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Documento BOE-A-2017-509

Acuerdo de 12 de enero de 2017, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de determinados cargos judiciales entre miembros de la Carrera Judicial, con categoría de Juez en situación de expectativa de destino.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 17 de enero de 2017, páginas 4070 a 4074 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2017-509

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en los artículos 326, 327, 329, 330, 334, 602 y concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 12 de enero de 2017 ha acordado anunciar concurso para la provisión de destinos en la Carrera Judicial, entre miembros de la misma con categoría de juez/a que se encuentran en la actualidad expectativa de destino, por orden de 11 de julio de 2016, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

Sólo podrán tomar parte en este concurso:

a. Los jueces/zas en situación de expectativa de destino pertenecientes a la 66 Promoción de la Escuela Judicial, nombrados por orden de 11 de julio de 2016.

Segunda.

Los jueces/zas en expectativa de destino, deberán solicitar la totalidad de las plazas ofertadas, resolviéndose el concurso en favor de aquellos que ocupen mejor puesto en el escalafón, salvo previsión específica de la Ley para determinados juzgados.

Tercera.

Quienes no tomasen parte en el concurso, o tomando parte no obtuviesen plaza por no solicitar todas las que son objeto de anuncio, serán destinados a las que, de entre las ofertadas, les correspondan en atención a su antigüedad escalafonal, y en su caso, méritos alegados, según el orden en el que aparecen anunciadas en el «Boletín oficial del Estado».

Cuarta.

Salvo la estricta antigüedad escalafonal, en la categoría de que se trate, que será apreciada de oficio por el Consejo General del Poder Judicial, los jueces/zas que pretendan acceder a cualesquiera destinos de la Carrera Judicial habrán de alegar y, en su caso, fundamentar la concurrencia de las condiciones, méritos y preferencias que pretendan hacer valer. Si no lo hicieren, no será tenido en cuenta más mérito que la antigüedad escalafonal.

Sin perjuicio de lo establecido en la letra f) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, cuando las condiciones, méritos y preferencias alegados no consten documentalmente en los archivos del Consejo General del Poder Judicial, quien los alegue deberá acompañar a su solicitud la acreditación documental correspondiente.

Quinta.

Las solicitudes de destino se presentarán en el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente concurso en el «Boletín Oficial del Estado», y contendrán los requisitos previstos en el artículo 149.2 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, debiendo utilizarse el modelo normalizado o, alternativamente, la presentación telemática que se ofrece en la extranet del portal del Consejo General del Poder Judicial (www.poderjudicial.es).

En el primero de los casos, las solicitudes se deberán ajustar al modelo de instancia normalizado que se publica en formatos WORD/PDF y se presentarán en el registro general del Consejo General del Poder Judicial, sito en la Calle del Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las peticiones que se cursen a través de las oficinas de Correos, deberán presentarse en sobre abierto para que el/la funcionario/a correspondiente pueda estampar en ellas el sello de fechas antes de certificarlas. La presentación de estas solicitudes se podrán anticipar en el fax número 91.700.63.58, con obligación de cursar la instancia original simultáneamente, debiendo en todo caso tener ésta su entrada en el Registro General del Consejo dentro de los cinco días naturales siguientes al de expiración del plazo de presentación de instancias.

En el supuesto de la presentación telemática, se deberá rellenar el formulario asistido que garantiza el envío, hasta obtener un acuse de recibo electrónico y comprobante con los detalles de la participación en el concurso.

Las peticiones que se formulen en forma condicionada, o no aparezcan redactadas con claridad, carecerán de validez, al igual que las modificaciones o desistimientos efectuados transcurrido el plazo anterior. No obstante, en el supuesto de que dos Jueces/Juezas o Magistrados/as estén interesados en las vacantes que se anuncien en un determinado concurso, podrán condicionar sus peticiones, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos/as obtengan destino en dicho concurso, entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición efectuada. Quienes se acojan a esta petición condicional deberán concretarlo en su instancia e identificar la petición del otro interesado.

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 327.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los/as Magistrado/as que deduzcan petición para participar en este concurso, deberán expresar necesariamente en la misma el número de sentencias y autos pendientes de dictar a la fecha de la presentación de la instancia, pudiéndose aplazar la efectividad de la provisión de la plaza, cuando el que hubiese ganado el concurso deba dedicar atención preferente al órgano de procedencia atendidos los retrasos producidos por causa imputable al mismo.

