Está Vd. en

Documento BOE-A-2017-445

Orden JUS/10/2017, de 11 de enero, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 16 de enero de 2017, páginas 3609 a 3611 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2017-445

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 466 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 7/2015, así como en el artículo 17 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales se anuncia la provisión, por el sistema de libre designación, de los puestos de trabajo cuya descripción se especifica en el anexo de la presente convocatoria con arreglo a las siguientes bases:

Primera. Participantes.

Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia que cuenten con, al menos cinco años de antigüedad en la segunda categoría del Cuerpo y que se encuentren en situación de servicio activo o en cualesquiera otras que comporten la reserva del puesto de trabajo, en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

No podrán participar los declarados suspensos en firme, mientras dure la suspensión.

Los Secretarios Coordinadores que a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, estuvieran desempeñando su segundo o posterior mandato, no podrán optar a la renovación para el mismo puesto, conforme a la disposición transitoria 4.ª 3 de la mencionada Ley Orgánica.

Segunda. Presentación de solicitudes.

Los interesados deberán presentar sus solicitudes, en las que harán constar sus datos personales, puesto de trabajo actual y puesto al que aspiren así como indicar los méritos que aleguen, en el plazo de diez días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Las solicitudes se dirigirán al Sr. Secretario General de la Administración de Justicia, y deberán tener entrada en el Registro General del Ministerio de Justicia, Calle La Bolsa, 8 (28071 Madrid), o en la forma prevista en la normativa de procedimiento administrativo vigente.

Dentro del plazo de presentación de instancias y con carácter obligatorio se deberá remitir copia de la instancia y documentación correspondiente, a la siguiente dirección de correo electrónico: letradosaj@mjusticia.es En los diez días siguientes a la finalización de aquel plazo, los interesados deberán presentar toda la documentación que quieran hacer valer, junto con la copia sellada de su solicitud, en la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia que corresponda al puesto de Secretario Coordinador para cuya cobertura participan.

Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el plazo de presentación de las mismas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El solicitante adjuntará copia compulsada de la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen, entre los que se pueden encontrar el conocimiento del idioma y derecho foral propio de la Comunidad Autónoma en la que radique el puesto de trabajo que se solicita.

Junto con la documentación se presentará, una memoria firmada en la que, en una extensión no superior a diez folios, el candidato realizará un análisis de las tareas del puesto solicitado, condiciones y medios necesarios para su desempeño, propuesta de mejora en el desarrollo de las funciones y todas aquellas cuestiones que el aspirante considere de interés o importancia en relación con las funciones del puesto.

El Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas podrán realizar una entrevista personal a los solicitantes.

Tercera. Procedimiento para el nombramiento.

1. Transcurrido el plazo correspondiente para la presentación de las solicitudes y examinadas y valoradas todas ellas, el Secretario de Gobierno propondrá al candidato que considere más idóneo para desempeñar el cargo de Secretario Coordinador, que será nombrado por el Ministerio de Justicia. Para los puestos de trabajo de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos, la propuesta de los Secretarios de Gobierno, deberá realizarse de acuerdo con la Comunidad Autónoma correspondiente.

2. Junto con la propuesta los Secretarios de Gobierno remitirán al Ministerio de Justicia toda la documentación relacionada con las solicitudes tramitadas.

3. Antes del nombramiento se oirá al Consejo del Secretariado sobre el candidato que ha de ser nombrado por el Ministerio de Justicia.

Cuarta. Resolución y adjudicación de destino.

La resolución de la presente convocatoria se llevará a cabo mediante Orden del Ministro de Justicia.

El mandato del Secretario Coordinador se extenderá a un plazo de cinco años, renovable, en su caso, por un solo periodo igual, no pudiendo ocuparse más de diez años el mismo puesto de Secretario Coordinador conforme a lo dispuesto en el artículo 466.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en su redacción dada por la Ley Orgánica 7/2015.

Los Secretarios Coordinadores que fueren nombrados en esta convocatoria y que a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, estuvieran desempeñando el puesto para el que ahora son reelegidos, no podrán optar a la reelección para el mismo puesto cuando trascurran los 5 años de este segundo mandato, conforme a lo establecido en el precepto citado.

A los Letrados de la Administración de Justicia que sean nombrados Secretarios Coordinadores se les reservará, durante el tiempo que ocuparen dicho cargo, la plaza que vinieren ocupando con anterioridad a dicho nombramiento, conforme a lo establecido en el artículo 466.4 de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio.

Quinta. Recursos.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado». Todo ello sin perjuicio de la interposición de Recurso potestativo de Reposición, ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 11 de enero de 2017.–El Ministro de Justicia, P.D. (Orden JUS/696/2015, de 16 de abril), la Secretaria de Estado de Justicia, Carmen Sánchez-Cortés Martín.

ANEXO

I. Características del puesto.

Puesto de trabajo

Localidad

1. Secretario Coordinador Provincial de Badajoz

Badajoz

2. Secretario Coordinador Provincial de Cáceres

Cáceres

3. Secretario Coordinador Provincial de Cádiz

Cádiz

4. Secretario Coordinador Provincial de Córdoba

Córdoba

5. Secretario Coordinador Provincial de Girona

Girona

6. Secretario Coordinador Provincial de Huelva

Huelva

7. Secretario Coordinador Provincial de Jaén

Jaén

8. Secretario Coordinador Provincial de León

León

9. Secretario Coordinador Provincial de Lleida

Lleida

10. Secretario Coordinador Provincial de Málaga

Málaga

11. Secretario Coordinador Provincial de Palencia

Palencia

12. Secretario Coordinador Provincial de Palma de Mallorca

Palma de Mallorca

13. Secretario Coordinador Provincial de Salamanca

Salamanca

14. Secretario Coordinador Provincial de Sevilla

Sevilla

15. Secretario Coordinador Provincial de Soria

Soria

16. Secretario Coordinador Provincial de Tarragona

Tarragona

17. Secretario Coordinador Provincial de Teruel

Teruel

18. Secretario Coordinador Provincial de Valladolid

Valladolid

19. Secretario Coordinador Provincial de Zamora

Zamora

Forma de provisión: Libre designación.

II. Funciones.

Las funciones que corresponde ejercer en los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria son las establecidas en los artículos 467 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 18 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

III. Requisitos de participación.

Cuerpo: Letrados de la Administración de Justicia.

Categoría: Primera categoría o al menos cinco años de antigüedad en la categoría segunda.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid