda condicionada a la efectiva aprobación entre los Ministerios de Fomento y Defensa del Protocolo de Actuación mencionado, y contratación de las obras por el Ministerio de Fomento.

Séptima. Causas de resolución.

La imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin u objeto del Convenio, o bien el incumplimiento grave acreditado de una de las partes.

La comunicación a la otra parte se realizará con una antelación mínima de un mes.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos ejemplares originales igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por la Fundación Museo Naval, el Presidente de la Comisión de la Fundación Museo Naval, Fernando Zumalacárregui Luxán.–Por la Armada, el Almirante 2.º Jefe del Estado Mayor de la Armada, José Antonio Ruesta Botella.

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