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Documento BOE-A-2017-4427

Resolución de 5 de abril de 2017, de la Universidad Miguel Hernández de Elche, por la que se nombra Catedrática de Universidad a doña María de los Ángeles Pastor Mira.

Publicado en:
«BOE» núm. 96, de 22 de abril de 2017, páginas 31586 a 31586 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2017-4427

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución del Excmo. y Magfco. Sr. rector, de fecha 5 de abril de 2017, se ha dispuesto lo siguiente:

«De conformidad con la propuesta elevada por la Comisión nombrada para juzgar el concurso para la provisión de una plaza de Catedrático de Universidad convocada por Resolución de 22 de diciembre de 2016 (‘‘Boletín Oficial del Estado’’ de 10 de enero de 2017), y presentada por la interesada la documentación a que hace referencia el punto octavo de la convocatoria,

Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley 4/2007, de 12 de abril, y demás disposiciones concordantes, ha resuelto nombrar a doña María de los Ángeles Pastor Mira, con documento nacional de identidad número 21448474P, Catedrática de Universidad de la Universidad Miguel Hernández, de Elche, del área de conocimiento de Psicología Social.

Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Elche, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

No obstante, las personas interesadas podrán interponer un recurso de reposición ante el Rector en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación; en este caso no se podrá interponer el recurso Contencioso-Administrativo mencionado en el párrafo anterior hasta que no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.»

Elche, 5 de abril de 2017.–El Rector, Jesús Tadeo Pastor Ciurana.

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