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Documento BOE-A-2017-5759

Resolución de 17 de mayo de 2017, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se publica un resumen del Plan de acción anual 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 24 de mayo de 2017, páginas 42093 a 42096 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Referencia:
BOE-A-2017-5759

TEXTO ORIGINAL

La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (AEBOE) es un organismo público de los regulados en la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos.

A tenor de lo establecido en las disposiciones adicional cuarta y transitoria segunda de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, en tanto no adapte su naturaleza y régimen jurídico a las previsiones de dicha Ley, continuará rigiéndose por su normativa específica, esto es la Ley 28/2006, el Real Decreto 1495/2007, de 12 de noviembre, por el que se crea la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y se aprueba su estatuto, y el Contrato de Gestión aprobado por Orden PRE/454/2014, de 17 de marzo, para el cuatrienio 2013-2016, en todos aquellos aspectos relacionados con los efectos que el grado de cumplimiento de los objetivos estratégicos tiene para el personal de la Agencia; los procedimientos a seguir para la cobertura de los déficit que eventualmente puedan producirse y para la introducción de las modificaciones o adaptaciones anuales que procedan, así como los mecanismos de seguimiento de la ejecución y cumplimiento del Contrato.

El artículo 13 de la citada Ley 28/2006 establece que la actuación de las agencias estatales se produce, con arreglo al plan de acción anual, bajo la vigencia y con arreglo al pertinente contrato plurianual de gestión, y en su artículo 10.2 que es atribución del Consejo Rector, entre otras, la aprobación de los planes de acción anuales. Dicha competencia viene recogida igualmente en el artículo 10.1 de su Estatuto.

El Plan de acción anual de la AEBOE para el año 2017 fue aprobado por el Consejo Rector de la Agencia en la sesión celebrada el 11 de mayo de 2017.

El Estatuto de la Agencia, en su artículo 4.2.a), establece que una vez aprobado el Plan de acción, se publicará un resumen en el «Boletín Oficial del Estado», en el que se hará mención de la dirección de la «página web» de la Agencia en la que podrá ser consultado el documento completo.

En su virtud, y de acuerdo a las competencias que se le atribuyen en el artículo 11.3 del Estatuto de la Agencia, esta Dirección resuelve:

Primero.

Publicar un resumen del Plan de acción anual 2017 de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado aprobado por su Consejo Rector el día 11 de mayo de 2017, cuyo texto se inserta a continuación.

Segundo.

El contenido completo del Plan de acción se puede consultar en la dirección de Internet: http://www.boe.es.

Madrid, 17 de mayo de 2017.–El Director de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, Manuel Tuero Secades.

RESUMEN DEL PLAN DE ACCIÓN ANUAL DE LA AGENCIA ESTATAL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PARA EL AÑO 2017

El artículo 13 de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de agencias estatales para la mejora de los servicios públicos establece que la actuación de las agencias se produce, con arreglo al plan de acción anual, bajo la vigencia y con arreglo al pertinente contrato plurianual de gestión.

El Contrato de Gestión de la Agencia para el periodo 2013-2016 fue aprobado por Orden PRE 454/2014, de 17 de marzo. Además de definir los objetivos estratégicos, el Contrato de Gestión determina los indicadores de gestión y de impacto que sirven para evaluar el grado de cumplimiento de dichos objetivos, sus rangos de cumplimiento, la ponderación de cada indicador, así como la fórmula de cálculo del Índice General de cumplimiento de los objetivos de la Agencia (IGA) a partir del índice de cumplimiento obtenido en cada indicador y la ponderación de cada uno de ellos.

Sin embargo, el Contrato de Gestión únicamente estableció los indicadores de los objetivos estratégicos para los dos primeros años de su vigencia, indicando en su apartado 2.3.4 que «... los indicadores de los objetivos estratégicos para el tercer y cuarto año, se aprobarán por el Consejo Rector a propuesta del Director de la Agencia, previo informe favorable del Ministerio de la Presidencia y del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas».

De conformidad con este este procedimiento, la Agencia envió la Propuesta de indicadores de los objetivos estratégicos para el año 2017, a los órganos competentes del Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales y del Ministerio de Hacienda y Función Pública, para que emitiesen el correspondiente informe. La Propuesta, informada favorablemente, se incorporó al Plan de Acción 2017 aprobado por el Consejo Rector en su sesión del 11 de mayo de 2017.

Por su parte, el apartado 6 del Contrato de Gestión regula el procedimiento a seguir para introducir modificaciones o adaptaciones anuales, indicando que «las modificaciones o ajustes para corregir eventuales desviaciones entre lo planeado y lo ejecutado, siempre que no afecten a la estructura del Contrato de Gestión, se incorporarán a través del plan de acción anual que presenta el Director de la Agencia para su aprobación por el Consejo Rector».

Conforme a lo expuesto, el Plan de acción anual 2017 incorpora, además de las modificaciones y ajustes en la planificación realizados a través de los programas y proyectos, los objetivos estratégicos y los indicadores de cumplimiento para esta anualidad, al haberse tramitado conforme al procedimiento previsto en el apartado 2.3.4 del Contrato de Gestión.