El desistimiento o modificación, en todo o parte, de las peticiones está sujeta a las mismas condiciones y plazos que los establecidos para la presentación de las solicitudes.

No se admitirá solicitud alguna presentada de forma o en lugar diferente de los reseñados en la presente base De no hacerse así, la solicitud, desistimiento o modificación carecerán de validez, salvo causa debidamente justificada y previa autorización del Servicio de Personal Judicial.

Sexta. Actividades formativas por cambio de orden jurisdiccional.

a) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 329.3 bis de la LOPJ en la redacción otorgada por la Ley Orgánica 1/2009, quienes obtuviesen plazas en juzgados de violencia sobre la mujer, en juzgados de lo penal especializados en violencia de género o en secciones penales y civiles especializadas en violencia de género deberán participar, antes de tomar posesión de su nuevo destino, en las actividades de especialización en materia de violencia de género organizadas por el Consejo General del Poder Judicial.

b) Esta misma obligación será aplicable a quienes obtengan destino en órganos de lo contencioso-administrativo, social, mercantil o menores.

Séptima.

En todo lo no expresamente previsto en las bases del presente concurso regirá lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial.

En el supuesto de rectificación que afectara a alguna de las plazas anunciadas en el presente concurso, se iniciaría de nuevo el plazo señalado en la base cuarta de esta convocatoria para la solicitud.

Contra este acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la publicación de este acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado». Potestativamente, podrá interponer recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 12 de enero de 2017.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

Relación de plazas que se anuncian

Andalucía, Ceuta y Melilla

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ayamonte.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Barbate, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Cazalla de la Sierra, con competencia en materia de violencia sobre la mujer y funciones compartidas de registro civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Cazorla, con funciones compartidas de registro civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de El Ejido, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Moguer, con funciones compartidas de registro civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Vera.

Juez de adscripción territorial del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, provincia de Cádiz.

Illes Balears

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Ciutadella de Menorca, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.

Juzgado de Instrucción número 2 de Eivissa.

Canarias

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Arucas, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Granadilla de Abona, con funciones compartidas de registro civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Granadilla de Abona, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Los Llanos de Aridane, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Santa Cruz de la Palma, con funciones compartidas de registro civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Puerto del Rosario, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Puerto del Rosario.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de San Sebastián de la Gomera, con competencia en materia de violencia sobre la mujer y funciones compartidas de registro civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Santa Cruz de la Palma, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Valverde, con competencia en materia de violencia sobre la mujer y funciones compartidas de registro civil.

Juez de adscripción territorial del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, provincia de La Palmas.

Cataluña

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Amposta, con funciones compartidas de registro civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Balaguer, con funciones compartidas de registro civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Balaguer.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Berga, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Blanes, con funciones compartidas de registro civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Blanes, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Cervera, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Cervera, con funciones compartidas de registro civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de El Vendrell.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Esplugues de Llobregat, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Igualada.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Igualada.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Mollet del Vallés.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Olot, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Olot, con funciones compartidas de registro civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Puigcerdá, con competencia en materia de violencia sobre la mujer y funciones compartidas de registro civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ripoll, con competencia en materia de violencia sobre la mujer y funciones compartidas de registro civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Sant Boi de Llobregat, con funciones compartidas de registro civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Santa Coloma de Farners.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Santa Coloma de Farners, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Santa Coloma de Farners, con funciones compartidas de registro civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Santa Coloma de Farners.

Juzgado de lo Penal número 1 de Tarragona.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Tremp, con competencia en materia de violencia sobre la mujer y funciones compartidas de registro civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Valls, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Valls, con funciones compartidas de registro civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Vic.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Vic.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Vic, con funciones compartidas de registro civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Vic.

Juez de Adscripción Territorial del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, provincia de Girona, una plaza.

Juez/a de adscripción territorial del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, provincia de Tarragona.

Extremadura

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Herrera del Duque, con competencia en materia de violencia sobre la mujer y funciones compartidas de registro civil.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Jerez de los Caballeros, con competencia en materia de violencia sobre la mujer y funciones compartidas de registro civil.

Galicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de O Porriño, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Sarriá, con competencia en materia de violencia sobre la mujer y funciones compartidas de registro civil.

Murcia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Totana, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.

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