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Documento BOE-A-2017-5438

Resolución de 8 de mayo de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Secretaría de Estado de Cultura y la Fundación Residencia de Estudiantes, para el alojamiento de los participantes del Programa IBEREX de prácticas formativas para profesionales iberoamericanos del sector cultural correspondiente al año 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 16 de mayo de 2017, páginas 40343 a 40347 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2017-5438

TEXTO ORIGINAL

La Secretaría de Estado de Cultura –Dirección General de Industrias Culturales y del Libro– y la Fundación Residencia de Estudiantes han suscrito con fecha 24 de febrero de 2017, un Convenio de colaboración, para el alojamiento de los participantes del Programa IBEREX de prácticas formativas para profesionales iberoamericanos del sector cultural, correspondiente al año 2017, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 8 de mayo de 2017.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.

ANEXO
Convenio de colaboración de la Secretaría de Estado de Cultura –Dirección General de Industrias Culturales y del Libro– y la Fundación Residencia de Estudiantes para el alojamiento de los participantes del Programa IBEREX de prácticas formativas para profesionales iberoamericanos del sector cultural correspondiente al año 2017

En Madrid, a 24 de febrero de 2017.

De una parte, don Óscar Sáenz de Santa María Gómez-Mampaso, Director General de Industrias Culturales y del Libro, nombrado por Real Decreto 45/2017, de 27 de enero, por delegación del Secretario de Estado de Cultura, en aplicación del punto tercero de la Orden ECD/1721/2016, de 26 de octubre, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en nombre y representación del citado Departamento ministerial y en virtud de lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y de otra, doña Alicia Gómez-Navarro Navarrete, en nombre y representación de la Fundación Residencia de Estudiantes, en virtud de poder otorgado mediante escritura ante el notario don Federico Paredero el 23 de diciembre de 2004, con el n.º de protocolo 3682, y con domicilio a efectos del presente Convenio en Madrid, calle Pinar, 21 y 23, distrito postal 28006.

Reconociéndose ambas partes, en la representación que ostentan, competencia y capacidad necesaria para formalizar el presente Convenio,

MANIFIESTAN

Que la Fundación Residencia de Estudiantes es una fundación estatal, sin fines de lucro, constituida en virtud de acta otorgada por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas el 14 de diciembre de 1989 y aprobada por Orden ministerial de 18 de julio de 1990, que tiene encomendada la continuación de la labor emprendida en 1910 por Alberto Jiménez Fraud y un escogido grupo de colaboradores y está obligada a cumplir con los fines fundacionales de rescatar, conservar, estudiar y difundir la vida y obra de cuantos han protagonizado la historia de la Residencia entre 1910 y 1936 y, más genéricamente, la historia de la cultura española del primer tercio del siglo XX.

Que por Real Decreto 257/2012, de 27 de enero de 2012, la Secretaría de Estado de Cultura tiene entre sus principales objetivos la promoción y difusión de la cultura en español, la promoción de industrias culturales y la orientación e impulso de las relaciones internacionales en materia de cultura. Que a la Dirección General de Industrias Culturales y del Libro le corresponde entre sus funciones «el diseño de las políticas de acción y promoción cultural, así como su desarrollo o coordinación en colaboración con instituciones, entidades públicas o privadas para el desarrollo de programas de acción cultural conjuntos».

Que dando cumplimiento a sus fines fundacionales de fomento del diálogo y la colaboración entre investigadores, científicos y el resto de los intelectuales y creadores y de promoción de la Residencia de Estudiantes como lugar de acogida de profesores universitarios, investigadores y creadores, españoles y extranjeros, y como foco promotor de la universalidad de la cultura en español, la Secretaría de Estado de Cultura considera que la Residencia de Estudiantes es la institución idónea para la acogida, orientación, sensibilización cultural y fomento del diálogo intercultural iberoamericano de los participantes del Programa IBEREX de formación de profesionales iberoamericanos en el ámbito de la cultura, dado su carácter emblemático en la historia de la cultura moderna española, como centro de excelencia para la formación y la educación en España, y referente europeo, que posee las mejores condiciones para convertirse en el lugar de recepción y convivencia de los beneficiarios del Programa en Madrid.

En virtud de lo que antecede, las partes reconocen la existencia de diversas circunstancias que aconsejan aunar sus esfuerzos para promover y difundir actividades relacionadas con sus finalidades y funciones. Y acuerdan así establecer cauces de colaboración y cooperación para el desarrollo de sus relaciones, que formalizan en el presente Convenio conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El objeto del presente Convenio es regular las condiciones de recepción, orientación, sensibilización cultural y fomento del diálogo intercultural, para la convivencia, alojamiento y manutención en la Residencia de Estudiantes de los profesionales participantes en el Programa IBEREX, organizado por la Dirección General de Industrias Culturales y del Libro.

Segunda.

La Residencia de Estudiantes organizará la recepción y las sesiones de orientación cultural a los participantes y los alojará en sus Pabellones Central y Gemelos, destinados al área residencial de la Fundación Residencia de Estudiantes. Para ello, la Dirección General de Industrias Culturales y del Libro enviará a la Residencia de Estudiantes, con la antelación que en cada caso se establezca, un listado con los nombres de los participantes del programa, con sus currícula y cursos a seguir en España, conducentes a facilitar la convivencia y el intercambio cultural entre los participantes del Programa Iberoamericano que se alojarán en la Residencia, y las fechas de estancia. El período de celebración de los cursos y estancias IBEREX de 2017 se ha fijado entre el 2 de octubre y el 2 de diciembre de 2017.

Tercera.

La actuación formativa y educativa de la Residencia de Estudiantes consistirá en desarrollar las sesiones siguientes:

La Residencia de Estudiantes organizará, en coordinación con la Secretaría de Estado de Cultura, una sesión de bienvenida a los participantes en el Programa IBEREX, donde se realizará un recorrido tanto por la etapa histórica de la Residencia de Estudiantes, como por las actividades que realiza en la actualidad. Se organizará una visita guiada por la Residencia de Estudiantes, en la que se dará a conocer su Centro de Documentación, el cual estará a disposición de todos los participantes, en el horario y condiciones establecidos.

Los becarios de la Residencia de Estudiantes actuarán como anfitriones de los participantes en este programa, favoreciendo de este modo la convivencia cultural y el fomento del diálogo intercultural. En su caso, se promoverá la realización de encuentros u otras actividades entre los becarios de la Residencia y los participantes en este programa. Por otro lado, se podrán programar actividades abiertas al público en las que intervengan los participantes del proyecto IBEREX, a cuyos efectos la Residencia de Estudiantes aportará los espacios y recursos técnicos necesarios. De igual modo, los participantes podrán asistir, sin coste alguno, a las actividades abiertas al público que organice la Residencia de Estudiantes durante su estancia en la misma.

Cuarta.

Los compromisos financieros asumidos por la Secretaría de Estado de Cultura son los previstos en la Resolución de este órgano por la que se convocan las ayudas del Programa IBEREX prácticas formativas para jóvenes profesionales iberoamericanos del sector cultural, correspondientes al año 2017 y ascienden, como máximo, a la cantidad de 48.563,55 euros.

El gasto se imputa a la aplicación presupuestaria 18.13.144A.485.01 del Presupuesto de Gastos de la Secretaría de Estado de Cultura para 2017.

En anexo a este Convenio se concreta, hasta la cantidad máxima indicada, el tipo de alojamiento, régimen alimenticio y coste económico.

El pago a la Fundación se realizará a la terminación de los cursos y estancias, previa presentación de la factura a la Dirección General de Industrias Culturales y del Libro, que deberá incluir los siguientes códigos:

E04637103 Oficina Contable de la Secretaría de Estado de Cultura.

E04935801 Dirección General de Industrias Culturales y del Libro.

E03016305 Subdirección General de Promoción Exterior de la Cultura.

Si los aspirantes seleccionados no se incorporaran al curso o estancia correspondiente, o lo hicieran con retraso, no se abonarán a la Residencia de Estudiantes de Madrid los correspondientes gastos de alojamiento y manutención.

Quinta.

Los participantes en las estancias IBEREX deberán respetar las normas de régimen interno que la Residencia de Estudiantes tiene establecidas para su área residencial.

Sexta.

Las denominaciones de las entidades firmantes, así como sus respectivos logos, figurarán en las campañas de información y difusión del Programa IBEREX y de las actividades que se realicen en el desarrollo del presente Convenio.

Séptima.

Para el desarrollo y buen fin del presente Convenio, se crea una Comisión Mixta integrada por dos representantes designados por cada una de las partes.

La Comisión Mixta se reunirá durante la vigencia del presente Convenio al menos una vez y siempre que alguna de las partes lo solicite. A estas reuniones podrá asistir, además, el personal técnico que las entidades firmantes consideren conveniente en cualquier momento.

El nombramiento por cada entidad de los miembros que se designen como integrantes de la Comisión Mixta, así como cualquier variación que en su composición pueda producirse, se comunicará mediante envío recíproco de cartas o mediante la fórmula electrónica acordada, en su caso.

El funcionamiento de esta Comisión Mixta respetará lo establecido en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Corresponde a la Comisión Mixta:

a) Efectuar el seguimiento de las acciones que se acuerdan en el presente Convenio y adoptar aquellas que se consideren necesarias y que redunden en beneficio de los objetivos del Convenio, así como su acreditación mediante documentos justificativos.

b) Interpretar el presente Convenio y resolver, en primera instancia, las controversias que surjan en su interpretación y ejecución.

c) Cualesquiera otras que se encaminen al cumplimiento de este Convenio o de su desarrollo, conforme a los intereses de ambas partes.

Octava.

La firma de este Convenio no impide el establecimiento o ampliación de cualesquiera otras relaciones de colaboración con otras Instituciones, Organismos o Administraciones Públicas.

Novena.

El presente Convenio se formaliza exclusivamente a los efectos previstos en las cláusulas segunda, tercera y cuarta, su vigencia se extiende hasta la celebración de las estancias y cursos del Programa IBEREX, la justificación de los servicios prestados y el pago de la cantidad convenida.

En el caso de terminación del presente Convenio ambas instituciones tomarán las medidas necesarias para evitar perjuicios tanto a ellas como a terceros, entendiéndose que deberán continuar, hasta su conclusión, las acciones ya iniciadas.

Décima.

El presente Convenio se halla excluido del ámbito de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud de lo establecido en el artículo 4.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Undécima.

En la ejecución del presente Convenio se respetará la normativa vigente en materia de protección de datos. En especial, se cumplirán las obligaciones de la Ley 15/1999, Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, relativas al consentimiento para el tratamiento y la cesión de los citados datos a las partes implicadas.

Duodécima.

Las partes firmantes del presente Convenio colaborarán en todo momento de acuerdo con los principios de buena fe y de eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado, y se comprometen a resolver de mutuo acuerdo cualquier discrepancia que pudiera surgir en su interpretación. De persistir alguna controversia, deberá ser resuelta por la jurisdicción contencioso-administrativa.

Decimotercera.

El presente Convenio podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno [artículo 8.1.b)].

Y en prueba de conformidad lo firman las partes intervinientes, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–El Director General de Industrias Culturales y del Libro, P. D. del Secretario de Estado de Cultura, Óscar Sáenz de Santa María Gómez-Mampaso.–En representación de la Fundación Residencia de Estudiantes, Alicia Gómez-Navarro Navarrete.

ANEXO I
Presupuesto

Secretaría de Estado de Cultura, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, plaza del Rey, 1, 28071 Madrid

Importe de 23 habitaciones individuales para los participantes del Programa IBEREX, de formación de jóvenes profesionales iberoamericanos en el ámbito de la cultura, entre el 1 de octubre y el 3 de diciembre de 2017

Dos habitaciones individuales, del 8 de octubre al 18 de noviembre, en régimen de pensión completa (2 habitaciones x 85,05 x 41 días) = 6.974,10.

Seis habitaciones individuales, del 15 de octubre al 11 de noviembre, en régimen de pensión completa (6 habitaciones x 85,05 x 27 días) = 13.778,10.

Seis habitaciones individuales, del 16 de octubre al 5 de noviembre, en régimen de pensión completa (6 habitaciones x 85,05 x 20 días) = 10.206,00.

Seis habitaciones individuales, del 10 al 17 de noviembre, en régimen de pensión completa (6 habitaciones x 85,05 x 7 días) = 3.572,10.

Tres habitaciones individuales, del 9 de octubre al 3 de diciembre, en régimen de pensión completa (3 habitaciones x 85,05 x 55 días) = 14.033,25.

Total = 48.563,55 (10 % IVA incluido).

Este presupuesto incluye un 25 % de descuento sobre el PVP, al ser una estancia superior al mes.

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