1. Objetivos estratégicos e indicadores de cumplimiento

Partiendo de las competencias y funciones encomendadas por la ley a la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y el escenario en el que se desarrollará su actividad se establecen los siguientes objetivos estratégicos:

Objetivo 1: Cumplir eficientemente y en la forma legalmente prevista, el servicio público de publicidad de las normas y de aquellas otras disposiciones o actos que el ordenamiento jurídico considera que deben ser publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil».

Objetivo 2: Llevar a cabo la máxima difusión de la legislación, ofreciendo servicios singularizados que atiendan las necesidades específicas de información jurídica de los ciudadanos, profesionales, empresas y otros clientes de la Agencia, y ser fuente y motor de la actividad económica ligada a la gestión del conocimiento jurídico.

Objetivo 3: Ser la imprenta y el distribuidor «de referencia» de la Administración General del Estado y sus organismos de derecho público para todo tipo de publicaciones oficiales, así como para realizar todo tipo de trabajos que constituyen los fines de la Agencia, y prestar dichos servicios a otras administraciones públicas en los términos que se acuerden.

Objetivo 4: Mantener operativo el Portal de subastas judiciales y notariales que facilite la ejecución de los procedimientos de subastas, incremente su difusión y proporcione transparencia y seguridad en el procedimiento.

Los 14 indicadores de cumplimiento de los objetivos estratégicos para el año 2017, con sus valores de referencia, equivalentes a un índice de cumplimiento del 100 % y del 0 %, y la ponderación de cada uno de ellos en el IGA se incluyen en el siguiente cuadro.

Indicadores

Valor cumplimiento 100 %

Valor cumplimiento

0 %

Ponderación

1.1 Publicación del diario «Boletín Oficial del Estado» en la sede electrónica de la Agencia, antes de las 8 horas, todos los días del año, excepto los domingos (minutos de retraso al año).

0 minutos

720 minutos

20

1.2 Publicación del «Boletín Oficial del Registro Mercantil» en la sede electrónica de la Agencia, antes de las 8 horas, todos los días del año excepto sábados, domingos y festivos en la localidad de Madrid (minutos de retraso al año).

0 minutos

720 minutos

10

1.3 Plazo de publicación de los anuncios del «BOE» (Secciones IV y V) y del «BORME» (porcentaje de anuncios publicados el primer día de cada uno de los plazos establecidos).

100 %

75 %

8

1.4 Corrección de erratas en el «Boletín Oficial del Estado» (porcentaje de correcciones de erratas respecto al número de disposiciones y anuncios publicados).

0,05 %

0,20 %

2

1.5 Páginas web que enlazan con boe.es (variación porcentual).

76 % + (variación porcentual boe.es – media de la variación porcentual de las 7 webs públicas de referencia)

5

2.1 Número de accesos a las bases de datos de la Agencia (millones).

350

175

5

2.2 Plazo en actualizar las normas consolidadas (promedio de días hábiles desde la publicación de la de la norma que la modifica hasta que se incorpora consolidada a las bases de datos de la Agencia).

0

3

12

2.3 Número de suscriptores de alertas al finalizar el año.

270.000

170.000

8

2.4 Número de códigos electrónicos disponibles en la web boe.es al finalizar el año.

185

130

8

2.5 Número de títulos publicados en edición y coedición.

75

30

5

3.1 Importe de la facturación por los trabajos de la Imprenta Nacional (millones).

2,8

1

5

3.2 Número medio anual de clientes de la Imprenta Nacional.

60

35

3

3.3 Número de obras editadas para terceros en cualquier soporte.

350

125

7

4.1 Número de días al año en los que se ha producido alguna incidencia en el Portal de Subastas, atribuible a la Agencia, que haya impedido la celebración de al menos una subasta.

0

15

2

El cuadro con los objetivos estratégicos, los indicadores de cumplimiento, la ponderación de cada indicador, así como la fórmula de cálculo del Índice General de cumplimiento de los objetivos de la Agencia (IGA) se incluye como Anexo 1 del Plan de acción 2017.

2. Programas y proyectos

Para alcanzar los objetivos estratégicos el Contrato de Gestión contempla trece planes de actuación en los que se agrupa la totalidad de la actividad de la Agencia. Cada plan de actuación tiene asociados una serie de programas y proyectos cuya concreción anual se aprueba en el correspondiente Plan de acción.

El Plan de acción 2017 contiene 63 programas y proyectos. Cada uno de ellos tiene asociado el objetivo a alcanzar, el criterio para evaluar su cumplimiento y las unidades responsables de su ejecución. Los programas y proyectos aprobados se incluyen en el Anexo 2 del Plan de acción anual.

Por último, en el Contrato de Gestión se establece que, para cada departamento de la Agencia, se elaborará anualmente un índice de cumplimiento de los objetivos de gestión, calculado ponderando el grado de cumplimiento de cada uno de los proyectos o programas en los que el departamento participa, por el porcentaje de ocupación que sobre toda la actividad de dicho departamento se haya dado a cada uno de los citados proyectos o programas en el plan de acción anual.

Las ponderaciones aprobadas para el año 2017 se incluyen en el Anexo 3 del Plan de acción anual.

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