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Documento BOE-A-2017-6571

Resolución de 30 de mayo de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publican los índices de precios percibidos por los agricultores y ganaderos en 2016, a los efectos de la actualización de las rentas de los arrendamientos rústicos.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 9 de junio de 2017, páginas 48073 a 48074 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2017-6571
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2017/05/30/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Ley 83/1980, de 31 de diciembre, de arrendamientos rústicos, fue derogada por la Ley 49/2003, de 26 de noviembre, que en su disposición transitoria primera, establece que los contratos de arrendamiento y aparcería vigentes a la entrada en vigor de esta Ley, se regirán por la normativa aplicable al tiempo de su celebración. En este sentido, el artículo 38 de la anterior Ley 83/1980, de 31 de diciembre, de arrendamientos rústicos, establece que podrá acordarse por las partes la actualización de la renta para cada anualidad por referencia al último índice anual de precios percibidos por el agricultor, establecido por el Ministerio de Agricultura para los productos agrícolas en general o para alguno o algunos de los productos principales de que sea susceptible la finca, atendidas sus características y la costumbre de la tierra. Del mismo modo, tratándose de fincas cuyos principales productos sean ganaderos, podrá también referirse la actualización al índice de los precios de alguno o algunos de sus productos.

Por tanto, procede publicar los índices de precios percibidos por los agricultores y ganaderos en 2016, a efectos de la actualización de las rentas de los arrendamientos rústicos anteriores a la entrada en vigor de la Ley 49/2003, de 26 de noviembre, de arrendamientos rústicos.

En su virtud, esta Secretaría General Técnica difunde los valores del índice anual de precios percibidos por los agricultores y ganaderos en 2016 y su incremento respecto al año 2015, tanto para el índice general agrario como para los principales índices de productos, que se incluyen en el anexo de la presente Resolución.

Madrid, 30 de mayo de 2017.–El Secretario General Técnico, Alfonso Codes Calatrava.

ANEXO
Índices anuales de precios percibidos por los agricultores y ganaderos

Clase de Índice

Valor anual en 2016

(2010 = 100)

Porcentaje de variación

sobre 2015

General de Productos Agrarios*

109,70

–3,29

Productos agrícolas

112,55

–3,13

Cereales

98,69

–10,57

Leguminosas grano

98,29

–8,97

Tubérculos

134,55

40,33

Cultivos industriales

112,99

–2,87

Cultivos forrajeros

117,27

–10,81

Hortalizas

88,91

–10,38

Cítricos

113,78

13,86

Frutas

117,49

2,01

Vino

133,20

10,85

Aceite

161,66

–4,16

Productos animales

105,53

–3,51

Ganado para abasto

107,62

–1,39

Vacuno para abasto

113,78

1,52

Ovino para abasto

110,87

–5,25

Caprino para abasto

95,67

2,23

Porcino para abasto

106,03

–0,02

Aves para abasto

105,80

–7,59

Conejos para abasto

95,24

0,31

Productos ganaderos

99,64

–9,45

Leche

101,59

–7,80

Huevos

93,80

–13,95

Lana

173,32

4,84

Productos forestales (**)

81,19

3,54

(*) El Índice General de Productos Agrarios incluye el de Productos Agrícolas y Productos Animales.

(**) Los índices de Productos Forestales 2016 se han calculado con base 2005 = 100 y son provisionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/05/2017
  • Fecha de publicación: 09/06/2017
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la Ley 49/2003, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-21616).
Materias
  • Arrendamientos rústicos
  • Índice de precios agrarios

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